Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la
Provincia de Buenos Aires (Ley Nacional 26.827)

Con penas que van de los 12 a los cinco años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar cargos públicos y con la orden de su detención inmediata, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 5 de Morón condenó a cinco de los 11  los policías acusados por la muerte de Fabián Gorosito y las torturas a los jóvenes Daniel y José Ismael Mancini y Maximiliano Silva. Los efectivos no asistieron a la audiencia y permanecen prófugos. La Comisión Provincial por la Memoria, que actuó como veedora en el juicio, expresó su alerta por esta situación.

Las condenas de 12 años para Giménez, 10 años para Di Pierro, 9 años para Nieva, 8 años para Oviedo y 5 para Cuelli fueron por los delitos de tormentos, privación ilegal de la libertad, falsificación ideológica de instrumento público y allanamiento ilegal de morada. De estos hechos fueron víctimas Silva y los hermanos Mancini y constituyeron el preámbulo del asesinato de Fabián. Aixa Sosa, la pareja de Giménez y única civil involucrada en los crímenes también fue condenada pero en su caso los delitos prescribieron. Los agentes Fortunato, Ortiz, Fernández, Villalba, Ose y Sánchez fueron absueltos.

Con esta sentencia comienza a quebrarse la impunidad consagrada por la  justicia en el año  2013, donde se absolvió a los 11. Fallo que fue anulado por sus graves  irregularidades y permitió llegar a este.  La CPM fue veedora en ambos juicios.

La sentencia aunque insuficiente fue posible después de 8 años de la lucha incansable de María Viera, la mamá de Fabián, de las víctimas de tortura y sus familias a quienes la CPM acompañó y asesoró desde un primer momento. María hoy es además una referente de la red de familiares víctimas de violencia institucional, una organización que la fortaleció para sostener su reclamo de justicia.

Durante el juicio las torturas quedaron acreditadas a partir del testimonio de las víctimas y por otras pruebas testimoniales y pericias. También se evidenció el vínculo de estos hechos con el asesinato de Fabián.

Pero la demora de la justicia es otra de las estrategias para la impunidad. El tiempo transcurrido implicó que algunos testimonios perdieran fuerza y detalles. Cómo así también  las distintas acciones de amenazas y amedrentamientos  que los propios imputados tuvieron oportunidad de hacer a víctimas, familiares, testigos y abogados, ya que permanecieron en libertad  y en servicio  durante el proceso.

Tal como la CPM lo sostuvo durante su veeduría, en juicios como este, donde se juzgan graves violaciones a los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad, resulta fundamental tomar todos los recaudos necesarios tanto para la seguridad de testigos, familiares y víctimas, como para garantizar el efectivo cumplimiento de las condenas. En este caso el tribunal rechazó los pedidos de detención realizados por la fiscalía y el particular damnificado en instancias previas argumentando la complejidad de los hechos y no estableció medidas intermedias de custodia o vigilancia sobre los imputados o sus domicilios en donde ya no los encontraron tras la sentencia.  Por ello, el tribunal es el responsable de la fuga de los condenados y también del grado de vulnerabilidad en que dejó a las víctimas.

Pese a esto, las condenas representan un paso muy importante en esta larga lucha por la justicia, que no hubiera sido posible sin el amor, la  persistencia y el coraje de María Viera, familiares y víctimas de estos crímenes.

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