SOBRE LA INTRODUCCIÓN
Introducción al Informe anual 2025 de la Comisión Provincial por la Memoria, el Sistema de la crueldad XIX, sobre el sistema de encierro y las políticas de seguridad, salud mental y niñez en la provincia de Buenos Aires.
Introducción
La Comisión Provincial por la Memoria presenta su XIX Informe Anual El sistema de la crueldad cuando se cumplen 20 años de monitoreo de los lugares de encierro y del despliegue policial en el territorio de la provincia de Buenos Aires. Lo hacemos en nuestro carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura (conforme la ley nacional 26.827), cumpliendo con las premisas de autonomía funcional y financiera prevista en el protocolo facultativo de la Convención contra la tortura de la Organización de Naciones Unidas (ley nacional 25.932).
El monitoreo constante en los territorios mencionados durante más de dos décadas nos permite afirmar que las violencias estatales ligadas al sistema penal y de encierro son un mal endémico de la democracia. Ya no podemos pensarlas como resabios de la dictadura sino como propias del sistema democrático y sustentadas en decisiones políticas que, por acción u omisión, tienen como resultado políticas de seguridad, penitenciarias y de justicia que violan los derechos humanos de amplios sectores de nuestra sociedad.
Estas políticas están asociadas a la implantación de programas económicos que en los diferentes gobiernos provocaron una profundización de la desigualdad, la pobreza y la exclusión, y cumplen una función de gobierno o control de las poblaciones vulneradas por el sistema.
Como tantas veces hemos denunciado, la apelación al sistema penal como modo de resolver los problemas sociales complejos que produce tal desigualdad ha sido una constante de todos los gobiernos. Aunque con matices, diferencias sustanciales en otras políticas, distintos niveles de profundidad y marco político-ideológico contrastante, la política criminal se sostiene en la misma definición: una forma de gobernar a los pobres, blancos selectivos de la violencia del poder punitivo del Estado.
Son los pobres quienes padecen mayoritariamente la persecución penal y el encierro. Basta con mirar dentro de cualquier lugar de encierro para ver a simple vista la clara selectividad del sistema.
La violencia de la pobreza, la precariedad y la vulneración sistemática de los derechos elementales que garantizan la dignidad de la vida, el asedio del sistema represivo y penal profundizan el padecimiento de personas excluidas de las salvaguardas del Estado de derecho. Muchos derechos y garantías constitucionales y convencionales se constituyen en ficciones negadas casi automáticamente y sin problematización alguna por la mayoría de las fuerzas políticas mayoritarias.
La tortura, lejos de ser una excepción, es una práctica sistemática. Para los sectores con trayectorias de supervivencia brutalmente precarizadas es parte constitutiva de su estar en el mundo. Son sujetos marcados por la violencia, y el padecimiento trama la subjetividad con las consecuencias que produce en su proyecto vital.
Al presentar el primer Informe Anual, en 2004, ya caracterizamos aquel estado de cosas como sistema, pues lejos estaba de componerse de hechos excepcionales; por el contrario, se integraban y ejecutaban de manera sistemática y generalizada sobre los más pobres sin respeto por los derechos humanos. Lo definimos como “sistema de la crueldad”, y año tras año, confirmamos que esa definición nunca perdió vigencia.
Vivir la crueldad llegó hace tiempo para un sector importante de nuestra sociedad, que padece desigualdad, miseria y persecución estatal.
Ese sistema se materializa a través de una cadena punitiva (la policía, la justicia penal y el servicio penitenciario) que enlaza sus eslabones con otro conjunto de actores institucionales, parte clave de la dinámica democrática que produce la crueldad.
El poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial son responsables de esta situación. Cada uno de estos eslabones funciona en sintonía, de manera aceitada, para provocar ese resultado. A su vez, los medios de comunicación empresariales y hegemónicos alimentan esos discursos y soluciones.
No es que esta cadena punitiva produzca violencia porque conserva resabios de la dictadura: por el contrario, durante la democracia (fundamentalmente los últimos 25 años) hubo fuertes transformaciones del Código Penal y el Código Procesal Penal para acentuar el sesgo clasista y racista de la política criminal.
Estas transformaciones acompañaron los primeros años el crecimiento de la exclusión, la pobreza y la marginalidad, y no se modificaron en tiempos de gobiernos que implementaron políticas de inclusión social. Pareciera que a ciertos sectores se los piensa como condenados a permanecer en los márgenes del mercado de consumo, del trabajo y de los derechos. ¿Expresan cierta resignación a los límites de la igualdad o es simple demagogia punitiva para calmar la demanda de mayor seguridad? Una demanda exacerbada por el tratamiento mediático de la cuestión de la inseguridad que promueve el miedo social y la estigmatización de los jóvenes pobres como criminales.
Para eso realiza un diagnóstico del problema basado en los sentidos que provoca: selecciona casos graves, los expone sin contexto y los proyecta como ejemplo de situaciones generalizadas que no tienen correlato con los datos fiables en torno al delito.
El gobierno nacional de extrema derecha ha provocado una mayor radicalización del uso del sistema penal como disciplinador social y del uso de la fuerza represiva del Estado para el combate contra las disidencias.
Este proceso de radicalización de la violencia estatal se expresa con virulencia en los niveles discursivos que el Presidente, ministros, legisladores y referentes mediáticos producen y reproducen en el marco de lo que llaman batalla cultural contra “el progresismo”, “los zurdos”, “los kukas”, “los populistas”, “los colectivistas”, “la ideología de género”, “los garantistas”, “los derechos humanos”, “los delincuentes”. El que las hace, las paga es el lema. La cuestión es quién hace qué y qué paga. La llamada “gente de bien” queda fuera del sistema porque lo que siempre hace está permitido aunque sea un delito. Evadir impuestos, lavar activos o blanquear dólares cuyo origen no puede explicarse, incitar al odio y la violencia, hacer apología de los delitos de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado son delitos por los que nunca hay consecuencias.
De lo que hablamos en este informe es parte del mismo problema. Aunque se trata de la provincia de Buenos Aires, cuyo gobierno se presenta en las antípodas del gobierno nacional y es permanentemente atacado por éste en los mismos términos que mencionamos.
El sistema de la crueldad desplegado durante tantos años se ha naturalizado y, en gran medida, esa naturalización forma parte de la legitimación del discurso y las prácticas de la extrema derecha.
Por eso, en este contexto, resulta prioritario insistir en la agenda de derechos humanos. Estas prácticas violentas desde los distintos poderes y organismos que componen el Estado han horadado de manera silenciosa y persistente la institucionalidad democrática, pues el estado de excepción se ha aceptado, legalizado y reivindicado. Esta naturalización del estado de excepción convertido en permanente es una mancha venenosa que se expande y toma el cuerpo social alejándonos de una vida en paz, centrada en principios humanistas y solidarios de convivencia.
El poder legislativo ha legislado desconociendo el orden de garantías que establece la Constitución nacional; los jueces han actuado por fuera de ella; policías y penitenciarios actúan por fuera de la ley sin ser sancionados. El funcionamiento de la cadena punitiva es la degradación de la democracia y de su premisa básica: la igualdad ante la ley.
Los hechos ocurridos en la ciudad de Mar del Plata, donde el intendente Guillermo Montenegro creó una patota dentro de la patrulla municipal para limpiar la ciudad de los que denomina “fisuras” (es decir, personas en situación de calle extremadamente vulneradas), es la expresión más clara y brutal de lo que estamos alertando. Un intendente que usa fondos públicos para este fin se aparta ex profeso de la ley, reivindica la comisión de delitos, celebra la violencia explícita y lo publica para conseguir adhesiones o votos de una importante parte de la sociedad, desentendida del valor de la solidaridad y desconocedora del dolor de los demás. Es uno de los puntos de degradación más altos de una democracia que se ha apartado de aquella premisa de los años 80, luego de la dictadura, donde el imperio de la ley era el límite no sólo para las personas sino centralmente para el Estado.
El fallo del juez de Garantías Juan Tapia, referido al habeas corpus preventivo presentado por la CPM contra el accionar ilegal de la patrulla municipal marplatense, ha sido un aliento para seguir insistiendo con la efectiva vigencia de una institucionalidad que controle y ponga límites a la arbitrariedad de los gobiernos. El fallo claramente lo es: el accionar de la patrulla es ilegal y debe cesar. Y no sólo eso: las personas en situación de calle deben tener la protección y la asistencia del Estado. Al mismo tiempo, es un aliento la reacción de vecinos y vecinas de Mar del Plata ante el fallecimiento de Héctor Caballero, quien murió en situación de calle durante uno de los días más fríos del año. La solidaridad y la congoja fue lo que primó, junto con la contundente denuncia de las prácticas violentas a las que era brutalmente sometido por la patrulla.
En ese sentido, los derechos humanos son un eje de acción en el presente y un horizonte de acción para el futuro: deben interpelar no sólo al Estado sino también a la comunidad.
A contrapelo de lo que se impone como sentido común, reafirmar los derechos humanos no implica sólo defender y reivindicar la democracia, el Estado y lo público como un bloque indiscutible: requiere también promover y profundizar la crítica y la reflexión sobre los límites, las deudas y los problemas que los aquejan.
El pueblo de la provincia de Buenos Aires no se expresó en las urnas acompañando mayoritariamente al gobierno nacional de La Libertad Avanza; por el contrario, le puso un límite. Que lo siga haciendo depende en gran medida de asumir estas deudas y demostrar que el camino sigue siendo aquél que evalúa el desempeño democrático por los niveles de acceso a derechos de los ciudadanos y las ciudadanas.
Este XIX Informe Anual da cuenta de un conjunto de prácticas ilegales y violentas que produce el Estado por acción u omisión y configuran graves violaciones a los derechos humanos, y ofrece un diagnóstico detallado de lo que pasa y por qué pasa. Pretende ser un insumo para erradicar tales prácticas, y también para que se jerarquicen las esferas de intervención del Estado en materia de protección y garantía de derechos.
Este diagnóstico se construye a partir del monitoreo e intervenciones permanentes que se despliegan en múltiples dimensiones: inspecciones y entrevistas personales, comunicaciones y denuncias telefónicas o por diferentes medios virtuales, intervención en juicios, relevamiento y construcción de información fiable de varias fuentes.
En 2002 la CPM creó su Comité contra la tortura, luego su primer registro de casos y en 2004 presentó su primer informe anual. Hace 20 años, en 2005, comenzó a monitorear lugares de encierro como mecanismo preexistente de prevención de la tortura. En 2019, reconociendo formalmente su recorrido previo, fue designada como Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, por decisión del Consejo Federal de Mecanismos Locales y a propuesta del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura. Esto implicó el fortalecimiento de diferentes programas de trabajo, la puesta en marcha de delegaciones en toda la Provincia y la continuidad del programa Punto Denuncia Torturas (PDT), del que son parte 11 organizaciones de familiares y ex detenidos que también reciben y tramitan denuncias.
En 2024 se llevaron a cabo 866 inspecciones en cárceles, comisarías, alcaidías, centros de detención de jóvenes, hogares de niñez, hospitales de salud mental, comunidades terapéuticas.
Se realizaron 48.032 entrevistas o comunicaciones recibidas por 15.551 víctimas de violencia estatal. El 85% de las entrevistas o comunicaciones fueron con fuentes primarias (personas detenidas o sus familiares).
Para mostrar la dimensión cotidiana del trabajo del MLPT, en promedio por día hábil de 2024 se realizaron 4 inspecciones, 30 entrevistas presenciales y 194 comunicaciones telefónicas o vía mail referidas a víctimas. En este marco el Sistema de atención a víctimas de torturas (SAVIT) registró 88.063 violaciones de derechos. El SAVIT tiene como objetivo primario facilitar y registrar intervenciones, y como objetivo secundario relevar información cuantitativa y cualitativa referida a las víctimas y a los hechos que motivaron las intervenciones. Al final de cada período se extrae del sistema un listado de casos, se le aplica un control de consistencia y se determina la base anual del Registro provincial de torturas y otras violaciones de derechos humanos (RPT), que se divide en cuatro secciones:
- La sección penitenciaria contabilizó 83.671 hechos ocurridos en cárceles y alcaidías del SPB.
- La sección policial relevó 1.539 hechos producidos por fuerzas policiales en territorio bonaerense y en comisarías.
- La sección de niñez registró 1.472 hechos relevados en centros de detención de jóvenes, hogares, casas de abrigo y otras instituciones.
- La sección de salud mental contabilizó 1.047 hechos ocurridos en hospitales, clínicas psiquiátricas, comunidades terapéuticas, geriátricos, entre otros establecimientos.
Este año se cumplen 15 años de implementación del Registro nacional de casos de torturas y malos tratos, creado e integrado por la CPM, la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) y el Grupo de Estudios del Sistema Penal y Derechos Humanos (Gespydh) del Instituto Gino Germani de la Universidad de Buenos Aires. A partir de la metodología de trabajo de este registro se profundiza en el análisis cualitativo de casos.
A partir de lo relevado en las entrevistas, se realizaron 35.975 presentaciones judiciales o administrativas individuales, un equivalente a 146 por día. El 75% de las comunicaciones recibidas implicaron intervenir con requerimientos a órganos judiciales: habeas corpus, informes o solicitudes.
En los juicios donde la CPM participó como particular damnificado institucional o patrocinando a las víctimas de torturas o muerte de algún familiar se obtuvieron 22 condenas por violaciones de derechos humanos de 14 policías bonaerenses, 4 agentes penitenciarios y 4 responsables de una comunidad terapéutica.
Con relación a litigios colectivos en espacios de encierro de adultos se realizaron 476 presentaciones, donde se denuncian e intentan revertir violaciones de derechos humanos que afectan a un grupo de personas, pabellones o unidades: condiciones de alojamiento inhumanas, sobrepoblación, hacinamiento y regímenes ilegales de vida y de trato, entre otros.
A partir de la asunción del nuevo gobierno nacional y la aprobación de la resolución 943/23 del Ministerio de Seguridad, se puso en marcha un programa de monitoreo de las manifestaciones públicas a fin de relevar, denunciar y hacer pública la violencia represiva de las fuerzas de seguridad. Con este objetivo, se monitorearon 65 manifestaciones o protestas sociales durante 2024. El informe que aparece en los anexos de este Informe Anual da cuenta de una política de Estado sistemática del gobierno nacional: 1.216 personas heridas por gases lacrimógenos o gas pimienta, golpes con tonfas, escudos y disparos con postas de goma y 93 detenidas de manera arbitraria en CABA a partir de la aplicación del protocolo antipiquetes. Por estos hechos se presentaron 12 denuncias penales y se publicaron cinco informes.
El análisis del contenido de este informe confirma que las políticas de seguridad se basan en la saturación policial de los territorios: más patrulleros y más policías no para prevenir el delito sino para regularlo. A esto se suma la segregación o guetización de los más vulnerados en las periferias para impedir su acceso al centro de las ciudades.
Entre el 2019 y el 2023, la policía aprehendió en promedio a 295.752 personas por año. Apenas el 14% de ellas fueron privadas de su libertad por imputación judicial de un delito y sólo el 6% ingresaron luego al Servicio Penitenciario Bonaerense con prisión preventiva o condena, por acreditarse en términos judiciales esa imputación. Es decir, el 86% de las aprehensiones policiales no se vincula con la comisión de delitos sino con el control y gestión de poblaciones excluidas y estigmatizadas.
Específicamente en 2023 se aprehendieron un 10 % menos de personas que en 2022, pero dentro de las 244.854 personas aprehendidas aumentó del 14 a 18 % quienes fueron privadas de su libertad por imputación judicial de un delito y de 6 a 10% quienes ingresaron al SPB por prisión preventiva o condena. Dicho de otro modo: 4 de cada 5 aprehensiones policiales no fueron convalidadas judicialmente, y 9 de cada 10 aprehensiones no derivaron en ingresos a la cárcel. Ese año sólo la Policía bonaerense realizó 671 aprehensiones diarias, es decir 28 por hora en todo el territorio provincial.
No se consignan los datos de 2024 porque no fueron informados por el Ministerio de Seguridad.
El despliegue policial en el territorio es muy violento y aplica de manera sistemática prácticas de torturas y malos tratos que no suelen denunciarse por temor a represalias. Sólo la CPM denunció 1.539 hechos de violencia policial.
Un ejemplo que conjuga las distintas dimensiones de la violencia policial descripta fue lo ocurrido en la Comisaría 2ª de Ensenada. En la madrugada del 21 de octubre del año 2024 se produjeron hechos de tortura que afectaron a los 8 detenidos que se encontraban en los calabozos. Esa noche entre 30 y 40 policías de diferentes comisarías de la zona y miembros del Grupo de Apoyo Departamental (GAD) detonaron granadas de gas lacrimógeno, lanzaron chorros de agua con alta presión a corta distancia y gas pimienta, tiraron a quemarropa con postas de goma, golpearon a los detenidos salvajemente con tonfas, palos y otros elementos, los desnudaron, los patearon en el piso y los abusaron sexualmente apoyando y frotando la tonfa en sus partes íntimas, los amenazaron con accederlos sexualmente con ese elemento y los obligaron a que se besaran entre ellos sus partes íntimas, incluso a un detenido que se había defecado encima producto de la violencia padecida. Los tormentos se extendieron durante esa noche y duraron hasta el amanecer. No hay límite para la brutalidad y no fueron uno o dos: fueron decenas de policías y personal jerárquico de diferentes comisarías.
Además, la letalidad policial aumentó de 117 casos registrados en 2023 a 122 en 2024, en promedio 10 muertes por mes. El promedio de edad de las víctimas de 2024 fue de 24 años; se registraron 26 casos (21%) de menores de edad: la víctima más joven tenía 7 años. El 82 % de los homicidios se produjeron con el arma reglamentaria, el 66 % por agentes fuera de servicio o de actividad y el 61 % en circunstancia del robo o intento de robo de bienes del policía que mató o intentos de robos a terceros. Hemos solicitado reiteradamente la modificación normativa del estado policial que obliga a las policías a portar armas e intervenir todo el tiempo frente a cualquier hecho. Su vigencia no impacta en la prevención del delito y, por el contrario, produce casos de letalidad frente a hechos menores, incluso donde no peligra la vida propia o de terceros. El informe analiza varios de estos casos; se muestra que muchos de estos hechos se producen por un desproporcionado e injustificado uso de las armas policiales que, en la mayoría de los casos, se utilizaron y produjeron la muerte cuando las víctimas no representaban una amenaza. Una vez que cesa el riesgo directo (amenaza con el arma) el accionar policial ya no puede entenderse como legítima defensa sino como represalia y, como tal, es un delito.
Por eso preocupa también la mala investigación de algunos hechos: el fiscal no se presentó en la escena de los hechos, la misma fuerza de seguridad participó en la custodia de ese lugar (lo que implica un posible manejo de los elementos probatorios), la misma fuerza trasladó los cuerpos y la investigación o pericias estuvieron delegadas -al menos parcialmente- en la misma fuerza. Estas acciones incumplen la resolución 1390 de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires que establece, entre otros puntos, apartar de la investigación a la fuerza de seguridad a la que pertenece el victimario. La cantidad de aprehensiones y detenciones, el uso excesivo de la prisión preventiva y el juicio abreviado colapsan el sistema de encierro de personas adultas.
La cantidad de personas detenidas en el sistema de encierro para adultos creció un 5 % entre 2023 y 2024, llegando a 61.810 en diciembre, casi el doble que hace 10 años. Esto representa una tasa general de 340 detenidos cada 100.000 habitantes: la más alta de la historia bonaerense y una de las más elevadas del país. Se calcula esta tasa general para compararla con otras jurisdicciones, pero el valor más adecuado surge de la tasa específica que excluye a las personas menores de 18 años. El gobierno actual heredó una tasa específica de encarcelamiento de 415 personas detenidas cada 100.000 habitantes, y cinco años después ascendió a 472.
En todo el sistema de encierro se producen más ingresos que egresos. Entre 2015 y 2024 cada año ingresaron en promedio más de 19.200 personas y egresaron 16.500, dejando un saldo positivo de más de 2.600 por año. En 2024 esta diferencia estuvo por encima del promedio: 3.152 personas más. La cantidad de mujeres y personas trans volvió a aumentar en mayor medida: un 8% con respecto a 2023, mientras que la cantidad de varones detenidos creció un 6%. Al finalizar el año 2024, había 3.289 mujeres y 114 personas trans detenidas en el SPB, el 5,7% del total de personas detenidas en la provincia de Buenos Aires. La población de mujeres registra un ascenso sostenido: en 23 años creció más de 5 veces (483%). El mayor encarcelamiento se traduce en mayor sobrepoblación: al finalizar el 2024, se registró una sobrepoblación del 69% en cárceles y alcaidías del SPB que alojan mujeres; un aumento del más del 50% con respecto a la sobrepoblación de 2023 (45%).
En el SPB se encuentran encarceladas mujeres embarazadas y/o alojadas junto a sus hijos/as. En varios informes la CPM ha denunciado las condiciones de detención, las prácticas violentas a las que son sometidas y las vulneraciones de derechos que padecen tanto ellas como los/as niños/as. Al finalizar el 2024, había 62 mujeres embarazadas o con sus hijos/as en el encierro (casi un 3% del total de mujeres alojadas en el SPB) y 32 niños/as. Un 27% más que en el año 2023, el número más alto registrado desde 2020.
La población de personas trans aumentó más del 20% en siete años (se informa la población trans recién desde 2018). De todos modos -como se viene aclarando en informes previos-, se asume la existencia de un subregistro de las personas trans en los datos oficiales remitidos: por las tareas de monitoreo de la CPM se sabe de personas cuya identidad de género autopercibida no es respetada o contemplada por no haber realizado la rectificación registral en el documento, especialmente en casos de varones trans.
La sobrepoblación produce hacinamiento y esto genera condiciones de vida inhumanas.
La actual gestión de gobierno inició un plan de construcción de cárceles y alcaidías como forma de resolver el problema. Como señalamos reiteradamente, la construcción de plazas nunca soluciona la sobrepoblación sino que la agrava: entre 2020 y 2024 se construyeron 6.000 nuevas plazas pero el sistema aumentó en casi 13.000 nuevos detenidos, más del doble de las plazas construidas.
Si bien la sobrepoblación en comisarías tuvo una disminución significativa -80 % en diciembre de 2024-, el problema se trasladó al servicio penitenciario bonaerense donde la sobrepoblación volvió a crecer hasta llegar al 106 %, 11 puntos más que el año anterior. Entre 2021-2024 la cantidad de personas en comisarías disminuyó 48%, mientras que en cárceles y alcaidías aumentó un 15% y 122% respectivamente.
Pese a la baja numérica, las condiciones de alojamiento en comisarías siguen siendo muy críticas: espacios inhumanos que semejan cuevas sin luz ni aire, cloacas que rebalsan, falta de agua, escasa comunicación con el exterior, nulo acceso a actividades y hacinamiento extremo. Y siguen alojando menores de 18 años, mujeres embarazadas, personas enfermas o de la tercera edad pese a estar prohibido.
Gran parte de la responsabilidad de que esto ocurra corresponde al poder judicial penal, que convalida automáticamente la actuación policial y penitenciaria. Nueve de cada diez detenciones policiales son sin orden previa dictada por un juez competente, como dispone la Constitución nacional. La policía detiene y la justicia convalida automáticamente.
La prisión preventiva, el juicio abreviado y la escasa aplicación de institutos liberatorios previstos en las leyes vigentes son las herramientas principales en el sostenimiento de la política de encierro de la Provincia. Durante 2024 se dictaron 21.164 prisiones preventivas, lo que representa un aumento del 7% respecto a 2023.
La prisión preventiva es la detención de una persona sin estar aún condenada por el delito que se le imputa. Sigue siendo generalizada y se usa de manera diferencial con la población femenina y las personas trans: al finalizar el 2024, el 61% de las personas trans y el 55% de las mujeres estaban detenidas en calidad de procesadas, mientras los varones en un 48%.
De cada 49 prisiones preventivas solicitadas por el Ministerio Público Fiscal, una es denegada por los juzgados, una se otorga mediante modalidad alternativa y se concede en 47 pedidos. También se convirtió en regla el juicio abreviado, algo que afecta las garantías del debido proceso. Hoy 9 de cada 10 causas se resuelven mediante el juicio abreviado. El juicio abreviado es un acuerdo extorsivo entre fiscales y defensores que, en general, se impone a la persona detenida para llegar a una rápida condena en detrimento de un juicio oral y público.
El otorgamiento de la prisión domiciliaria se mantiene en los valores de los últimos 5 años: entre un 7 y un 8 % de los casos. En lo que respecta a la segmentación por género, surge de los datos del SPB que la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico representa el 33% de las mujeres detenidas, un valor que desciende al 11% en las personas trans y al 6% en los varones.
Al incremento y automaticidad de los ingresos se suma otro problema en el extremo opuesto del proceso judicial: la retención de los condenados hasta el cumplimiento efectivo de la pena.
El principio constitucional y legal de la resocialización y la progresividad no se cumple. Esto provoca que entren cada vez más y salgan cada vez menos personas del sistema de encierro. Los juzgados provinciales de Ejecución Penal denegaron ocho de cada diez solicitudes de morigerar la pena: el 80% de las libertades condicionales, el 74% de las libertades asistidas, el 81% de las salidas transitorias y el 83% de las prisiones domiciliarias. En un sistema de encierro marcado por estas características la tortura sigue siendo una práctica sistemática.
En 2024, la CPM relevó más de 83.671 hechos que constituyen vulneraciones de derechos humanos en cárceles y alcaidías penitenciarias.
El 81 % de estos hechos son torturas y malos tratos y un 19 % denegación de acceso a la justicia por jueces, defensores oficiales y fiscales que generalmente no escuchan a las personas detenidas, no trabajan con rigurosidad, seriedad ni perspectiva de derechos humanos, descreen de las personas detenidas, naturalizan la violencia que padecen o la consideran merecida.
La tortura no es solo física, también son torturas y malos tratos la falta de acceso a la salud, las malas condiciones de detención, el aislamiento, el hambre, los traslados constantes y gravosos, las requisas violentas y vejatorias.
Las torturas no son excesos ni hechos excepcionales con distinta modalidad e intensidad: ocurren todo el tiempo en todos los lugares de detención. La tortura integra un programa que recurre a la violencia y la precariedad para gobernar a las poblaciones que se persigue y encarcela.
En cada informe anual, la Comisión Provincial de la Memoria (CPM) ha denunciado la vulneración del derecho de la salud de las personas encarceladas en el SPB como práctica sistemática de tortura y malos tratos. La falta o deficiente asistencia de salud es el hecho de tortura o maltrato más comunicado a la CPM por las víctimas o sus familiares. En 2024 se registraron 20.923 hechos, el 32% del total de hechos comunicados.
La salud penitenciaria está en estado crítico y debe declararse su emergencia: no hay profesionales ni medicamentos, no se cumplen tratamientos ni estudios complejos, acceder a la atención implica la mediación penitenciaria que siempre interviene desde la lógica securitaria y los traslados extramuros se tornan imposibles por esa mediación o por falta de móviles. En este esquema, la sobrepoblación y el hacinamiento se resuelven con más aislamiento como régimen de vida habitual, con personas encerradas en la celda entre 12 y 17 horas al día sin ayuda, elementos de sostén ni cuidados elementales.
El aislamiento en condiciones de hacinamiento impide la recuperación, suma nuevas dolencias, deteriora el estado general de salud y torna más difícil el acceso a sanidad.
Se registraron situaciones graves de salud sin atención, interrupción de tratamientos farmacológicos en enfermedades crónicas y tratamientos temporales, falta de curación de heridas y falta de acceso a controles de salud de todas las patologías. El personal sanitario no recorría el lugar y la medicación era entregada por enfermeros a los referentes, quienes se encargan de distribuirla.
La gravísima situación de la salud penitenciaria provoca muertes evitables. Un ejemplo son las muertes por tuberculosis: se identificó que 35 personas padecían esta enfermedad pero no todas contaban con un diagnóstico previo aunque sí con antecedentes de reclamo por atención médica adecuada, ya que no eran llevados al área sanitaria o cuando eran llevados no recibían atención adecuada que incluyera lo necesario para llegar a un diagnóstico o tratamiento. Además no se registró en ningún caso que se haya realizado un control de foco que permitiera prevenir contagios.
Esto impacta directamente en un aumento significativo de la cantidad de personas fallecidas en el sistema penitenciario: de 206 en 2023 a 286 en 2024. En cárceles y alcaidías aumentó de 156 a 218: 194 muertes fueron por problemas de salud, 21 suicidios y 3 homicidios. La variación interanual fue de 28,7%; las muertes por problemas de salud -9 de cada 10- explican este aumento. La tasa de 36 muertes cada 10.000 personas detenidas es un 34% más que el año anterior y la más alta de los últimos 15 años. También creció en personas con monitoreo electrónico: de 50 a 68 muertes entre 2023 y 2024. La tasa de mortalidad de personas detenidas bajo la modalidad de monitoreo electrónico (15,8 de cada 1.000 personas detenidas) supera ampliamente la tasa del SPB (3,9 de cada 1.000), diferencia que se relaciona con el hecho de que las prisiones domiciliarias se otorgan –entre otras causas– por situaciones graves de salud. La mitad de las personas en arresto domiciliario por cuestiones de salud mueren antes del año.
Los 21 suicidios informados representan una tasa de 3,9 cada 10.000 personas detenidas y supera la del 2023, que fue de 3,4. Por otro lado, está muy por encima de la tasa provincial, que es de 0,4 cada 10.000 personas. Estos casos reflejan las distintas falencias que presenta el abordaje de la salud mental en el encierro. Personas con autolesiones reiteradas que no reciben acompañamiento, otras con diagnósticos que requerían tratamientos psicológicos y psiquiátricos que no se cumplen, aislamiento reiterado en el que se producen autolesiones o expresiones de angustia. Como se viene señalando de manera sostenida en informes anteriores, el abordaje de la salud mental en general y del suicidio como problema social y comunitario en los espacios de encierro presenta el catálogo completo de incumplimientos: no existe la prevención, la atención, el seguimiento ni la posvención ante conductas autolesivas o sin intención suicida.
En contraposición, se sostiene la tendencia a la baja de la tasa de homicidios. Hace 10 años, la tasa de homicidios en el SPB era 10 veces superior a la tasa provincial y el año pasado fue levemente superior: 0,6 cada 10.000 personas en la cárcel contra 0,5 en el medio libre. Este indicador es muy positivo y responde -al menos una de las razones importantes- a políticas públicas que modificaron la vida en la cárcel al garantizar el acceso a la comunicación habilitando la telefonía celular para las personas detenidas. Esto disminuye los conflictos, genera tranquilidad en las personas que pueden estar al tanto de lo que le sucede a sus familiares, y también es un medio eficaz para registrar y denunciar hechos de violencia penitenciaria. Al cruzar las variables género y causa de muerte, se destaca que 3 de cada 10 muertes de mujeres fueron suicidios (17 casos, 31,5%), proporción significativamente mayor a la registrada en varones (8,7%). Y el 11,8% de los suicidios totales fueron de mujeres, valor que triplica la participación de mujeres en el total de población detenida.
Diferentes ámbitos institucionales han realizado audiencias, reuniones e iniciativas tendientes a adoptar medidas frente a la crítica situación que se vive en cárceles y comisarías. El Tribunal de Casación Penal (Sala V), en el marco de la causa por comisarías bonaerenses, ha logrado que disminuya la sobrepoblación en comisarías realizando un seguimiento de su ocupación y el traslado de detenidos a las alcaidías penitenciarias. También la Autoridad del programa de cumplimiento de sentencia (APCS) y su Observatorio (OPCS) de la Suprema Corte de Justicia, hicieron reuniones y adoptaron medidas tendientes a mejorar la producción de información sobre la política criminal y lograr revertir este cuadro. En ambos casos ha sido una política de reducción de daños positiva que de no generarse habría agravado aún más el diagnóstico descripto. Pero, claramente, no alcanza sin una decisión de cambiar esta política criminal y fallos jurisdiccionales de los máximos tribunales que ordenen estos cambios.
Este sistema de control en materia de seguridad funciona además con altos niveles de corrupción. No se trata sólo de delitos cometidos por funcionarios públicos para su beneficio personal sino que impactan en la vida diaria de las víctimas de este sistema.
Desde el 2008, al menos, 2.199 policías fueron expulsados por delitos relacionados con hechos de corrupción, pese al temor de la población de denunciar estos hechos por la posibilidad cierta de represalias.
En el sistema penitenciario, la corrupción también es sistemática y degrada aún más las condiciones de vida en el encierro. Durante el 2024, la CPM registró un hecho de corrupción penitenciaria cada 4 días. En ambos organismos las denuncias generalmente no prosperan o tardan en investigarse.
En cuanto a las políticas de niñez, hace 20 años se creó el Sistema de promoción y protección de derechos para dejar atrás el viejo Patronato de menores. Sin embargo, el nuevo sistema sigue reproduciendo y agravando mucho de lo que prometió cambiar.
Cada año, el conjunto de organismos y servicios para la promoción de derechos interviene en más de 70 mil casos de niños, niñas y jóvenes vulnerables. Pero muy pocas veces logra restituir derechos. En diciembre de 2024, había más de 4.100 niñas y niños institucionalizados; el 83%, alojado en hogares no oficiales. Los hogares (oficiales o conveniados) se encuentran en condiciones críticas: infraestructura deficiente y riesgosa, falta de personal especializado, bajo presupuesto. En esas condiciones, es difícil que el Sistema cumpla con su misión de restituir derechos cuando los termina vulnerando en su deficiente implementación. Sólo el 30% de los niños, niñas y jóvenes institucionalizados egresa de estos dispositivos por considerarse restituidos esos derechos.
En el otro extremo está el sistema penal juvenil: cuando fallan las políticas de prevención y protección, el Estado llega con políticas represivas que incluyen el encierro cada vez a más temprana edad.
Los menores de 16 años no pueden ser juzgados o condenados, sin embargo la justicia ordena su encierro recurriendo a medidas de seguridad. Entre 2021 y 2025, la cifra de niños no punibles detenidos casi se triplicó; en marzo de 2025 había 680 niños y jóvenes privados de libertad en centros cerrados y 96 eran no punibles: el 14% del total.
Los centros de detención del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia se parecen cada vez más a las cárceles para adultos: graves condiciones materiales, aislamiento extremo por más de 18 horas, muy pocas actividades recreativas y educativas. En este contexto, la tortura es una práctica sistemática y no se cumple con la función de responsabilización penal prevista en la ley.
En 2024, 8 niños/as murieron en dispositivos convivenciales y un joven se suicidó en un centro cerrado. Las autolesiones son comunes en estos lugares, y los suicidios son la principal causa de muerte en las cárceles de jóvenes.
Es necesario destacar la gravedad de lo sucedido con el niño Bautista Di Nezio, fallecido luego de haber estado internado-alojado irregularmente en una institución especializada (Hogar San Francisco de la Virgen de la Merced): tuvo distintas intervenciones iatrogénicas de los efectores del Sistema de promoción y protección de derechos que finalmente terminaron con su muerte, el 25 de diciembre del año 2024.
Todo esto es posible por la deserción judicial en el control, y la falta de investigación y sanción de los responsables de estos hechos. La mayoría de los jueces y fiscales no controlan las condiciones en que se llevan adelante las medidas de abrigo o de detención. Tampoco investigan las denuncias de malos tratos y torturas.
El poder judicial legitima así las graves vulneraciones de derechos humanos. El Estado debe recuperar su rol de cuidado y garante de derechos asegurando los derechos de niños, niñas y jóvenes a una vida digna y libre.
Con relación a las políticas de salud mental, la ley nacional de salud mental que cumple 15 años vino a cambiar el paradigma del manicomio y a reconocer a las personas con padecimiento mental y consumos problemáticos como sujetos de derechos. En la provincia de Buenos Aires hubo grandes avances en su implementación. Uno fue el paulatino descenso de personas alojadas en los manicomios y la proyección de su sustitución definitiva.
La Provincia cuenta con 4 hospitales neuropsiquiátricos públicos; en diciembre de 2024 había 847 personas alojadas, 1.000 personas menos que en 2018. Sin embargo, persiste un problema transversal: la gran cantidad de reinternaciones. Durante 2024, el 53% de los ingresos a los hospitales monovalentes fueron reinternaciones. Es decir, externaciones que no pudieron sustentarse por falta de redes, de atención en hospitales generales o de dispositivos alternativos al manicomio. Continúa siendo necesario el fortalecimiento de estas políticas para la efectiva implementación de la normativa. A pesar de los avances, en estos hospitales persisten graves vulneraciones de derechos: sometimiento a aislamiento, sujeción mecánica irregular, malos tratos, sobremedicación y hasta violencia sexual.
En las clínicas neuropsiquiátricas privadas la situación es peor y en 2024 se registraron 366 hechos de torturas y/o malos tratos. La adecuación a la ley de salud mental en estos lugares suele ser más deficiente, en parte por la deficiencia o ausencia de controles por parte del Ministerio de Salud.
En el extremo más cruel de este sistema están las comunidades terapéuticas para el tratamiento de adicciones. Muchas funcionan con habilitaciones provisorias y otras directamente en la clandestinidad: en la actualidad se desconoce todavía la cantidad de instituciones de este tipo que funcionan en la Provincia.
En estos lugares no se implementa la ley de salud mental y en la mayoría de los casos funcionan casi sin presencia de profesionales de la salud. En 2024, la CPM registró 155 hechos de falta o deficiente atención a la salud. El mal llamado tratamiento se basa en el cumplimiento de normas rígidas y tareas domésticas que implican premios o castigos. Las formas de castigo más comunes son la sujeción mecánica, los golpes, el impedimento del vínculo familiar y la sobremedicación de manera arbitraria por operadores sin ninguna incumbencia para ello y sin indicación ni control médico. Todas las internaciones involuntarias según los plazos establecidos por la ley y las internaciones de personas menores de edad deben ser controladas por el poder judicial, pero esto no sucede.
Durante 2024 se tomó conocimiento de una nueva y grave modalidad de ingreso a estos lugares: un grupo de traslados secuestra a las personas en su hogar con la anuencia de algún familiar. La modalidad consiste en buscarlos en su domicilio, administrarles psicofármacos inyectables o diluidos en agua y trasladarlos sin consentimiento a la comunidad terapéutica en vehículos particulares. Al despertar varias horas o días después, se encuentran allí sin poder retirarse, mantener comunicación con referentes afectivos, y sin intervención de ningún órgano judicial.
Las cárceles neuropsiquiátricas ocupan el último eslabón de encierro. La Unidad 34 y el anexo femenino de la Unidad 45 del Servicio Penitenciario Bonaerense alojan a personas con padecimiento mental en conflicto con la ley penal. También en estas unidades hay tratos crueles, inhumanos, degradantes y torturas: condiciones materiales inhumanas, sobrepoblación, alojamiento de personas sin criterio de permanencia, falta de medicación, alimentación insuficiente, aislamiento y sujeción mecánica irregular. En estas condiciones no hay abordaje de la salud mental posible.
Como ocurre en todo el sistema penitenciario, la falta de articulación con las políticas del Ministerio de Salud impide que se garantice el derecho a la salud, y provoca incluso más sufrimiento en el encierro y deterioro en los cuadros de salud.
En el mismo sentido, en las políticas públicas destinadas a personas con discapacidad se identifica una preocupante deficiencia en el cumplimiento de la normativa que garantiza los derechos de este colectivo en situación de extrema vulnerabilidad.
Se piensa como única intervención posible la institucionalización, ya sea en hospitales públicos especializados en discapacidad o en hogares del subsector privado, en los que se ejercen prácticas deshumanizantes y degradantes como consecuencia de la falta del personal necesario para garantizar el apoyo que necesitan las personas.
En estas instituciones también se observa una fiscalización deficiente del Ministerio de Salud, sumado a la normativa mediante la cual se los habilita, que es sumamente obsoleta y no se adecua a los derechos específicos de las personas con discapacidad, por lo que resulta urgente su revisión y actualización.
Este nuevo Informe Anual y el agravamiento de las violaciones de derechos humanos que se relevan en el presente nos llevan a insistir con lo dicho: enfrentar la crueldad no es retórica, es política pública que la contradice y la rechaza con sus actos y sus realizaciones. Para hacerlo hay que dar una fuerte disputa con quienes la sostienen por intereses, lucro o convicción; dejar de distraer fondos públicos en acciones poco efectivas, que atacan las consecuencias pero no las causas que provocan los problemas que se pretenden resolver.
Reformular esta política criminal es un imperativo de nuestro presente. Esta política criminal que viola los derechos humanos es responsabilidad de los tres poderes del Estado: ejecutivo, legislativo y judicial. Lejos de mejorar la seguridad ciudadana, degrada el sistema republicano y no respeta ni garantiza derechos constitucionales.
Seguimos insistiendo: no hay democracia sin plena vigencia de derechos humanos.