HOSPITAL MILITAR CAMPO DE MAYO II

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Condenados
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Violencias
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Violencias no juzgadas
Carátula de causa CAUSA Nº 9243/2007 (1818/15) “BIGNONE, REYNALDO BENITO  ANTONIO Y OTROS S/ INF. ARTS.  146, 139, INCISO 2° (LEY  11.179), 141, 144 BIS, INCISO  1° (LEY 14.616), 142, INCISOS  1° Y 5° (LEY 20.642) Y 144  TER, PRIMER PÁRRAFO (LEY  14.616)
Nombre de referencia HOSPITAL MILITAR CAMPO DE MAYO II
Jurisdicción y juzgado Tribunal Oral en lo criminal Federal N°3- Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha veredicto 3/9/2018
Condenados/as 1
Nombres de los condenados/as (fuerza represiva) Riveros, Santiago Omar (EJÉRCITO). 45 años- FALLECIDO
Absoluciones 1
Nombres de los absueltos/as (fuerza represiva) Martin, Raúl Eugenio (EJÉRCITO ARGENTINO)
Delitos juzgados Sustracción, retención y ocultamiento de un menor de diez años; Privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional y agravada por el empleo de violencia y amenazas; Imposición de tormentos agravados por ser la víctima perseguida política
Víctimas caso 15
Víctimas no caso identificadas 60
Testimoniantes 18
Violencias registradas 231
Violencias juzgadas 24
Aportes CPM/archivo DIPPBA

Tercer tramo del juicio conocido como “Plan Sistemático de apropiación de menores” y segundo en relación con las apropiaciones de los hijos e hijas de mujeres secuestradas en distintos centros clandestinos de detención («El Vesubio», «Sheraton», “El Campito» y División Cuatrerismo / Brigada “Güemes”, entre otros) que eran llevadas a parir al Hospital Militar de Campo de Mayo donde -en el pabellón de Epidemiología- funcionó una maternidad clandestina durante la última dictadura cívico militar. 

Se juzgaron 11 casos de nacimientos y apropiaciones ocurridos entre 1977 y 1978, bajo los delitos de privación ilegal de la libertad, sustracción, retención y ocultamiento de menores de diez años y tormentos, entre otros.

El Tribunal Oral Federal N°3 de la ciudad de Buenos Aires condenó al entonces comandante de Institutos Militares de Campo de Mayo y jefe de la Zona IV, Santiago Omar Riveros, a la pena de 45 años de prisión y absolvió (en votación dividida) al médico militar de ese hospital, Raúl Eugenio Martín, para quien la fiscalía y la querella habían solicitado 30 años de cárcel.