Las fuentes de la justicia
Nos referimos a la lectura, análisis y relevamiento de las sentencias (veredictos y fundamentos) de los juicios por delitos de lesa humanidad. En esta primera etapa, el REVIGE se concentró en una selección de fuentes judiciales, definida a partir de un recorte temporal y territorial específico. El primero comprende la causas por delitos de lesa humanidad tramitadas y resueltas entre los años 2005 y 2024. El recorte territorial refiere a la labor con aquellas sentencias judiciales dictadas por Tribunales Orales Federales de las jurisdicciones de San Martín, Bahía Blanca, Mar del Plata y La Plata en la provincia de Buenos Aires. También revelamos las causas producidas en otras jurisdicciones como Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Rosario, atendiendo exclusivamente a aquellos casos en los que las víctimas hayan sufrido al menos una violencia represiva en el territorio bonaerense. De este modo, el criterio de inclusión mantiene como eje la provincia de Buenos Aires, aún cuando las causas hayan sido tramitadas en otros distritos judiciales.
Es importante destacar que el relevamiento de los veredictos y fundamentos judiciales implicó la labor con una fuente de tipo secundaria. Es decir, una fuente que ya fue producida por los Tribunales Orales Federales y construida sobre una selección previa de fuentes primarias (testimonios orales y documentos escritos) que son materia procesal de las causas y producto de la investigación de los diferentes actores judiciales. Nuestro abordaje sobre las mismas realiza una mediación e interpretación complementaria, reestructurando e interpretando los textos judiciales a partir de técnicas cuantitativas -el registro y la cuantificación de los actos de violencia que allí se mencionan- y cualitativas -el análisis de contenido, entendido como una técnica de descomposición, clasificación y reinterpretación de estos textos. Para realizar esta labor, se construyeron una serie de variables y categorías que permiten:
- Clasificar y organizar la información recabada.
- Identificar los tipos de violencia represiva y cuantificar las acciones represivas desplegadas por el Estado.
- Identificar, ponderar y registrar a las víctimas de los actos de violencia relevados.
- Relevar el rol y el alcance del sistema judicial en los procesos de juzgamiento de la violencia represiva.
Entre las violencias perpetradas, hemos distinguido dos categorías:
Las violencias tipificadas en el código Procesal Penal de la Nación (susceptibles de ser juzgadas). Nos referimos a aquellas violencias que se encuentran tipificadas y definidas como delitos en el Código Procesal Penal de la Nación. Del repertorio de violencias represivas: Allanamiento Forzoso, Robo Agravado, Privación Ilegal de la Libertad, Homicidio, Tormentos y Torturas, Desaparición Forzada, Violaciones, Retención y ocultamiento de un menor de diez años, Supresión de identidad, Falsificación ideológica de documento público, Abandono de persona, Amenazas y atentados, Estafa y extorsión.
Las violencias no tipificadas en el Código Procesal Penal de la Nación. Nos referimos a un conjunto de violencias que no están tipificadas como delitos dentro del Código Procesal Penal de la Nación pero que son relevadas de la lectura de los testimonios orales. Son violencias enunciadas por las víctimas o testigos, pero que no son consideradas en los procesos de justicia/juzgamiento. Entre ellas: Desplazamiento forzoso: exilio e insilio, Detención por Decreto PEN, Simulacro de Asesinato, Libertad Vigilada, Cesantía, Trabajo Forzoso, Inhumaciones clandestinas / ocultamiento de cuerpo “NN”.
Categorización de las víctimas
Respecto de las víctimas, se construyeron tres categorías:
Las Víctimas-Caso, son aquellas personas que han sufrido al menos una violencia represiva y que fueron incorporadas formalmente como caso en al menos una de las causas judiciales analizadas. Cada Víctima-Caso presenta, como mínimo, una violencia tipificada cuya judicialización ha sido verificada en alguna de las sentencias relevadas.
Las Víctimas-No Caso, son aquellas personas que padecieron al menos una de las violencias identificadas en el registro, pero que no fueron incorporadas como casos en los procesos judiciales examinados. Esto puede deberse a la ausencia de reconocimiento judicial, a la exclusión de los hechos del juicio o a limitaciones en el alcance de la acusación.
Los Familiares víctimas, incluyendo a quienes, en virtud de su vínculo directo con personas afectadas por la violencia represiva, protagonizaron procesos de búsqueda, denuncia y/o reclamo de justicia. Además, fueron objeto de una violencia específica ejercida por el Estado mediante el ocultamiento, la manipulación o la negativa de información sobre el destino de sus seres queridos.
Para las tres categorías se distingue entre víctimas con y sin condición testificante; es decir, entre quienes declararon en los juicios (de manera presencial o mediante lectura de testimonios previos) y quienes no lo hicieron. Este último grupo incluye, entre otros, a personas desaparecidas o asesinadas, cuya voz no estuvo presente en los debates orales. Esta distinción permitió relevar e individualizar a víctimas que fueron mencionadas por sobrevivientes durante los juicios analizados.
Datos Generales del relevamiento de las Fuentes Judiciales.
El relevamiento del corpus documental de las Fuentes Judiciales ha permitido registrar:
Un repertorio de 21 acciones de violencia represiva, entre las cuales:
- 13 se encuentran tipificadas como delitos en el Código Procesal Penal de la Nación (y son susceptibles de ser juzgadas). Nos referimos a: allanamiento forzoso, robo agravado, privación ilegal de la libertad, homicidio, desaparición forzada, tormentos y torturas, violación, retención y ocultamiento de un menor de diez años, supresión de identidad, falsificación ideológica de documento público, abandono de persona, amenazas y atentados, estafa y extorsión.
- 8 no se encuentran tipificadas como delitos en el Código Procesal Penal de la Nación y emergen del testimonio de las víctimas-sobrevivientes. Nos referimos a: desplazamiento forzoso: exilio, insilio, detención por decreto PEN, simulacro de asesinato, libertad vigilada, cesantía, trabajo forzoso, inhumaciones clandestinas (ocultamiento de cuerpo “NN”).
El relevamiento de la Fuente Judicial ha permitido registrar un total neto de 40.008 actos de violencia represiva estatal.
Sobre las víctimas,
El relevamiento de la Fuente Judicial ha permitido registrar un total de 11.404 víctimas que padecieron al menos una (1) acción de violencia represiva en la Provincia de Buenos Aires.
Entre las cuales:
- 3.812 son Víctimas-Caso en por lo menos una de las sentencias judiciales relevadas.
- 7.205 son Víctimas-No Caso en al menos una de las sentencias judiciales relevadas. Quiere decir que no fueron incorporadas como casos en los procesos judiciales examinados.
- 3.310 son Víctimas-Caso y Víctimas-No Caso en condición testificante. Es decir, prestaron testimonio al menos una vez, en el marco de las Sentencias Judiciales relevadas.
Fuente Registro Unificado de Víctimas del Terrorismo de Estado (RUVTE).
El RUVTE, de la actual Subsecretaría de Derechos Humanos de Nación, es una base de datos de carácter federal, que tiene por objetivo registrar información sistematizada sobre las víctimas del accionar represivo ilegal, los centros clandestinos de detención y los lugares de reclusión clandestina, emergidos como consecuencia del accionar represivo del Estado argentino durante un período amplio: 28 de Junio de 1966 hasta el 10 de diciembre de 1983. (https://www.argentina.gob.ar/derechoshumanos/ANM/rutve)
En términos generales, el RUVTE registra un conjunto de datos por víctima que incluye: nombre y apellido (paterno, materno y de casada en el caso de las mujeres), nacionalidad, documento de identidad o libreta de enrolamiento, fecha y lugar de nacimiento y edad al momento de padecer la violencia registrada. A la vez, respecto de las violencias represivas, el RUVTE considera “hechos” asociados a las víctimas, interpretando como hecho a toda acción de las fuerzas represivas en las que se hubieran producido privaciones de la libertad o asesinatos. Un hecho dado puede afectar a una o más víctimas y una víctima puede tener asociado uno o más hechos. A la vez, RUVTE distingue entre tipos de hecho, distinguiendo dos violencias principales: el secuestro/desaparición forzada y el asesinato. También incorpora otros tipos de violencia como la detención (para hechos anteriores a la desaparición definitiva) o el ocultamiento de cuerpos (al sistematizar información sobre inhumaciones clandestinas).
El RUVTE se nutre de dos tipos de fuentes: directas (testimoniales de víctimas sobrevivientes y testigos) e indirectas (información recibida por otras vías). El programa también ha relevado causas judiciales de víctimas de desaparición forzada o asesinato que han sido caso en sentencias con dictamen, identificación de restos llevada adelante por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), así como el corpus documental legal de los que dispone la actual Subsecretaría de Derechos Humanos de Nación. Entre estos documentos se cuentan: la documentación obrante en sus respectivos legajos individuales, y en los Fondos documentales Conadep, SDH y Redefa.
Para llevar adelante el REVIGE, hemos solicitado información al RUVTE, incorporando su registro como una de las fuentes de consulta. De esta manera, trabajamos con una fuente de tipo secundaria, construida por terceros. La incorporación de datos al REVIGE no se produjo de manera automática, sino mediada por un proceso de interpretación, elaboración y adecuación de la información a los objetivos y criterios metodológicos de nuestro registro.
En primer lugar, analizamos la fuente RUVTE en función del recorte espacio-temporal adoptado por el REVIGE: se consideran las violencias ocurridas en el territorio de la provincia de Buenos Aires durante el período 1974-1983. En segundo lugar, al situar las violencias represivas como variable de análisis, realizamos una lectura específica de la información asociada a cada víctima. El trabajo articulado entre la fuente RUVTE y las Fuentes Judiciales permitió completar, complementar y, en algunos casos, rectificar datos relativos a: fecha y lugar del secuestro; fecha y lugar de la desaparición forzada; fecha y lugar del asesinato cuando corresponde; y la condición de la desaparición forzada.
En este punto, la “condición” no constituye un dato meramente descriptivo, sino una categoría analítica que permite reconstruir las distintas trayectorias que asumió la práctica represiva. A partir de la información integrada de ambas fuentes, es posible distinguir —dentro del conjunto de personas que padecieron desaparición forzada— entre quienes continúan desaparecidas hasta el presente; quienes fueron asesinadas; quienes fueron posteriormente identificadas; y quienes, tras un período de detención ilegal en condición de desaparición forzada, recuperaron la libertad. Esta diferenciación aporta precisión empírica al registro y permite dimensionar la heterogeneidad constitutiva del dispositivo represivo.
Datos generales sobre la Fuente RUVTE.
El relevamiento del corpus documental de la Fuente RUVTE ha permitido registrar:
Un repertorio de 7 acciones de violencia represiva, entre las cuales destacamos: las detenciones (hechos anteriores a la desaparicion definitiva), el secuestro, la desaparición forzada, el asesinato, la tortura (cuando las víctimas ingresaron a Centros Clandestinos de Detención y Tortura), las inhumaciones clandestinas (ocultamiento de cuerpos como «NN») y las restituciones de infancias nacidas o retenidas durante el cautiverio de sus familiares (delito de apropiación de menores).
El relevamiento de la Fuente RUVTE ha permitido registrar un total neto de 20.285 acciones de violencia represiva estatal en la Provincia de Buenos Aires.
Sobre las víctimas,
El relevamiento de la Fuente RUVTE ha permitido registrar un total de 11.404 víctimas de la violencia represiva estatal en la Provincia de Buenos Aires.
Entre las cuales:
- 3.720 víctimas son un aporte específico de la Fuente Ruvte. Es decir, no aparecen registradas en ninguna de las otras fuentes relevadas en REVIGE.
Archivo DIPPBA y fondos documentales de las fuerzas represivas.
Fuente Legajo 2703 DIPPBA
El Legajo 2703 de la Mesa “Delincuente Subversivo” (DS) del Archivo DIPPBA, es construido por diferentes agencias de inteligencia del Estado (la DIPPBA, el Servicio de Inteligencia Nacional -SIN-, la Secretaría de Inteligencia del Estado -SIDE) entre 1974 y 1980. El Legajo 2703 da cuenta de un intercambio mutuo de información, sobre las personas que pasaron a estar bajo control operacional del Poder Ejecutivo Nacional (PEN). El fondo documental DIPPBA se encuentra bajo la gestión y preservación de la CPM.
La labor con esta fuente documental implicó un proceso cuidadoso de lectura, interpretación, transcripción y ordenamiento de la información, debido a que el legajo reúne datos que fueron volcados manualmente por agentes de las fuerzas intervinientes. Entre los campos más relevantes de la fuente se encuentran: nombre y apellido de la persona víctima; número y fecha del decreto PEN; “alojado en” (es decir, la unidad penal, militar o la comisaría dónde esa persona estuvo detenida); fecha, lugar y causa de la detención, así como la fuerza o dependencia gubernamental que solicitó esa detención; fecha de libertad (entendida no sólo como la liberación sino también como el cese de la detención), los casos de desplazamientos forzosos (exilio, “expulsión” u “opción”) y, en muchos registros, su destino. Cabe aclarar que no todos los campos están completos en todos los legajos.
El relevamiento y registro documental ha tenido diversas etapas. En primer lugar, se transcribió la información del legajo de manera literal, para luego categorizar y normar algunas de sus variables (como la causa de la detención y los lugares de “alojamiento”). En una primera etapa, se registraron datos referidos a nombre y apellido de las personas que padecieron detenciones por decreto PEN, la fecha y el lugar de estas detenciones, atendiendo sólo a la provincia de Buenos Aires. Una segunda etapa implicó la incorporación de la fecha del decreto PEN; las unidades penales, carcelarias o dependencias estatales en las que los detenidos/as fueron “alojados” (identificando los lugares que fueron CCD) y los desplazamientos forzosos en sus diferentes variantes (exilio, “expulsión” y “opción”).
Datos generales sobre la Fuente Legajo 2703
El relevamiento de este corpus documental ha permitido registrar: 5 acciones de violencia represiva, entre las que destacamos: la detención por decreto PEN (es decir, el registro de los «presos y presas políticos»); la privación ilegal de la libertad (cuando la fecha de detención y la fecha del decreto PEN no coinciden), la tortura (cuando es posible identificar que los lugares de alojamiento de detenidos/as fueron CCD), los desplazamientos forzosos (cuando hay información sobre el exilio en cualquiera de sus formas) y la libertad vigilada (porque el legajo registra, también, esta accion de violencia represiva).
El relevamiento de la Fuente legajo 2703 ha permitido registrar un total de 4.355 acciones de violencia represiva estatal en la Provincia de Buenos Aires.
Sobre las víctimas,
El relevamiento de la Fuente legajo 2703 ha permitido registrar un total de 2.675 víctimas de la violencia represiva estatal en la Provincia de Buenos Aires.
De las cuales,
- 1.750 son «presos y presas políticos» en lugares de alojamiento ubicados en la Provincia de Buenos Aires.
- 376 de esos «presos y presas políticos» han padecido, también, la Privación Ilegal de la Libertad.
- 1.479 de los «presos y presas políticos» han estado alojados en lugares de detención que fueron, a la vez, Centros Clandestinos de Detención.
- 759 de los «presos y presas políticos» tienen registrado, también, el exilio forzoso. Entre ellos se registran 150 expulsiones y 64 «opcionados/as».
- 406 víctimas son un aporte específico de la Fuente 2703. Es decir, no aparecen registradas en ninguna de las otras fuentes consultadas en REVIGE.
Unidades Penitenciarias
La colección de Legajos de las Unidades Penitenciarias, bajo guarda de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), reúne documentación producida por distintas unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense en el marco de sus funciones institucionales. El fondo incluye principalmente legajos personales e historias clínicas de personas detenidas, y en menor medida libros, fichas y diversa documentación administrativa. Estos registros dan cuenta de distintos aspectos de la vida carcelaria: ingresos y egresos de personas detenidas, sanciones disciplinarias, información sobre su estado de salud y movimientos del personal penitenciario.
Si bien la colección prioriza el agrupamiento documental de «presos y presas políticos» (es decir, personas detenidas por causas políticas) también contiene información sobre detenidos y detenidas por “delitos comunes”. La documentación proviene de las distintas unidades penitenciarias de la provincia de Buenos Aires, con excepción de la Unidad Penitenciaria N.º 3 de San Nicolás. Las fechas extremas del fondo abarcan 1956–1984, aunque existe una especial concentración en el período 1974–1984, que coincide con el recorte temporal abordado en este relevamiento.
El trabajo sobre esta colección se desarrolló en diferentes etapas. En primer lugar, se realizó una selección de legajos considerando el período analizado por el REVIGE y la identificación de los «presos y presas políticos». Esta información permitió completar o complementar los datos relevados en el Legajo 2703, cuando una misma víctima presenta registros en ambas fuentes.
La complementariedad entre la Fuente Legajo 2703 DIPPBA y Fuente Unidades Penitenciarias ha permitido la reconstrucción de trayectorias de detención por decreto PEN, que atraviesan distintas unidades penitenciarias o comisarías, en fechas y localidades diversas de la provincia de Buenos Aires. Asimismo, esta fuente puede ser analizada en relación a la Fuente Judicial o el RUVTE cuando las víctimas presentan múltiples registros, lo que permite fortalecer y contrastar la información relevada.
Datos Generales sobre la fuente Unidades Penitenciarias.
El relevamiento de la fuente Unidades Penitenciarias ha permitido registrar un total de 3.423 acciones de violencia represiva estatal (específicamente: detenciones por decreto PEN) en la Provincia de Buenos Aires
Sobre las víctimas,
El relevamiento de la Unidades Penitenciarias ha permitido registrar un total de 3.423 «presos y presas políticos» en la Provincia de Buenos Aires.
De las cuales:
- 820 víctimas son un aporte específico de la Fuente Unidades Penitenciarias. Es decir, no aparecen registradas en ninguna de las otras fuentes consultadas en REVIGE.