El sistema de la crueldad XV

Políticas de salud mental

Sistema de la crueldad XV

Políticas de salud mental

SOBRE ESTA SECCIÓN

10 AÑOS DE LA LEY NACIONAL DE SALUD MENTAL: EL ESTADO NO CUMPLIÓ

En este apartado se abordará la situación de la provincia respecto al estado de implementación de la ley y los datos estadísticos relevados por la CPM como cada año. Por otra parte, se analizará cómo impactó la pandemia en las personas con padecimiento mental internadas en el sector público y la intervención policial en casos de personas con padecimiento mental. También se desarrollará el caso de Cristian Moreno Garzón, un joven veterinario colombiano que falleció en Argentina por responsabilidad del estado.


A 10 años de la sanción de la ley nacional de salud mental (LNSM) la falta de políticas públicas orientadas a fortalecer prácticas comunitarias y dispositivos alternativos al encierro legitimó la persistencia de lógicas manicomiales y prácticas violatorias de los derechos de las personas con padecimiento mental. Hacia la implementación de la ley en la Provincia al día de la fecha se sigue desconociendo la cantidad total de personas internadas por razones de salud mental y consumos problemáticos en la totalidad de los dispositivos existentes. El último censo nacional realizado en 2019 por la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones informó un total de 12.035 personas que aún permanecían institucionalizadas por razones de salud mental, sólo el 36% presentaba riesgo cierto que justificara su internación. El 53% de las personas estuvo internada 2 años o más, y el 25%  estuvo internada 11 años o más.

A diciembre del 2020, el total de personas en los monovalentes públicos fue de 1.444, y en especializados en discapacidad de 141[1], según lo informado, sumando un total de 1.585 personas internadas. Del total de los ingresos a los cuatro hospitales monovalentes (756) durante 2020, el 59% fueron reinternaciones. Del total de egresos de los monovalentes provinciales (1.260), sólo el 34% se debe a externaciones. Se observa una disminución de los egresos respecto de 2019 en el que fueron 1.886; en este marco se considera el contexto de pandemia y las medidas tomadas. Respecto al rango de edades se relevó que, del total de personas internadas de las que se conoce este dato (1.438), el 56% tiene entre 30 y 59 años. En base a la población que aloja cada hospital, las mujeres internadas tienden a ser mayores en edad respecto de los hombres.

Se contabilizaron 212 personas fallecidas en 2020 en el marco de internaciones por razones de salud mental; 40 más que las relevadas durante el año 2019. Esta es una cifra preliminar ya que, debido a la demora con la que se reciben las notificaciones de la SCJBA, se siguen sumando muertes. Del total de 212 personas fallecidas, el 53% eran varones y el 47%, mujeres. Se suma como novedad el fallecimiento de una niña de 5 años.

Se desprende del análisis que el 53% se produjeron en instituciones del sector público y el 47% en el sector privado. Además, 42 muertes fueron por problemas de salud y de esas hubo 14 fallecimientos por Covid.

El registro de causas de muerte continúa siendo una grave falencia: se incumple la resolución 1.825 del Ministerio de Salud respecto a la confección de certificados de defunción. Para el 2020, sobre 212 fallecimientos, en el 31% (65 casos) se registró como causal de fallecimiento paro cardio respiratorio. En un 3% (6 casos) directamente no hay datos. Un 66% de las muertes fueron por problemas de salud que se agravaron. El 32% (45) fueron muertes vinculadas a complicaciones por Covid.

Pandemia y salud mental

En este apartado se exponen los determinantes estructurales y los generados a partir de las medidas de prevención tomadas en los hospitales desde marzo de 2020 en adelante.

Se relevaron medidas adecuadas con el objetivo de prevenir el contagio y garantizar el cuidado de los y las pacientes: restricción de la circulación en los hospitales, aplicación de protocolos de prevención, incorporación de personal y capacitación, disponibilidad de elementos de cuidado y realización de testeos. No obstante, este escenario de decisiones acertadas se desarrolló en el marco de una política de salud mental desmantelada y de un gran deterioro acumulado. La escasez de profesionales de limpieza y enfermería se cubrió coyunturalmente; sin embargo continúa siendo uno de los ejes a profundizar ya que supone dificultades en el acceso a la salud de personas que necesitan atención o acompañamiento.

Muertes por COVID: De las 392 personas internadas que contrajeron la enfermedad, fallecieron 23 (6%) hasta noviembre de 2020. Las muertes se registraron en tres hospitales monovalentes (Cabred, Esteves y Korn) y en dos especializados (Dardo Rocha e Ingenieros).En el hospital Esteves se registró la mayor cantidad de casos confirmados con 218 usuarias contagiadas, el 42% del total de la población del hospital. Sin embargo, los 32 casos del hospital Ingenieros representan el 68% del total de personas allí internadas.

La criminalización de personas con padecimiento mental en situación de riesgo se ejecuta desde el momento en el que interviene la policía sin seguir ningún protocolo. Durante el 2020 la CPM tomó intervención en tres casos que tienen como característica común la intervención de fuerzas de seguridad en la situación de personas con padecimiento mental cuyo desenlace fue fatal: el caso de Francisco Cruz, Carlos Javier Ibáñez y Cristian Moreno Garzón.

En la Unidad Penitenciaria 34 denominada “neuropsiquiátrica”, cada año se describen la falta de garantía de abordaje en salud mental como también las graves violaciones de derechos: prácticas de tortura, sobremedicación, sujeciones mecánicas, aislamiento extremo, falta de abordaje de cuadros agudos de salud, entre otras. Luego de haberse constatado la persistencia de la aplicación de régimen de aislamiento a personas con padecimiento mental, en lo que va del año se produjeron tres muertes.

En el caso de Cristian era evidente el estado de descompensación respecto a su cuadro de salud mental. Su traslado a la UP 34, bajo el falso criterio de que este dispositivo del SPB puede brindar abordaje a cuadros de salud mental, no garantizó su cuidado y el abordaje de su cuadro de salud. La CPM, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, interviene en la causa como particular damnificado institucional, sosteniendo desde un principio que se trata de otra muerte evitable bajo custodia estatal, y que la investigación debe ahondar en las responsabilidades institucionales. El expediente judicial, que tramita en la UFI N° 1 de La Plata a cargo de la fiscal Ana Medina, sólo tiene como imputado al detenido que agredió a Cristian, y no se ha hecho foco en la responsabilidad ni del personal de custodia ni del equipo de salud de la UP 34.

[1] Sin contabilizar el Hospital Ramos Mejía que hasta el cierre de esta edición no respondió al pedido de información.