Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la
Provincia de Buenos Aires (Ley Nacional 26.827)

El largo y complejo proceso de justicia por los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar que hemos atravesado como sociedad, estuvo durante muchos años marcado por decisiones políticas que garantizaron la impunidad para los genocidas. Las leyes de punto final y obediencia debida y luego los indultos hicieron que los responsables de planificar y ejecutar un plan sistemático del terror desde el Estado en la Argentina gozaran de libertad durante muchos años, la mayor parte de su vida.

Quienes fueron víctimas y sobrevivientes, sus familiares, los organismos de derechos humanos y la sociedad argentina en su conjunto tuvimos que esperar décadas para conseguir que la justicia reconociera aquellos crímenes y condenara a sus responsables. Fue a partir de 2003 que se inició una nueva etapa que inauguró la posibilidad inédita para que los juicios por delitos de lesa humanidad tomaran un nuevo impulso.

Pero incluso este proceso tampoco ha resultado sencillo. Muchas veces los tiempos de la justicia se dilatan y las defensas de los genocidas con artilugios técnicos retrasan los procesos sabiendo que el alargamiento de los plazos es una forma de impunidad. En los últimos años, otras de estas formas de buscar la impunidad o morigerar el castigo tan demorado ha sido el pedido de prisión domiciliaria: entre los genocidas condenados desde 2006 a la actualidad más de la mitad gozan de ella.

Hoy, frente a la expansión de la pandemia de coronavirus y las medidas adoptadas por el gobierno, se intenta aprovechar el contexto para, una vez más, morigerar las penas para aquellos responsables de los crímenes más atroces de nuestra historia.

Según informan fuentes oficiales hasta el momento se han tramitado 104 solicitudes en diferentes juzgados de las cuales se resolvieron 58: en 17 casos se otorgó la morigeración y se habilitó la detención domiciliaria, mientras que en los 41 restantes fueron denegadas.

En La Plata, por ejemplo, el juez federal Ernesto Kreplac otorgó la prisión domiciliaria a tres ex policías bonaerenses: Juan Nazareno Risso, Walter Omar Ale y Ramón Carlos Velasco. Mientras tanto, el TOFN 2 de San Martín otorgó la misma morigeración al médico Omar Edgardo Di Napoli, a quien se le probó participación para la aplicación de torturas y delitos de abuso sexual en centros clandestinos de la zona de Zárate, Campana y Escobar. En Mendoza 8 genocidas se fueron a su casa y otros 3 en San Fé.

En este contexto, resulta oportuno remarcar la situación específica en que se encuentran aquellos detenidos por crímenes de lesa humanidad alojados en Ezeiza y la Unidad 34 de Campo de Mayo. En Ezeiza, cuentan con atención médica especial dadas las características del complejo penitenciario. Incluso el traslado indebido de los represores a esa unidad, fue en desmedro de las mujeres allí detenidas, situación en la que intervinieron la PPN y la CPM. 

En el caso de Campo de Mayo, se encuentran alojados dentro de un predio de las Fuerzas Armadas, situación denunciada por organismos de Derechos Humanos y el Ministerio Público Fiscal de la Nación, dadas las irregularidades allí observadas, que incluyen un trato de privilegio, siendo los únicos alojados los genocidas condenados por crímenes de lesa humanidad. En este caso, la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad ha resaltado que “se trata de una unidad que no sufre hacinamiento y está más aislada que las restantes dependencias penitenciarias federales. Los represores allí alojados están bien atendidos, el hospital intramuros funciona adecuadamente y tampoco hubo casos sospechosos reportados”.

Fueron condenados tras largos años de impunidad y gozan de condiciones excepcionales de detención a las que no acceden los presos comunes. Sin embargo, siguen esgrimiendo argumentos falaces para poder acceder nuevamente a morigeraciones de sus penas, buscando disminuir el peso de la justicia sobre sus actos y ampliar sus posibilidades de impunidad.

Desde la CPM rechazamos las decisiones de estos tribunales que han habilitado, en el marco de la pandemia, la prisión domiciliaria para los genocidas. Esta situación excepcional, que pone en riesgo la salud publica, no puede ser utilizada como un recurso más para arrasar con años de lucha que permitieron conquistar con éxito la justicia. Ninguna medida que pretenda contener el avance del COVID-19 puede convalidar la impunidad para los genocidas porque sería desconocer la historia del pueblo argentino.   

Ningún contexto ni situación particular, por más delicada que sea, puede desconocer la gravedad de los crímenes cometidos durante la última dictadura militar. En la gravedad de estos crímenes imprescriptibles se encuentran las razones que nos hacen exigir que la cárcel sea la única casa para un genocida. Ese es el mejor aislamiento social para ellos.

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