El sistema de la crueldad XVI

Introducción

Sistema de la crueldad XVI

Introducción

SOBRE LA INTRODUCCIÓN

Introducción al Informe anual 2022 de la Comisión Provincial por la Memoria, el Sistema de la crueldad XVI, sobre el sistema de encierro y las políticas de seguridad, salud mental y niñeces en la provincia de Buenos Aires.

Introducción

La Comisión Provincial por la Memoria presenta su XVI Informe Anual, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura designado conforme lo establece la ley nacional 26.827 que crea el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura.

Este trabajo se sustenta en las tareas de monitoreo, intervención e investigación realizadas por el organismo durante 2021, y es un diagnóstico de la política criminal, penitenciaria, de seguridad, de niñez, de salud mental y de justicia de la provincia de Buenos Aires.

La información que se hace pública da cuenta de las graves violaciones de derechos humanos que persisten en lugares de encierro sobre personas adultas o niñas, y en el despliegue policial en los territorios. También da cuenta de la responsabilidad de un poder judicial que no cumple su función de garante de derechos y control de la legalidad.

Se destaca que las políticas de salud mental muestran avances en clave de cumplir con la ley nacional de salud mental y en el cierre de los manicomios públicos.

Estas violaciones estructurales de derechos humanos, sustentadas en la práctica sistemática de la tortura, no son una novedad: son la continuidad de las políticas punitivistas o de la mano dura que se implementan en el territorio provincial desde hace más de 20 años.

En la reunión plenaria de octubre del año 2002, la Comisión Provincial por la Memoria creaba el Comité contra la Tortura, un programa destinado al monitoreo y control de lugares de encierro y del despliegue de las fuerzas de seguridad en el territorio. Fue una decisión sostenida por tres ideas. La primera remite a concebir los trabajos de la memoria inscriptos en las condiciones del presente: no como mera especulación interpretativa o discursiva sino como perspectiva que permite formular los alertas de los instantes de peligro, y actuar para evitar procesos autoritarios y antidemocráticos; el imperativo ético del Nunca Más no radica en el mero recuerdo de lo sucedido sino en la capacidad de desarrollar una sensibilidad social ante el padecimiento de las víctimas de violaciones a los derechos humanos en todo tiempo y lugar. Ello nos conduce a la segunda idea fuerza: las garantías de no repetición son efectivas siempre que logremos que la democracia sea garantía del pleno goce de derechos, en clave de inclusión social, generación de oportunidades y mejora de la vida de todos los sectores sociales. La tercera idea fuerza surge de la necesidad de sostener un compromiso activo e irrestricto con la vigilancia de su cumplimiento, la desnaturalización de las violencias estatales, la visibilización y denuncia, y la acción directa en resguardo de las víctimas.

El Comité contra la Tortura fue la expresión de estas ideas; se constituyó, a poco de andar, en un mecanismo de monitoreo y control de una de las graves violaciones de derechos humanos que la democracia no revirtió: la práctica sistemática de la tortura estatal en los lugares de detención.

Por aquellos años se discutía a nivel internacional la propuesta de un instrumento que complementara las acciones del Comité contra la Tortura creado por la Convención contra la Tortura de la Organización de Naciones Unidas, en clave de control territorial y presencial de la tortura y los malos tratos. En esos antecedentes, que culminarían con la aprobación del Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura que crea el Subcomité para la Prevención de la Tortura, se basó la CPM para crear su Comité contra la Tortura como órgano de monitoreo y control de lugares de encierro y del despliegue de las fuerzas de seguridad en los territorios, anticipándose incluso a la iniciativa internacional. Esta decisión institucional no estuvo exenta de discusiones internas. En principio en cuanto a su creación y luego acerca de su alcance: si debía ser una instancia colaborativa que construyera diagnósticos e informes a partir de datos aportados por las víctimas, la justicia, los medios de comunicación y fuentes diversas proponiendo y recomendando los cambios necesarios, o debía constituirse como un mecanismo que relevara la realidad en el territorio en contacto directo con las víctimas, que no sólo recomendara sino que interviniera denunciando administrativa o judicialmente las violaciones de derechos humanos.

Entre 2002 y 2004, cuando se publica el primer Informe Anual, se sostuvo la primera idea. Ya desde 2005, a partir del agravamiento de la situación, la CPM inicia el monitoreo presencial en lugares de detención. Aquel año estuvo signado por la masacre de la Unidad 28 de Magdalena, donde murieron bajo custodia del Estado 33 personas privadas de su libertad, y por la prueba científica de la aplicación de picana o pasaje de corriente eléctrica a un detenido alojado en la Unidad 9 de La Plata. Estos hechos confirmaban la necesidad de una intervención directa, de denuncia y demanda hacia la justicia. La experiencia demostró que las recomendaciones realizadas a los gobiernos no lograron revertir las situaciones analizadas. En estos 20 años, generalmente las reiteradas recomendaciones no fueron tomadas por los distintos gobiernos, que sólo produjeron modificaciones (siempre parciales y pocas veces permanentes) a instancias de audiencias u órdenes judiciales o de los organismos internacionales de derechos humanos.

En 1999, la coyuntura ya abonaba la idea de creación del Comité contra la Tortura. Las iniciativas impulsadas por el recién electo gobernador Carlos Ruckauf inauguraban políticas de seguridad centradas en el punitivismo o la mano dura como respuesta a las consecuencias de las políticas neoliberales del gobierno de Carlos Menem, que habían incrementado la desigualdad social y la pobreza. La política criminal profundizó la selectividad clasista del sistema penal captando a los sectores sociales más pobres, y su consecuencia fue el crecimiento de la violencia policial y el aumento de la prisionización. A la saturación policial de los territorios como forma de gobernar esas desigualdades, se sumaron reformas legislativas regresivas al código procesal de la provincia de Buenos Aires y al Código Penal de la Nación (un ejemplo paradigmático fueron las leyes Blumberg en el año 2005) que provocaron un aumento exponencial de la cantidad de personas detenidas. Las consecuencias sociales de las políticas neoliberales de los años 90 se trataban como un problema de inseguridad criminal y no de inseguridad social.

Lo cierto es que la matriz que se configuró en esos años nunca se desarticuló; tampoco durante gobiernos que sostuvieron discursos y políticas progresivas en materia de expansión de derechos, que cambiaron las orientaciones generales de las políticas gubernamentales post neoliberalismo (sobre todo en materia económica y social), y que también impulsa[1]ron las luchas por verdad, justicia y memoria.

De las continuidades y la instalación de una matriz punitivista en la política criminal, transversal a todas las gestiones de gobierno, dan cuentan los sucesivos informes anuales presentados por la Comisión Provincial por la Memoria desde el año 2004. Los llamamos El sistema de la crueldad porque los sistemas de encierro y las prácticas violentas de las policías en los territorios usan de manera sistemática la tortura y la capacidad de producir padecimiento a aquellos sectores sobre los que el sistema penal despliega su fuerza. Se trata de una técnica de gobierno de los sectores excluidos del acceso a derechos e instituida a partir de una cadena punitiva: un primer eslabón conformado por las fuerzas de seguridad que se despliegan de manera violenta en los territorios, un segundo eslabón formado por el poder judicial que convalida su actuación de manera automática y un tercer eslabón integrado por el servicio penitenciario que gobierna las poblaciones encarceladas también a partir de las prácticas sistemáticas de torturas y malos tratos.

La tortura y los malos tratos son prácticas generalizadas utilizadas como técnicas de disciplinamiento y sometimiento de los grupos señalados como peligrosos que forman parte de los sectores populares. Los jóvenes varones pobres nutren el sistema recibiendo una violencia ejemplifica[1]dora para el resto; una violencia que legitima y reproduce la desigualdad configurando a los sujetos despojados de derechos como culpables de su destino. Cristaliza un sentido común que opera como construcción ideológica del neoliberalismo, naturaliza la violencia y desplaza la responsabilidad del estado hacia los individuos, ocluyendo su condición de víctimas al transformarlos en victimarios a secas, sin inscribir sus actos en los condicionamientos que los promueven y que son generados por el sistema económico, social y cultural donde se desarrollan trayectorias de vidas precarizadas al extremo. Las marcas de esta violencia multidimensional, ejercida en distintos momentos de cada biografía, arrasan la subjetividad y reducen los proyectos vitales a la supervivencia.

El sistema penal endurecido como respuesta a consecuencias provocadas por políticas de desigualdad no sólo no resuelve el problema sino que lo agudiza: desplaza en su centralidad al conjunto de políticas que podrían intervenir en la prevención de los hechos que luego son el sustento legitimador del castigo. Así, se produce un efecto de bola de nieve que acrecienta la violencia, en tanto se constituye como vía privilegiada para la resolución de la conflictividad que dispara la desigualdad. Esta continuidad de políticas punitivistas impregna las instituciones del sistema penal y consolida, gestión tras gestión, culturas y prácticas arraigadas que se tornan cada vez más difíciles de transformar.

En el año 2021 se consolidaron las políticas punitivistas. Las consecuencias pueden verse en el crecimiento sostenido de la población detenida en cárceles, alcaidías, comisarías y monitoreo electrónico: 50.148 personas en 2020 y 54.107 en 2021.

Las políticas de seguridad continuaron centradas en la idea de saturación policial en los territorios, expresada en anuncios de incorporar en dos años 40.000 nuevos policías, la mayor parte para trabajar en el Conurbano bonaerense, que se sumarían a los casi 100.000 con que cuenta la Bonaerense. También se anunciaron instancias de formación, práctica de tiro y de manejo, pero inscriptas en la misma matriz: la retórica discursiva de presentar batalla y hacer la guerra, asociada a las manifestaciones o barrios populares, como puede verse en la comunicación oficial de Fuerza Buenos Aires.

Durante 2021, la CPM intervino en 403 casos de violencia policial que involucraron a 466 víctimas individuales (más del 15 % por ciento eran niñas, niños y jóvenes), e intervino en 29 hechos con víctimas colectivas o indeterminadas. Con respecto a las prácticas policiales, la violencia física se constituyó en la más denunciada (162 ocasiones) y la segunda fue el uso letal de la fuerza (97 ocasiones). Estas prácticas policiales ocurrieron en todo el territorio provincial: 154 localidades de 72 municipios de la Provincia.

Las muertes producidas por intervención policial son la consecuencia más grave de las rutinas o prácticas policiales. De acuerdo a los registros de la CPM, en 2021 se registraron 120 muertes producidas por policías en el territorio provincial; 25 víctimas eran menores de edad, manteniéndose la cifra de años anteriores, y 10 casos por razones de género: 7 femicidios y tres femicidios vinculados. De estos últimos, en 8 de los 10 casos la muerte se produjo con el arma provista por el Estado y también en 8 de los 10 casos los agentes se encontraban fuera de servicio. Asimismo, 59 de los 120 casos fueron en el contexto de una tentativa o robo de bienes personales del personal policial. Estos datos muestran la necesidad de derogar el estado policial porque no impacta en la prevención del delito pero sí en la letalidad de las acciones policiales.

Con respecto al armado y fraguado de causas penales, la CPM trabajó en 57 denuncias durante 2021, y de su análisis vuelve a surgir el rol de la justicia en la convalidación del discurso policial-fiscal. Se observa una serie de irregularidades comunes tales como el inicio de la investigación mediante denuncias anónimas y la delegación de la investigación en la policía, que al iniciar las causas presenta los hechos delictivos y su resolución o esclarecimiento inmediato realizando diligencias sin control judicial.

A fines de 2021 había 4.445 personas detenidas en comisarías. Si bien hay un descenso del 6,5% en relación a diciembre de 2020 (314 personas menos), el promedio de alojamiento en 2021 fue de 4.500 personas por mes. En los últimos 10 años (2012-2021) la población detenida en comisarías aumentó un 397%. En cuanto a la sobrepoblación, en 2021 fue de 222%, aunque si se contabilizan sólo las dependencias que efectivamente alojaban personas la sobrepoblación registrada alcanza el 232%. Los años 2020 y 2021 presentan las cifras más altas desde 2006: en el extremo, hubo 9 comisarías con más de 400% de sobrepoblación y una en particular informó tener capacidad para una persona y alojaba 17.

Este cuadro de vulneración de derechos se expresa también en las 35 acciones colectivas presentadas por la CPM en 2021 por el hacinamiento permanente y extendido en comisarías, las deficiencias en la atención médica, las inhumanas condiciones de detención, la presencia de personas enfermas o mayores de 65 años y las requisas violentas, entre otras problemáticas. Bajo estas condiciones, las muertes en comisarías alcanzaron un récord: 25 personas fallecieron bajo custodia policial, la cifra más alta en los últimos 10 años, periodo en el que se registraron 187 muertes en dependencias policiales de la Provincia. La mitad de las comisarías donde murieron personas en 2021 estaban clausuradas o no habilitadas. Sólo en 15 casos se informó la causa de muerte: 7 casos de ahorcamiento, 6 por problema de salud y dos por agresión física (en un caso de personal policial y en el otro de otra persona detenida).

Hace 25 años la Suprema Corte provincial dispuso por primera vez la prohibición de alojamiento de menores en comisarías. Luego diversas resoluciones y acuerdos del máximo tribunal provincial, e incluso de la Corte nacional, lo reiteraron haciendo extensiva la prohibición a personas enfermas, mujeres embarazadas o mayores de 65 años, remarcando también que las comisarías debían alojar personas por poco tiempo. Nada de esto se cumple: se siguen alojando menores -hemos relevado casos de niños/as de 8 años-, personas enfermas que incluso mueren en las comisarias, mujeres embarazadas y adultos mayores. Muchas personas permanecen varios meses en estos lugares. El poder judicial ordena, los gobiernos incumplen, el poder judicial no hace cumplir sus decisiones, pero vuelve a ordenar lo que nuevamente será incumplido. Un circuito recurrente naturalizado por los poderes estatales que reproduce graves violaciones de derechos humanos sin ninguna consecuencia.

Otro aspecto analizado en este informe son los mercados ilegales y el crimen organizado, gestionados en gran medida por una trama policial-judicial. No estamos ante hechos aislados o puntuales de determinados agentes y/o funcionarios con conductas irregulares, sino que estas prácticas funcionan dentro de un esquema sistémico, rutinario y recurrente de las fuerzas policiales. En muchos casos, en estrecha conexión con funcionarios judiciales (como se desprende del caso del fiscal Claudio Scapolán y el personal de su fiscalía), que validan investigaciones irregulares y habilitan una batería de acciones discrecionales, tales como tareas investigativas desprovistas de evidencia o pistas falsas en base a escuchas telefónicas. Una de las prácticas más eficaces es el armado y/o fraguado de causas penales, extorsiones y/o exigencias monetarias.

Según información del registro de expulsados e inhabilitados de la Auditoría General de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad bonaerense, en el período 2015-2021 fueron expulsados de la Policía de la provincia de Buenos Aires 2.772 agentes. Luego de un pico de expulsiones en 2018, se nota un descenso paulatino, con 301 expulsados en 2020 y 182 hasta junio de 2021. La mayor cantidad de exoneraciones de personal policial correspondió a abandono de servicio, seguido por las categorías de connivencia o participación en crímenes comunes, infracciones de contenido patrimonial, violencia policial, irregularidades funcionales graves en dependencias, violencia de género y corrupción. Frente a un problema estructural, las respuestas institucionales resultan escasas y muy débiles.

En cuanto a las políticas penitenciarias, siguió creciendo la cantidad de personas detenidas en cárceles y alcaidías: en diciembre de 2021 ascendió a 49.662 personas contra 45.392 de diciembre de 2020. Esto elevó la tasa de encarcelamiento de 306 personas cada 100.000 habitantes, contra 284 de diciembre de 2020.

Como respuesta a esta situación crítica, el Ministerio de Justicia centró sus acciones en la construcción de más plazas penitenciarias. Otras gestiones de gobierno pusieron también el énfasis en la misma cuestión: entre 2001 y 2021 se crearon 11.800 plazas y la población detenida aumentó en 29.500 personas. El año pasado, en 66 establecimientos con capacidad total para alojar 22.060 personas se registró una sobrepoblación de 111%. El problema principal no es la infraestructura carcelaria sino la política criminal que los tres poderes del Estado se niegan a modificar. Si la tasa de encarcelamiento no disminuye, no será posible bajar estos índices. La construcción de más plazas no reduce la sobrepoblación, sólo incrementa y cristaliza nuevos pisos de encarcelamiento. Para resolver la sobrepoblación de hoy habría que construir en un año cárceles que alberguen a alrededor de 30.000 personas, lo que equivaldría a 60 unidades carcelarias de 500 personas. Pero esto tampoco alcanzaría; si bien el incremento interanual ha ido fluctuando, alcanza niveles elevadísimos: entre 2020 y 2021 la población encarcelada creció un 7,9%. Haría falta construir, de manera sostenida, 5 unidades penitenciarias por año. No hay forma de ganar esa carrera mientras no se modifique la política criminal, y la crítica situación que se padece en cárceles, alcaidías y comisarías se irá profundizando. Este es uno de los puntos centrales del que da cuenta este informe y en el que venimos insistiendo desde hace 20 años.

Por otra parte, la tortura sigue siendo una práctica sistemática en estos lugares de detención, sin que se hayan implementado políticas para su prevención, sanción o asistencia de las víctimas. En 2021 la CPM registró 45.544 hechos de tortura, malos tratos o falta de acceso a la justicia de las personas alojadas en el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) y en comisarías provinciales. Estos se relevaron a partir de 386 inspecciones a establecimientos carcelarios y comisarías, sumado a las entrevistas en sede o telefónicas que realizaron los equipos de este organismo, y las organizaciones de familiares y ex detenidos que integran el programa Punto Denuncia Torturas. Entre todos los dispositivos se realizaron 40.559 entrevistas con personas detenidas o sus familiares, que derivaron en 25.562 presentaciones individuales (habeas corpus y escritos urgentes) ante los órganos judiciales correspondientes y 199 habeas corpus colectivos o ampliaciones. Entre los problemas denunciados se destacan la falta de acceso a la justicia (21 %), la afectación del vínculo familiar (20 %) y la falta o deficiente asistencia sanitaria (17 %).

Sobre una muestra de 416 casos de este total, el Registro Nacional de Casos de Tortura (RNCT) analizó detalladamente características, zonas y lugares de ocurrencia y frecuencias, entre otros aspectos.

En materia de salud, la desatención por parte de profesionales y la falta de continuidad de tratamientos prescritos son los principales problemas denunciados. En más de 120 casos las víctimas habían sido diagnosticadas antes de ser detenidas y su tratamiento se suspendió por el encarcelamiento. Además, se detectaron situaciones de espera de más de un año para recibir revisión médica. Las cuestiones de salud no atendidas provocaron la mayor causal de muertes en contextos de encierro. En 2021, 199 personas murieron en cárceles provinciales contra 178 en 2020: un incremento de la tasa de fallecimientos que pasó de 4,2 a 4,4 cada 10.000 personas en 2021. De estas 199 muertes, 8 de cada 10 ocurrieron por problemas de salud no asistidos. Esto confirma la necesidad de hacer lugar al planteo sostenido por la CPM en cuanto al necesario traspaso de la Dirección de Salud Penitenciaria a la órbita del Ministerio de Salud para integrarse a las políticas sanitarias provinciales. Esto constituye una palmaria desigualdad ante la ley de las personas detenidas a las que el Estado provincial no atiende en igualdad de condiciones que al resto de la población. Esta desigualdad se manifestó en la campaña de vacunación contra el Covid-19: mientras avanzaba para toda la sociedad, no se ponía en práctica en cárceles y comisarías. Fue necesario que la CPM presentara una acción de amparo para que se cumpliera recién en julio de 2021, a partir de una sentencia favorable de la Cámara de Apelaciones en los Contencioso Administrativo de La Plata.

Por otra parte, en los últimos tres años el suicidio en las cárceles se constituyó en la segunda causa de muerte; sólo en 2021 se registraron 18 suicidios (9,2 % del total de muertes). Esto significa 4 suicidios cada 10.000 personas detenidas, una cifra exponencialmente mayor a la tasa provincial (0,6 víctimas cada 10.000 personas en 2020). Como contexto general se debe tener en cuenta que el SPB registró, en 2021, 1.544 hechos de autolesiones en distintos espacios carcelarios, de los cuales 27 % se produjeron en el sector de separación del área de convivencia (SAC), es decir, en espacios de aislamiento. Todas las víctimas fueron varones (uno de ellos, varón trans) con un promedio de 33 años. Ninguno recibió asistencia psicológica o médica psiquiátrica.

En cuanto a los homicidios en cárceles bonaerenses, ocurrieron 6 casos durante el año pasado: 4 alojados en la UP 2 de Sierra Chica, uno en la UP 17 de Urdampilleta y uno en la UP 37 de Barker; todos varones con un promedio de edad de 30 años. Este tipo de muerte está vinculado a prácticas penitenciarias de delegación de la violencia en personas detenidas, y la habilitación del uso y circulación de armas blancas. La versión oficial sobre estos homicidios es que se trató de “problemas entre presos”, desligándose de cualquier responsabilidad en la prevención.

El aislamiento de personas en celdas o pabellones se expande en las 66 cárceles provinciales como parte de casi todos los regímenes de alojamiento, justificado en el crecimiento de la sobrepoblación y hacinamiento extremos. Prácticamente todas las personas detenidas en cualquier régimen carcelario (detenidos con conducta, trabajadores, estudiantes, evangelistas, población, SAC o admisión) pasan de lunes a viernes más de la mitad del día aisladas en sus celdas o pabellones (entre 12 y 24 horas) y 12 a 48 horas los fines de semana. Desde el RNCT se analizaron 332 casos de personas aisladas, con preeminencia de duración de uno a 7 días (128 casos, 43% del total) y al menos 10 personas que padecieron aislamiento continuo durante más de 180 días. En el 92,7% de los hechos denunciados las personas permanecieron en sus celdas las 24 horas de cada día que duró el aislamiento.

En 66 hechos de agresiones físicas analizados por el RNCT, que se componen de 118 actos violentos con un promedio de dos por hecho (siempre relevados dentro de los últimos dos meses), los golpes de puño son la forma de violencia que se registró de manera más frecuente en 8 de cada 10 hechos. Luego se despliega una variedad de actos: patadas con la persona en el piso, golpes con palos u otros objetos contundentes, disparos a quemarropa con balas de goma, gas pimienta arrojado a corta distancia sin causa alguna, sujeción apretada y prolongada, criqueo o torsión de los brazos detrás de la espalda, ducha o manguerazos de agua fría en pleno invierno, pata-pata o golpes con palos en las plantas de los pies y tobillos, amenazas, cachetazos y empujones, son parte del repertorio utilizado por el SPB. Y se destacan agresiones de particular crueldad y gravedad: abusos sexuales y asfixias o ahorcamientos.

El informe analiza también el encierro y disciplinamiento patriarcal. A finales de 2021, había 2.405 mujeres y 112 personas trans y travestis detenidas en el SPB, el 5% del total de la población privada de su libertad. Ambas poblaciones aumentaron con respecto a 2020. El SPB tiene estipulado el cupo para 1.057 mujeres, esto significa que en 2021 la sobrepoblación fue del 60%, 23 puntos más respecto a 2020.

Como denunció la CPM en informes anteriores, persiste la sistematicidad y el carácter diferencial de las vulneraciones de derechos a mujeres y personas del colectivo LGBTIQ+, por ejemplo en la cantidad de personas detenidas sin condena: mientras que en detenidos varones el 52,5% son procesados, en el caso de mujeres asciende a 59,8% y en la población trans y travesti al 73,2 %.

El sistema carcelario tiene 20 espacios destinados a alojar mujeres cis y personas trans y travestis; la mayoría son anexos en cárceles de varones, por lo que se ven limitadas en la circulación por la unidad y las actividades que pueden realizar. El principal problema expresado es la falta de atención a la salud y los controles ginecológicos, ya que no hay personal especializado en la unidad y no reciben atención extra muro. Y en el caso de las personas trans, el incumplimiento de los tratamientos de hormonización que provoca padecimientos graves o el incumplimiento de diversos aspectos de la ley de género.

Al finalizar 2021, el SPB alojaba 50 mujeres embarazadas o viviendo con sus hijas/os: 20 embarazadas y 30 junto a sus hijas/os. La población aumentó después de un marcado descenso en 2020 vinculado con las medidas adoptadas por la pandemia y por instancias interinstitucionales constituidas para tal fin, pero sin llegar a los niveles de los años anteriores. Entre las principales denuncias, se señala la deficitaria o inexistente atención a la salud de mujeres gestantes, la falta de alimentación adecuada para ellas y sus hijos e hijas en el encierro y la falta de privacidad.

Los actos de corrupción penitenciaria son de carácter estructural: están insertos en su andamiaje burocrático, son naturalizados por los agentes y muchas autoridades, y padecidos por las personas privadas de libertad, familiares y allegados. El cuadro de corrupción, hacinamiento y violencia se reitera en todas las cárceles bonaerenses: venta de pabellones, camas, colchones, comida, visitas íntimas, carnets y/o permisos laborales, educativos o recreativos, estupefacientes e incluso graves denuncias por hechos de trata, entre otras, resultan prácticas regulares, con la dirección, anuencia y/o complicidad de las autoridades penitenciarias. Un aspecto a destacar es que durante la actual gestión de gobierno se implementó una política activa en materia de investigación de este tipo de hechos, a cargo de la Auditoría de Asuntos Internos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. En 2021 se iniciaron 584 sumarios administrativos contra funcionarios penitenciarios por hechos de corrupción y tenencia y/o comercialización de estupefacientes, contra 449 iniciados en 2020, 317 en 2019 y 283 en 2018; muchas de estas denuncias implicaron sanciones. Por ejemplo, en agosto de 2021 se removió de sus cargos a la cúpula de oficiales que dirigía la Unidad 1 de Olmos. No obstante, resulta indispensable una urgente revisión de la estrategia de prevención, investigación y control de los organismos públicos competentes y una jerarquización e independencia del esquema de contralor.

Este informe analiza también las políticas judiciales de un poder que no se constituye en un tercero de apelación que controle la legalidad del accionar estatal y garantice el cumplimiento de derechos. En el sistema penal se evidencia una cultura judicial autoritaria y elitista, que se manifiesta en la ausencia de respuestas a las violaciones sistemáticas de derechos humanos de las personas privadas de su libertad o en la falta de celeridad, de profundidad y empatía con las víctimas para investigar los casos de violencia estatal.

La crisis institucional del sistema de justicia nacional y provincial requiere cambios en los mecanismos de selección y designación de jueces y funcionarios judiciales, que deben abrirse a la sociedad, y mecanismos disciplinarios ágiles, transparentes y efectivos, así como instancias parlamentarias de seguimiento del funcionamiento judicial. Un ejemplo de esto es la continuidad de Fabián Fernández Garello como fiscal general de Mar del Plata, investigado por crímenes de lesa humanidad mientras se desempeñaba como agente de inteligencia en la DIPPBA durante la dictadura militar.

Entre los aspectos pendientes de modificación, en este informe se analiza el funcionamiento arbitrario e irregular de algunas jurisdicciones del Ministerio Público Fiscal, la persecución a jueces independientes que consolida la injerencia ilegal de agentes de inteligencia en causas provinciales y el armado de causas, entre otros. También preocupa la endeble incorporación de perspectiva de género, incumpliendo obligaciones constitucionales y convencionales respecto del derecho a la igualdad.

En lo particular, atendiendo al rol de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la CPM, resaltamos una vez más la falta de avances en la implementación de la ley 15.005 (reformada por la ley 15.023) de creación de la policía judicial para investigar las causas penales, sin delegarlas en la policía bonaerense, y el cumplimiento de la ley 14.687 de creación de las fiscalías especializadas en violencia institucional.

Entre 2014 y el primer semestre de 2021, en la provincia de Buenos Aires se iniciaron 30.205 causas por presuntos delitos enmarcados en la ley 14.687 de violencia institucional, que representan apenas el 0,5% del total cercano a 6.000.000 de causas iniciadas en el fuero criminal correccional durante ese período. De ese total, 12.737 causas corresponden al periodo de entre 2018 y el primer semestre de 2021; el 68% investiga delitos cometidos por policías, 29% por agentes del SPB y el 3% restante se reparten entre agentes municipales, sanitarios, educativos, judiciales y otros. Sólo se registran 56 agentes judiciales: el poder judicial no se investiga a sí mismo. Asimismo, de los casi 13 mil presuntos autores involucrados, menos de la mitad fueron sindicados y apenas 324 (3%) imputados formalmente en los términos del artículo 308 del Código Procesal Penal de la Provincia. De cada 10 causas finalizadas en el período 2018-2021, 9 se resolvieron mediante el archivo (62%) o la desestimación (28%). Sólo el 2% fueron elevadas a juicio oral. Otra porción de hechos ni siquiera llegan a ser investigados bajo ese marco legal, como es el caso de las muertes producidas por agentes policiales en territorio provincial: entre 2018 y 2020 la CPM relevó 388 casos y el Ministerio Público Fiscal sólo registró 42 carátulas de “homicidio agravado por ser miembro de fuerza de seguridad”. En los restantes 346 homicidios producidos por agentes policiales no se informó cómo se caratularon o si fueron investigados. Entre 2018 y el primer semestre de 2021 solo el 0,1% de los delitos se calificaron como tortura (23 casos). Por el contrario, dos de cada tres causas se caratularon como delitos que prevén penas menores.

Las fiscalías incumplen también con la resolución 115/13 de la Procuración General, que establece que por cada fallecimiento ocurrido en una dependencia carcelaria debe iniciarse una investigación penal y una operación de autopsia. Sin embargo, de las 462 muertes registradas entre 2018 y 2020, la Procuración no inició causa judicial en el 17% de los casos, y en las que se inició causa no se garantizó el cumplimiento de las resoluciones y protocolos establecidos para investigarlas.

Durante 2021 se iniciaron en la Provincia 847.173 investigaciones penales contra mayores de 18 años, equivalentes a 6.700 investigaciones abiertas por cada 100.000 adultos. Por otro lado, se ordenaron 39.125 privaciones de libertad, de las cuales el 90 % fueron sin orden judicial previa, convalidando automáticamente el sumario policial y sin control de legalidad.

La promoción judicial del encierro es otra de las constantes: a diciembre de 2021 sólo el 46% de las personas detenidas a cargo del SPB tenía condena firme; sólo el 16 % ingresa a la cárcel con condena, y en promedio las personas pasan 344 días encarceladas hasta la sentencia de primera instancia.

Como la prisión preventiva, también se ha convertido en regla el uso del juicio abreviado, un instituto que afecta las garantías del debido proceso y para el cual el MPF destina el doble de personas para acusar (545 agentes fiscales) que para defender (269 defensores). Entre 2013 y 2021, 8 de cada 10 condenas se dictaron por juicio abreviado. Aquí debemos señalar el incumplimiento de la ley provincial 14.442 que otorga cierto grado de autonomía a la defensa pública creando la figura del Defensor General de la Provincia.

En el extremo opuesto se suma otro problema: entre 2017 y 2021 los juzgados de ejecución penal denegaron 8 de cada 10 solicitudes de acceso a institutos progresivos en la ejecución de la pena, lo que impacta directamente en la tasa de encarcelamiento.

Todos estos aspectos enunciados se vislumbran también en 14 nuevas causas judiciales donde la CPM se presentó como particular damnificado institucional o querellante, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura. En ellas se investigan hechos de violencia policial o penitenciaria, corrupción policial o penitenciaria, inteligencia ilegal y lesa humanidad, que se suman a otros 39 litigios en trámite.

En los casos de mayor gravedad, se realizaron 8 presentaciones internacionales ante el sistema interamericano y el sistema internacional de derechos humanos, entre ellas 6 solicitudes de medidas cautelares.

En el desarrollo de dos juicios orales en los que intervino la CPM se obtuvieron condenas contra funcionarios estatales. En uno se condenó al ex director del centro cerrado COPA (perteneciente al OPNyA) por vejaciones y apremios ilegales contra tres jóvenes en 2016, en el marco de una persecución y golpiza. La jueza valoró los informes técnicos y declaraciones testimoniales de las/os profesionales de la CPM. En el otro se condenó a un ex médico policial de Punta Indio por falso testimonio en el caso del asesinato del joven Sebastián Nicora, en 2013. La CPM patrocinó a la familia durante el debate oral donde se comprobó que la intervención del acusado provocó el retraso de la investigación al ocultar el disparo por arma de fuego, afirmar que murió por un golpe con elemento corto-punzante y no realizar las prácticas indicadas en los protocolos. En ambos casos la lentitud judicial en la investigación y los problemas enunciados requirieron de enormes esfuerzos para obtener un resultado condenatorio.

Este informe analiza también la apertura y el trámite de numerosas causas judiciales en las que se investigan hechos vinculados a inteligencia ilegal, que muestran la magnitud del aparato de espionaje montado por los gobiernos nacional y provincial en el período 2015-2019 y la intervención de agentes o ex agentes de la policía bonaerense y el servicio penitenciario en estos entramados ilegales. Esto refleja la profunda crisis que atraviesa el sistema de inteligencia desde larga data y su impacto en los subsistemas de inteligencia criminal y de las provincias. Desde 1983 a la actualidad, las agencias encargadas de producir inteligencia funcionaron como instrumentos polivalentes al servicio del poder de turno para la producción de inteligencia política. Como dijimos en informes anteriores, la intervención de la AFI y la designación de Cristina Caamaño, que llevó a cabo una política de saneamiento y transparencia del accionar de este organismo, es un punto de partida para consolidar otra institucionalidad en este tema. A pesar del importante cúmulo de pruebas documentales y testimoniales y la inusitada gravedad de los hechos, las causas no avanza[1]ron e incluso hubo una regresión en muchas, en virtud del atravesamiento político que genera mecanismos de impunidad sostenidos por una parte importante del poder judicial.

En mayo del 2021 la CPM presentó un informe ante la Comisión bicameral de fiscalización de los organismos y actividades de inteligencia que propone algunos ejes para la discusión de una reforma integral del sistema nacional de inteligencia. El rol de las bases de la AFI a cargo de personal de la policía bonaerense retirado, sus objetivos de inteligencia, el espionaje ilegal dentro de establecimientos penitenciarios, así como la penetración en la justicia provincial del sistema de inteligencia ilegal, montado a nivel nacional en articulación con sectores del Ministerio Público Fiscal de la Provincia, son algunos de los principales puntos.

En cuanto a las políticas de niñez, durante el último año, 61.682 niños, niñas y jóvenes (NNyJ) fueron abordados por el sistema de promoción y protección de derechos (SPPD), un incremento del 20% en relación a 2020. La inmensa mayoría de estos NNyJ fueron alojados en dispositivos no oficiales, lo que evidencia la escasez de recursos del Estado para dar respuesta a los problemas del sector y deriva en una supervisión deficiente de los convenios debido a la cantidad de dispositivos para auditar.

Por otra parte, el porcentaje de egresos durante este período fue inferior al de ingresos, tendencia opuesta al informe del año anterior. Más de la cuarta parte de los egresos (26,5%), se produjeron por abandono unilateral de la medida, un panorama desalentador sobre el estado del SPPD porque se trata de NNyJ expulsados del sistema por falta de intervenciones restitutivas y/o ausencia de recursos y abordajes alternativos que los contengan.

Las inspecciones realizadas a los hogares convivenciales dieron cuenta de que los NNyJ son víctimas de violencia por parte de funcionarios responsables. En otros casos, los operadores o trabajadores, además de estar precarizados, no cuentan con la formación profesional necesaria para abordar situaciones complejas y desconocen los protocolos de actuación. A esto se suma el hacinamiento y las malas condiciones edilicias de los hogares, producto de años de desfinanciamiento. Existe también una afectación grave al derecho de acceso a la justicia y a la información: en general los NNyJ no tienen conocimiento de su situación, contacto con juzgados y/o asesorías ni participación en decisiones que los involucran directamente, todo en completa violación a las normativas vigentes.

Ante la ausencia de un proyecto institucional, el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia (OPNyA) no logra garantizar un piso mínimo de derechos para el abordaje de NNyJ. Así persiste el paradigma del viejo patronato y la ausencia de perspectiva en clave de promoción y protección de derechos. Lo habitual es que los NNyJ crezcan en la institución hasta que llegan a la mayoría de edad sin ningún avance en la revinculación familiar o el proceso judicial de adopción, y suelen ser derivados a hogares para personas adultas. La institucionalización resulta así el único abordaje que ofrece el Estado.

En el fuero de responsabilidad penal juvenil se mantiene el diagnóstico de años anteriores: no se respeta el principio de especialidad del fuero, no hay comunicación periódica de los defensores y juzgados con los jóvenes, y persiste la práctica de trasladarlos a unidades penales del SPB. A diciembre del 2021, la cantidad de población encerrada ascendía a 516 jóvenes; de ese total, 24 son no punibles, es decir niños y niñas de 15 o menos años. Otro dato alarmante, a pesar de que aumentaron las sentencias y condenas por juicio abreviados, es que el 56% de la población detenida se encuentra bajo medidas cautelares.

Al mismo tiempo, vale citar la cantidad de jóvenes cumpliendo medidas de privación o restricción de la libertad sin contacto previo con el sistema de promoción y protección de derechos. Esto implica desnaturalizar un sistema cuya idea principal no es el castigo. En 2021 eran 378 (73%) los jóvenes encerrados en el sistema penal que no habían tenido contacto con el SPPD.

Según el informe REINA (registro integral de niñez y adolescencia del OPNyA), a diciembre de 2021 el 78% de los NNyJ privados de libertad estaban en dispositivos de régimen cerrado. La tortura, los malos tratos y las violencias a las que se expone a jóvenes muestran el creciente proceso de carcelización que atraviesan estos lugares de encierro. Las condiciones de detención y el nulo acceso a la atención de la salud mental confluyen para generar un estado de situación alarmante, cuyo indicador más relevante son actos en los que los jóvenes ponen en riesgo su propia vida. Suicidios, tentativas de suicidio y autolesiones dan cuenta de un sistema penal juvenil de encierro cada vez más parecido al sistema penal de adultos en cuanto a falta de tratamiento en clave de responsabilización, falta de escucha, falta de normativas comunes y discrecionalidades.

Otro recurso habitual es establecer como medida morigeratoria el alojamiento del joven en una comunidad terapéutica conveniada con el OPNyA. Sin embargo, las experiencias de monitoreo en estos espacios dan cuenta de las malas condiciones de alojamiento, y los graves hechos de tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes que se desarrollan: aislamiento, incomunicación, sujeción mecánica, sobremedicación, tercerización de la violencia, irregularidad de las historias clínicas, falta de monitoreo y control de legalidad, y muertes.

En las políticas de salud mental se vislumbran avances significativos en el camino a la sustitución y cierre de los manicomios y el cumplimiento de la ley nacional de salud mental (LNSM) 26.657.

Los cuatro hospitales neuropsiquiátricos monovalentes, Colonia Domingo Cabred (Open Door), José Esteves (Temperley), Alejandro Korn (Melchor Romero, La Plata) y Domingo Taraborelli (Necochea) presentaron planes de adecuación durante el año 2021, y se encuentran en pleno proceso de readecuación a la LNSM. Las gestiones anteriores al frente del Ministerio de Salud no dieron prioridad al cumplimiento de la ley que ordenaba para 2020 la efectiva sustitución y cierre de los hospitales. En tal sentido, actualmente se ha constatado el cierre de varias salas de internación así como el sostenido descenso de la población alojada en dichos dispositivos: 2.225 en 2015 y aproximadamente 1.300 en 2021, una disminución de 42% en seis años. También se ha reducido la cantidad de fallecimientos: 92 en 2015 y 54 en 2021.

De las personas alojadas en estos ámbitos, 9 de cada 10 fueron encerradas de manera involuntaria y el 25% lleva más de 20 años de internación continua. No obstante persiste un alto porcentaje de reinternaciones, que constituyen el 43% de los ingresos, lo que demuestra que parte de las externaciones no resultan sustentables, ya sea por falta de dispositivos y personal adecuado o por déficit habitacional entre los usuarios del sistema de salud mental.

En algunos dispositivos se relevaron casos de usuarios que desconocían el plan farmacológico que les administraban o que no realizaban actividades recreativas o terapéuticas. También, la aplicación arbitraria de la sujeción mecánica de parte de los profesionales, en virtud de la falta de una regulación precisa de esta práctica.

Otro aspecto que debe regularse con precisión es la intervención policial ante personas con padecimiento mental en crisis en la vía pública. En situaciones relevadas por la CPM, los agentes policiales detienen a la persona y la alojan en las comisarías aplicando golpes y torturas para controlar la situación de crisis, en lugar de intervenir el personal sanitario y trasladar a la persona a un hospital. Esto ocurre muchas veces por la falta de voluntad de los servicios de emergencia de ocuparse de estas personas.

En cuanto a los institutos neuropsiquiátricos de seguridad, funcionan dos en la Provincia: uno en la Unidad Penal 34, que a fines de 2021 alojaba a 478 hombres, y otro en la UP 45, con 40 mujeres, ambos situados en la localidad de Melchor Romero (La Plata). Estas unidades no dependen del Ministerio de Salud sino de la Dirección de Salud Penitenciaria del Ministerio de Justicia, y están desconectadas del resto del sistema público de salud. En las inspecciones realizadas durante 2021 se relevó: intervención farmacológica sin fines terapéuticos, las personas no tenían registro del personal profesional de salud mental, no existía trabajo interdisciplinario y se identificaron personas detenidas sin criterio de permanencia. También se constató sobremedicación, sujeción mecánica y largos períodos de aislamiento, prácticas de torturas y malos tratos que se utilizan de manera sistemática y que conviven con las precarias condiciones materiales de alojamiento. A esto se suma la permanencia en el encierro por falta de recursos económicos y contención familiar: durante 2021 ocho personas siguieron privadas ilegítimamente de su libertad en la UP 34. Sólo en esta unidad, considerada formalmente unidad neuropsiquiátrica para varones, se registraron 7 suicidios en los últimos 6 años, además de 47 autolesiones en el mismo período y al menos 4 tentativas de suicidio. Entre agosto de 2020 y marzo de 2021 se produjeron tres suicidios; en todos los casos las personas fueron encontradas muertas en su celda mientras permanecían sometidas a régimen de aislamiento extremo pese a las órdenes judiciales que lo prohíben.

En el caso de las comunidades terapéuticas, clínicas neuropsiquiátricas y todo tipo de dispositivo privado que restrinja la libertad a personas por razones de salud mental, no existe un registro riguroso ni estándares para su habilitación. Son instituciones que cubren un vacío de las políticas públicas; algunas funcionan de manera adecuada, pero en muchos casos se violan los derechos humanos sin control judicial alguno. En una inspección en abril de 2021 a la Fundación Candil de Pilar, la CPM constató casos de sobremedicación con el objeto de disciplinar y controlar a los usuarios. También aislamientos constantes y violencia, medidas de castigo, afectación del vínculo familiar, mala alimentación y un médico clínico que asistía cada 15 días. Contextos similares de vulneración sistemática de derechos fueron advertidos en las comunidades terapéuticas San Antonio de Pilar, Cumelén de Olavarría y Proyecto Universo de La Plata. Resulta alarmante que se haya relevado en algunas instituciones la presencia de personas menores alojadas con personas adultas. En relación a la cantidad de muertes de personas internadas durante 2021 en todo el sistema (público o privado) se registraron 161 fallecimientos contra 233 ocurridos en 2020.

Para finalizar, reiteramos que este nuevo Informe Anual pretende ser un aporte constructivo a los tres poderes del Estado para que las políticas públicas provinciales se implementen con perspectiva de derechos humanos, y atendiendo la vulnerabilidad de los sectores impactados por el sistema penal y de encierro. Los cambios urgentes para revertir la crítica situación analizada requieren del compromiso de todas las fuerzas políticas: es necesario construir consensos y acuerdos que profundicen nuestra democracia y garanticen derechos iguales para todas y todos los habitantes de la provincia de Buenos Aires.