MANSIÓN SERÉ III Y IV
| Carátula de causa | CFP 7273/2006/TO2 (RI NO 3649) CARATULADA “RULLI, MARIO DOMINGO Y OTROS S/PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD (ART. 144 BIS INC. 1° DEL CÓDIGO PENAL”. |
| Nombre de referencia | MANSIÓN SERÉ III Y IV |
| Jurisdicción y juzgado | Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5- San Martín |
| Fecha veredicto | 2/9/2019 |
| Condenados/as | 2 |
| Nombres de los condenados/as (fuerza represiva) | Flores, Julio Narciso (ARMADA). 25 años
Rulli, Mario Domingo (ARMADA). 25 años- FALLECIDO |
| Absoluciones | |
| Nombres de los absueltos/as (fuerza represiva) | |
| Delitos juzgados | Privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia o amenazas extendido por más de un mes, privación ilegal de la libertad agravada
por mediar violencia o amenazas, imposición de tormentos agravado por la condición de perseguido político de la víctima. |
| Víctimas caso | 68 |
| Víctimas no caso identificadas | 217 |
| Testimoniantes | 87 |
| Violencias registradas | 1042 |
| Violencias juzgadas | 204 |
| Aportes CPM/archivo DIPPBA |
En este tramo de la causa se condenó a dos integrantes de la Fuerza de Tareas 100, que actuaron en la Mansión Seré: Julio Narciso Flores y Mario Domingo Rulli, resultando en la primera condena para ellos por delitos de lesa humanidad.
En junio de 1976 por medio de la Orden de Operaciones Provincia (OPP/76) el Ejército cedió a la Fuerza Aérea la represión en la Subzona 16. Se crea la Fuerza de Tareas 100, grupo operativo dependiente de la Jefatura de Subzona. Si bien las condenas fueron por hechos sucedidos en la Mansión Seré, la sentencia dejó en claro la existencia de un circuito represivo que involucró a unidades operativas de la Fuerza Aérea y a comisarías en Moreno, Merlo y el viejo partido de Morón.
La justicia dio por probado que se cometieron delitos de lesa humanidad en Mansión Seré cuanto menos entre diciembre de 1976 y abril de 1978. Las condenas fueron por el periodo en el que se probó su participación en los hechos investigados: marzo de 1977 hasta abril de 1978 en el caso de Rulli y a partir de octubre de 1977 en el de Flores.
En relación a la causa conocida como Mansión Seré II, se incorporaron también muchas víctimas cuyos casos no habían sido probados judicialmente hasta la realización de este juicio.