Moreno
| Carátula de causa | CAUSA Nº 2473 «SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/DENUNCIA» (CAUSA «MORENO») |
| Nombre de referencia | MORENO |
| Jurisdicción y juzgado | Tribunal Oral en lo Criminal Federal – Mar del Plata |
| Fecha veredicto | 16/3/2012 |
| Condenados/as | 5 |
| Nombres de los condenados/as (fuerza represiva) | Mendez, Emilio Felipe ( CIVIL). 15 años. Mendez, Juan Manuel (CIVIL). 11 años. Ojeda, José Luis (EJÉRCITO ARGENTINO). Perpetua. Pappalardo, Roque Italo (EJÉRCITO ARGENTINO). Perpetua – FALLECIDO Tommasi, Julio Alberto (EJÉRCITO ARGENTINO). Perpetua – FALLECIDO |
| Absoluciones | |
| Nombres de los absueltos/as (fuerza represiva) | |
| Delitos juzgados | Privación ilegal de la libertad doblemente agravada por tratarse de funcionarios públicos y haber sido cometido con violencia; imposición de tormentos doblemente agravado por tratarse de funcionarios públicos y la víctima un perseguido político y homicidio calificado por alevosía. |
| Víctimas caso | |
| Víctimas no caso identificadas | 4 |
| Testimoniantes | 7 |
| Violencias registradas | 12 |
| Violencias juzgadas | 3 |
Este proceso fue el primer juicio por delitos de lesa humanidad en Tandil y se centró en el secuestro, tortura y asesinato del abogado laboralista Carlos Alberto Moreno. El profesional, militante de la Juventud Peronista, representaba a trabajadores de la zona, particularmente de la empresa Loma Negra.
Se acreditó que Moreno fue secuestrado y trasladado desde Olavarría a la “Chacra de los Méndez” (Tandil), un predio privado que funcionó como centro clandestino de detención. Tras una breve fuga y posterior recaptura, fue asesinado.
La relevancia jurídica de esta causa radica no solo en la condena a integrantes de las Fuerzas Armadas, sino también en la determinación de la responsabilidad civil dentro del plan sistemático de represión. El veredicto estableció la culpabilidad de los militares Julio Tommasi, Roque Pappalardo y José Luis Ojeda, quienes fueron condenados a prisión perpetua. Los hermanos Julio y Emilio Méndez, propietarios del inmueble utilizado como centro de detención, recibieron penas de 15 y 11 años de prisión, respectivamente.