El sistema de la crueldad XIX

Políticas de salud mental

Sistema de la crueldad XIX

Políticas de salud mental

SOBRE ESTA SECCIÓN

La ley nacional de salud mental es de 2010, venía a cambiar el paradigma manicomial y reconocer a las personas con problemas de adicciones o padecimiento de salud mental como sujetos de derechos. En la provincia de Buenos Aires, venimos destacando avances en la implementación de la ley provincial de salud mental 14.580 mediante políticas públicas elaboradas e implementadas por la Subsecretaría de salud mental, consumos problemáticos y violencias en el ámbito de la salud del Ministerio de Salud, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley.

En particular se destaca el descenso sostenido de las personas alojadas en los cuatro hospitales monovalentes públicos, que esbozan como objetivo la sustitución y cierre de los manicomios. A diciembre de 2024 había 847 internadas en estos hospitales, 1.000 personas menos que en 2018.

Pese a la disminución, resulta importante destacar como problema transversal y persistente el gran número de reinternaciones, lo que muestra que parte de las externaciones no resultan sustentables. Durante 2024 se produjeron 1.008 ingresos de los cuales el 48% (479) fueron reinternaciones.

Los/as mismos/as profesionales de la salud mental identificaron como principal obstáculo la falta de atención en hospitales generales u otros dispositivos intermedios que permitan sostener un tratamiento ambulatorio y, cuando existen, no hay recursos humanos y materiales necesarios.

En 2024 se registraron 52 fallecimientos en tres de los cuatro hospitales monovalentes públicos. El incremento de los fallecimientos junto con la baja de la población podría deberse al proceso de desmanicomialización implementado en estos hospitales: se observa que aún permanecen internadas personas con una gran cantidad de años de institucionalización y, por ende, adultas mayores cuya externación se dificulta por requerir mayor apoyo. Es decir, las personas cronificadas y que padecen los efectos más graves del manicomio fallecen allí donde pasaron la mayor parte de su vida.

Si bien la transformación del modelo de atención en salud mental sostenida discursivamente por la autoridad de aplicación de la ley se tradujo en la elaboración e implementación de políticas públicas, destacamos la persistencia de graves vulneraciones de derechos de las que son víctimas las personas con padecimiento mental alojadas en instituciones manicomiales públicas o privadas.

En los monitoreos a estos dispositivos de salud mental observamos malas condiciones materiales y edilicias, sobremedicación, sujeción mecánica, aislamiento e, incluso, casos de violencia sexual. En las clínicas privadas la situación es aún peor, en parte, por el deficiente e insuficiente control estatal por parte de las autoridades sanitarias.

En las clínicas monitoreadas se observo que todas tenían habilitaciones obsoletas y se relevó el predominio del paradigma psiquiátrico-manicomial y el consecuente incumplimiento de las leyes nacionales de salud mental y de historias clínicas.

Además, se relevaron torturas y malos tratos, violencia verbal y psicológica, prácticas de castigo y disciplinamiento, amenazas, extraterritorialidad del abordaje (personas oriundas de otras provincias o de lugares lejanos), lo que obstaculiza el acceso a un abordaje comunitario. En 2024 se comunicaron un total 366 hechos de tortura y malos tratos en clínicas neuropsiquiátricas y 12 hechos de sobre-medicación en clínicas neuropsiquiátricas.

Comunidades terapéuticas

Las denominadas comunidades terapéuticas o centros de rehabilitación son las instituciones más denunciadas por las propias víctimas, familiares u otros organismos. En estos lugares se relevan las violaciones de derechos más gravosas como torturas y tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes. Priman la discrecionalidad, ilegalidad y clandestinidad; en su mayoría pertenecen al subsector privado y sigue sin conocerse la totalidad de lugares que funcionan bajo esta denominación en la Provincia.

Actualmente tanto las personas que padecen consumo problemático como su familia deben recurrir a este tipo de instituciones pertenecientes al subsector privado frente a la insuficiente capacidad del Estado de garantizar la accesibilidad a abordajes adecuados. Los responsables de estos lugares se aprovechan de la desesperación y la situación de extrema vulnerabilidad y se benefician económicamente cobrando altos montos de dinero sin garantizar condiciones mínimas de dignidad, y ejecutando prácticas por fuera de todo sustento científico y marco legal.

En los últimos años relevamos, además, como práctica recurrente y sumamente grave el secuestro de personas en su domicilio como modalidad de ingreso a las comunidades terapéuticas. Los secuestros suelen tener una modalidad similar en todos los casos: un grupo de tres o cuatro personas ingresan al domicilio durante la noche y obligan a las personas en situación de consumo (bajo coacción, amenaza o violencia física, en muchos casos inyectadas con medicación sin ninguna prescripción médica) a trasladarse a la comunidad terapéutica.

La mirada que sostiene este tipo de dispositivos hacia las personas con consumo problemático se apoya en una marcada culpabilización y patologización de las conductas. El mal llamado tratamiento se fundamenta en el cumplimiento de normas rígidas, denominada “estructura”, en su gran mayoría tareas domésticas y de mantenimiento. Esta estructura se apoya en una lógica de premios/castigos: si una persona incumple alguna norma se aplican las llamadas “medidas” o “consecuencias”, consistentes en castigos, los más comunes son la sujeción mecánica, los golpes, el impedimento del vínculo familiar y la sobremedicación: los psicofármacos, molidos o inyectables, se aplican de manera arbitraria y sin control médico.

Además, estas comunidades funcionan casi sin profesionales de la salud y el tratamiento lo llevan adelante los operadores, personas que atravesaron una situación de consumo y luego un curso de operador socio-terapéutico.

Cárceles neuropsiquiátricas

La unidad penitenciaria 34 y el anexo femenino de la UP 45 ubicadas en la localidad de Melchor Romero (La Plata) fueron designadas “institutos neuropsiquiátricos de seguridad. Año tras año se relevan en estas cárceles graves violaciones de derechos: sobrepoblación, alojamiento de personas sin criterio de permanencia, aislamiento (aun cuando rige la prohibición de someter a aislamiento a personas con padecimiento mental), faltante de medicación administrada con la consecuente interrupción en los tratamientos farmacológicos, insuficiencia de personal profesional para atender a las personas alojadas, condiciones materiales inhumanas y alimentación insuficiente.

En el caso de la UP 34 se señala con especial preocupación el aumento de fallecimientos, particularmente de suicidios: en 2022 y 2023 se registraron dos suicidios cada año y en 2024 se registraron cinco. Además, se relevó la falta de estrategias de posvención para las personas alojadas en la unidad cuando suceden suicidios. Estas estrategias son fundamentales para reducir daños y mitigar el impacto subjetivo que puede tener dicha experiencia dolorosa en el entorno de la persona fallecida.

Seguimos insistiendo respecto de la necesidad de la articulación interministerial -específicamente con el Ministerio de Salud en su carácter de autoridad de aplicación de la LNSM- a los fines de garantizar un abordaje sanitario conforme a los parámetros establecidos por la normativa señalada con el objetivo de priorizar el criterio de salud por sobre el de seguridad.

Políticas en discapacidad

Se destaca la grave deficiencia en la elaboración e implementación de políticas públicas que garanticen los derechos de las personas con discapacidad.En términos generales, la estrategia casi exclusiva es la institucionalización. No se evidencia una decisión política que tienda a elaborar e implementar políticas públicas, con la consecuente asignación de recursos, para garantizar que estas personas accedan a su derecho a vivir en comunidad con el apoyo que requieren. De esta manera, se apela a la complejidad de los casos y la necesidad de altos niveles de apoyo como forma de justificar la necesidad de que la persona permanezca institucionalizada en lo que se conoce como hogares especializados.

Las intervenciones y el abordaje se sostienen principalmente en prácticas estandarizadas en detrimento de la trayectoria singular de cada persona y acorde a sus necesidades de apoyo. La insuficiencia de personal de asistencia y equipo profesional no sólo afecta las tareas de cuidado sino que impacta directamente en la posibilidad de cada persona de desarrollar las habilidades que le permitan alcanzar el máximo nivel de autonomía posible con miras a su desinstitucionalización e inserción en la comunidad.

Todo esto ocurre en un contexto además en donde el gobierno nacional llevó adelante varias medidas regresivas en materia de derechos de las personas con padecimiento mental o discapacidad que impactaron negativamente en la provincia de Buenos Aires. Se destacan, por su gravedad, el intento de modificación de la ley 26.657 en el marco de la ley ómnibus (la sustitución de artículos troncales de la ley nacional de salud mental que cambiaban su sentido) y el desmantelamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis) mediante el despido de más de 300 trabajadores/as.