El sistema de la crueldad XVI

Políticas de justicia

Sistema de la crueldad XVI

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SOBRE ESTA SECCIÓN

Políticas de justicia

El poder judicial no se constituye en un tercero de apelación que controle la legalidad del accionar estatal y garantice el cumplimiento de derechos. En el sistema penal, se evidencia una cultura judicial autoritaria y elitista, que se manifiesta en la ausencia de respuestas a las violaciones sistemáticas de derechos humanos de las personas privadas de su libertad o en la falta de celeridad y de profundidad para investigar los casos de violencia estatal.

La crisis institucional del sistema de justicia nacional y provincial requiere de cambios en los mecanismos de selección y designación de jueces y funcionarios judiciales, y mecanismos disciplinarios ágiles y transparentes así como instancias parlamentarias de seguimiento del funcionamiento judicial. En la nómina de las deudas pendientes persisten el funcionamiento arbitrario e irregular de algunas jurisdicciones del Ministerio Público Fiscal y la persecución a jueces independientes, consolidándose la tendencia a la injerencia ilegal de agentes de inteligencia en causas provinciales y el armado de causas, entre otros. También preocupa la endeble incorporación de perspectiva de género, incumpliendo obligaciones constitucionales y convencionales respecto del derecho a la igualdad.

En lo particular, atendiendo al rol de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la CPM, señalamos que no se constatan avances en la implementación de la ley provincial 14.687 de violencia institucional ni de la ley 15.005 (reformada por la ley 15.023) de la creación de la policía judicial que asuma la investigación de las causas.

En este marco, entre 2014 y el primer semestre de 2021, en la provincia de Buenos Aires se iniciaron 30.205 causas por presuntos delitos enmarcados en la Ley 14.687/14 de violencia institucional, que representan apenas el 0,5% del total de causas iniciadas en el fuero criminal correccional durante ese período, que rondan los 6 millones.

De ese total, 12.737 causas corresponden al periodo entre 2018 y el primer semestre de 2021; en el 68% los presuntos autores de estos delitos pertenecen a fuerzas de seguridad, 29% al SPB y el 3% restante se reparten entre agentes municipales, sanitarios, educativos, judiciales y otros. Sólo se registran 56 agentes judiciales, entre los casi 13 mil hechos del período (0,4%), dejando entrever que el Poder Judicial no se investiga a sí mismo.

Asimismo, de los casi 13 mil presuntos autores involucrados, menos de la mitad fueron sindicados y apenas 324 (3%) imputados formalmente en los términos del artículo 308 del Código Procesal Penal de la provincia. No se registra ningún imputado perteneciente a órganos judiciales. De cada 10 causas finalizadas en el período 2018-2021, 9 se resolvieron mediante el archivo (62%) o la desestimación (28%). Sólo el 2% fueron elevadas a juicio oral.

Otra porción de hechos ni siquiera llegan a ser investigados bajo ese marco legal, como es el caso de las muertes producidas por agentes policiales en territorio provincial: entre 2018-2020 la CPM relevó 388 casos y el Ministerio Público Fiscal sólo registró 42 carátulas de “homicidio agravado por ser miembro de fuerza de seguridad”. En los restantes 346 homicidios producidos por agentes policiales, no se informó cómo se caratularon o si fueron investigados.

En segundo término, entre 2018 y el primer semestre de 2021 se investigó solo el 0,1% de los delitos de “tortura” (23 casos). Por el contrario, 2 de cada 3 causas se caratularon como delitos que prevén penas menores.

Las fiscalías incumplen también con la Resolución 115/13 de la Procuración General, la cual establece que por cada fallecimiento ocurrido en una dependencia carcelaria debe iniciarse una investigación penal y una operación de autopsia. Sin embargo, de las 462 muertes registradas entre 2018-2020, la Procuración dejó por fuera el 17% de los casos y en los que se inició causa no se garantizó el cumplimiento de las resoluciones y protocolos establecidos para investigarlas.

Litigio individual y colectivo

Durante el 2021, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, la CPM se presentó como particular damnificado institucional en 7 causas: cuatro por uso letal de la fuerza, el asesinato de Alejandro Martínez en la comisaría de San Clemente del Tuyú, una por torturas a tres jóvenes en una comisaría de Tres de Febrero y otra por un allanamiento ilegal en Pergamino.

En el último año, la CPM también fue litigante en dos juicios orales que terminaron con las condenas del subdirector del centro cerrado COPA por severidades, vejaciones y apremios ilegales contra cuatro adolescentes y del ex médico policial José Daraio por fraguar la autopsia al cuerpo de Sebastián Nicora y ocultar la causa de muerte.

Asimismo, en 2021 la CPM presentó más de 25.000 acciones judiciales individuales informando agravamientos en las condiciones de detención y reclamando que se arbitren medidas que los hagan cesar. También se realizaron más de 150 presentaciones judiciales colectivas identificando la acentuación de la crisis humanitaria que caracteriza al ámbito de encierro punitivo provincial. Entre ellas, la participación en la Causa “Verbitsky Horacio s/hábeas corpus” o las medidas cautelares para garantizar la vacunación por el COVID 19 en las dependencias del SPB, alcaidías y comisarías de la provincia, lo que obligó al ejecutivo a implementar un plan de vacunación para personas privadas de su libertad.

Junto al litigio, la CPM adoptó como política la construcción de espacios de elaboración con las víctimas que busca contrarrestar la ausencia de políticas de acompañamiento, contención y apoyos a nivel estatal. Los vacíos que el sistema judicial muestra en el acompañamiento y el abordaje a las víctimas de violencia estatal constituyen una nueva forma de violencia.