CUATRERISMO – BRIGADA GÜEMES
| Carátula de causa | CAUSA N° 3993/2007 “MANCUSO, DANIEL FRANCISCO Y OTROS S/INF. ART. 144 BIS INC. 1° Y ÚLTIMO PÁRRAFO –LEY 14.616- EN FUNCIÓN DEL ART. 142, INC. 1° -LEY 20.642- Y 5°, 144 TER, PRIMER PÁRRAFO CONFORME LEY 14.616, Y ART. 55 DEL CÓDIGO PENAL” Y “SVEDAS, FERNANDO S/ PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD (SUBZONA 1/11 – CUATRERISMO – BRIGADA GÜEMES) |
| Nombre de referencia | CUATRERISMO – BRIGADA GÜEMES |
| Jurisdicción y juzgado | Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6- Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
| Fecha veredicto | 26/10/2018 |
| Condenados/as | 5 |
| Nombres de los condenados/as (fuerza represiva) | Bulacio, Alberto Fausto ( POLICÍA BONAERENSE). 8 años- FALLECIDO
Delgado, Naldo Jesus (POLICÍA BONAERENSE). 7 años y 6 meses Etchecolatz, Miguel Osvaldo (POLICÍA BONAERENSE) . Perpetua- FALLECIDO Mancuso, Daniel Franco (POLICÍA BONAERENSE).6 años Minicucci, Federico Antonio (EJÉRCITO). Perpetua |
| Absoluciones | 3 |
| Nombres de los absueltos/as (fuerza represiva) | Salerno, Ángel (POLICÍA BONAERENSE)- Casación revocó la absolución en 2021
Madrid, José Felix (POLICÍA BONAERENSE)- Casación revocó la absolución en 2021 Ornstein, Guillermo Horacio (POLICÍA BONAERENSE) |
| Delitos juzgados | Infracción de deber de tormentos por parte de un funcionario público a los presos que guarde, agravado por ser las víctimas perseguidos políticos; infracción de deber de homicidio calificado por alevosía; infracción de deber de tortura seguida de muerte; infracción de deber de privación ilegal de la libertad agravada por haber durado más de un mes |
| Víctimas caso | 116 |
| Víctimas no caso identificadas | 116 |
| Testimoniantes | 121 |
| Violencias registradas | 876 |
| Violencias juzgadas | 374 |
| Aportes CPM/archivo DIPPBA |
Las imputaciones, a los procesados en esta causa, se basaron en hechos que tuvieron como escenario dos centros clandestinos de detención, “Cuatrerismo-Brigada Güemes” ubicado en “Puente 12”, Camino de Cintura y la Autopista Ricchieri del partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires- y la llamada “Comisaría de Monte Grande”, que funcionaba en la Comisaría 1°, en la calle Santamarina 474 del partido de Esteban Echeverría, provincia de Buenos Aires.
Los hechos juzgados ocurrieron entre 1975 y principios de 1977 y sustentaron los fundamentos en la sentencia con una descripción del funcionamiento de los centros de detención clandestina, objeto de la causa. Fueron consideradas víctimas a más de un centenar de personas. Cuatro de los nueve imputados fallecieron o fueron apartados por problemas de salud.