Acerca del proyecto

El Registro de violencias represivas en el marco del genocidio en la provincia de Buenos Aires (REVIGE) es un proyecto de investigación de la Comision por la memoria (CPM) que busca relevar y sistematizar las acciones de violencia represiva ejercidas por el Estado y grupos paraestatales en territorio bonaerense, en el pasado reciente argentino.

Este relevamiento enfrenta el desafío de responder a un interrogante clave: si es posible y cómo dimensionar los procesos sociales genocidas. El REVIGE asume esta tarea a partir de un enfoque novedoso que permite iluminar nuevas dimensiones a antiguos interrogantes: en lugar de centrar la mirada exclusivamente en el número de víctimas, nos propusimos reformular la pregunta: ¿Qué tipos y repertorios de violencias represivas ocurrieron? ¿Cuántos actos de violencia desplegaron las fuerzas represivas del Estado? ¿Cuántas veces fueron ejercidas sobre las personas?  El cambio de perspectiva permite contabilizar a las personas afectadas pero también, cuantificar las violencias reconociendo su distribución, frecuencia y diversidad.

Con estos fines, hemos construido una base de datos dinámica que se nutre de diferentes fuentes documentales que permiten registrar y cuantificar la violencia represiva.

El recorte temporal de la investigación incorpora el período previo a la dictadura militar, para dar cuenta de cómo las Fuerzas Armadas planificaron sus acciones y comenzaron a desplegar el proceso represivo. Se inicia en septiembre de 1974 con dos hechos: la sanción de la ley 20.840, que criminalizó toda acción considerada “subversiva”, y la declaración del estado de sitio, que extendió el control en todo el territorio. Culmina en diciembre de 1983 con la recuperación democrática.

Las fuentes consultadas son diversas tanto por su origen como por su contenido. Algunas fueron producidas por el propio Estado durante la dictadura; otras se construyeron a partir del trabajo sostenido de la justicia y de los organismos de derechos humanos. En conjunto, conforman un acervo fundamental para volver sobre nuestro pasado reciente.

La lectura rigurosa, la interpretación y el análisis de estas fuentes han permitido avanzar sobre los interrogantes iniciales y reunir información dispersa para aproximarnos a los hechos. Sin embargo, como ocurre con toda investigación sobre el pasado, la reconstrucción nunca es completa: muchos datos permanecen aún fragmentarios o incompletos.

Registrar estas violencias implica asumir que el conocimiento sobre el pasado es siempre un proceso en construcción. Cada dato recuperado no sólo permite aproximarnos a los hechos, sino también identificar tendencias, analizar nuevas fuentes y reinterpretar la información disponible. De este modo, el registro no funciona únicamente como un repositorio de información, sino como una herramienta para producir conocimiento, abrir nuevas preguntas y fortalecer las investigaciones que, desde distintos ámbitos, continúan reconstruyendo las violencias represivas en el marco del genocidio.

El proyecto cuenta con la colaboración y asesoramiento técnico del Personal de Apoyo CONICET (Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas) que conforma el Área de Apoyo Metodológico del Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (IdIHCS, UNLP-CONICET) de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata (FaHCE-UNLP). Esta articulación se desarrolla en el marco del convenio entre la CPM y la FaHCE-UNLP.

Objetivos de la investigación

Como organismo público, autónomo y autárquico que promueve políticas de memoria y derechos humanos en la provincia de Buenos Aires, la Comisión Provincial por la Memoria asumió el desafío de sistematizar, consolidar y poner a disposición del público datos sobre el despliegue represivo entre 1974 y 1983en la provincia de Buenos Aires.

En un contexto de fortalecimiento de discursos enunciados en forma genérica como “negacionistas”, que ponen en duda las narrativas canónicas en torno a las violaciones a los derechos humanos perpetradas por el Estado, el registro busca constituirse en una fuente de consulta sólida que permita construir argumentos basados en evidencias frente a estas posiciones, a la vez que profundizar las políticas de verdad, justicia y reparación. Estas políticas responden a los deberes y obligaciones del Estado en relación con las violaciones a los derechos humanos que cometió, y garantizan a su vez el derecho a la memoria y a la información de toda la sociedad, con el fin de fortalecer la vida democrática.

  • Sistematizar y consolidar información proveniente de diversas fuentes documentales, judiciales y testimoniales sobre las violencias ejercidas entre 1974 y 1983 en la provincia de Buenos Aires.
  • Reconstruir y analizar el despliegue territorial y las modalidades del accionar represivo, identificando prácticas, tendencias y patrones en las violaciones a los derechos humanos.
  • Poner a disposición pública información rigurosa y accesible, que contribuya a fortalecer las políticas de memoria, verdad, justicia y reparación.
  • Aportar herramientas para la investigación, la educación y el debate público, favoreciendo la reflexión y la producción de conocimiento sobre el pasado reciente.
  • Contribuir a la construcción de evidencia histórica que permita confrontar discursos negacionistas y sostener el derecho de la sociedad a la memoria y a la información.

RE-VI-GE – Conceptos clave

1- REGISTRO

Registrar las violencias -como lo hace el REVIGE- no es coleccionar datos. Es hacer visible las acciones del estado represivo: la sistematicidad, la extensión y las múltiples formas de violencia desplegadas durante el proceso social genocida que se consolidó durante la última dictadura militar en Argentina. Este registro no implica tan solo observar los hechos de violencia desplegados entre 1976 y 1983, sino también su antesala: el accionar estatal y paraestatal que, bajo otras formas y como parte de un proceso preparatorio, anticipan, explican y hacen inteligible el despliegue y la sistematización del terror represivo posterior.

Registrar significa compilar, organizar y sistematizar información rigurosa sobre hechos represivos concretos —desde desapariciones forzadas, torturas y detenciones ilegales hasta exilios forzados e insilio— a partir de fuentes judiciales, institucionales, archivísticas y de la sociedad civil. Este registro convierte relatos dispersos, archivos de difícil acceso y testimonios individuales en datos estructurados que permiten reconstruir patrones, identificar prácticas represivas y situar los hechos en sus contextos territoriales -regionales- e históricos.

Pero registrar va más allá de la acumulación de cifras; es, sobre todo, una herramienta para la memoria colectiva. Al documentar sistemáticamente los hechos, el registro permite:

  • Visibilizar la magnitud del plan sistemático de violencia estatal.
  • Abrir espacios para la memoria local y la educación pública, reforzando la transmisión y la discusión sobre lo ocurrido, evitando la negación o la minimización de los hechos.
  • Contribuir a procesos democráticos más amplios, ya que contar lo que pasó con precisión histórica es parte de enfrentar el pasado para identificar – y prevenir- continuidades en la repetición de violencias institucionales en el presente y el futuro.

 

2- VIOLENCIA REPRESIVA ESTATAL

La violencia represiva estatal entre 1974 y 1983 puede definirse como el uso sistemático, planificado y organizado del aparato represivo del Estado que, tanto en su dimensión legal como clandestina, fue orientado a perseguir, secuestrar, torturar, asesinar y hacer desaparecer personas en función de su identidad política e ideológica. No se trató de excesos ni prácticas aisladas sino de políticas de Estado, destinadas a instalar el terror como tecnología de disciplinamiento social y a imponer un nuevo orden político, social y económico.

En el marco analítico del REVIGE, esta violencia represiva estatal constituye el núcleo operativo del proceso social genocida en la medida en que implicó la identificación, persecución y aniquilamiento sistemático de un grupo nacional definido por su identidad política.

Como veremos, el registro busca observar, cuantificar y contabilizar los actos de la violencia represiva estatal desplegados por el Estado y agentes paraestatales, en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, tras la sanción de la ley 20.840 que penó a la “subversión” en todas sus formas, hasta la recuperación de la democracia en 1983.

3- GENOCIDIO

El registro asume, en su definición, el marco conceptual de genocidio para enmarcar la violencia represiva desplegada por el Estado durante la última dictadura cívico militar en Argentina, reconociendo la potencia analítica y, sobre todo, política, de interpretar el accionar represivo en el marco de un “proceso social genocida”.

El término genocidio fue forjado por R. Lemkin en 1944 y aplicado para comprender y nombrar la “aniquilación planificada y sistemática de un grupo nacional, étnico, racial, religioso hasta que deje de existir como tal”. Su definición no implica necesariamente la destrucción inmediata y total de un grupo, sino una serie de acciones planificadas para destruir los elementos básicos de la existencia grupal, como el idioma y la cultura, elementos identitarios, la economía o la libertad de sus miembros. La noción de “genocidio” fue reconocida e incorporada como parte del Derecho Penal internacional en 1948 y aprobada por la Convención para la Sanción  y Prevención del Delito de Genocidio por parte de la Organizacion de Naciones Unidas (ONU).  Desde entonces, las polémicas sobre sus usos y sus alcances se desarrollaron en varios campos disciplinares y bajo la intervención de múltiples actores: juristas, sociólogos/as, historiadores/as, filósofos/as. A escala local, estas discusiones no sólo animan el campo académico e historiográfico sino, también, por las víctimas, testigos y familiares que han tomado partido y protagonismo en una discusión que no se ha clausurado.

El REVIGE se ha nutrido de los aportes teórico-concpetuales realizados por cientistas sociales como Daniel Feierstein y el GEG (Grupo de Estudios sobre el Genocidio) así como también de las investigaciones e interpretaciones provenientes del ámbito jurídico, tras la reapertura de los juicios por crímenes de lesa humanidad comentidos en Argentina. En el primer caso, recuperando la noción de “proceso social genocida” que, en su intención estratégica, busca comprender el aniquilamiento de colectivos humanos como un modo específico de destrucción y reorganización de relaciones sociales. El carácter procesual inmanente a la noción de “prácticas sociales genocidas”, permite indagar y comprender las formas en las que se desarrollan las acciones violentas, masivas y sistemáticas contra determinados grupos sociales. Es decir, permite comprender el “marco social e histórico” que hace posible la perpetración del aniquilamiento masivo hacia el/los sectores de la población que se estigmatizan y devienen en  un “otro-enemigo”, discriminado e identificado como blanco de sus acciones represivas.

En el ámbito jurídico, la condena de quienes cometieron delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar fue evolucionando progresivamente, incorporó en distintas formas la noción de “genocidio”. Esa evolución doctrinal y jurisprudencial produjo antecedentes relevantes, de alcance nacional e internacional, que establecen un piso jurídico y normativo para interpretar y narrar los crímenes de la violencia represiva estatal de ese periodo. Causas históricas como el Juicio a las Juntas o la causa N° 44 (Ramón Camps) fueron hitos decisivos al dejar constancia de la sistematicidad y la planificación de la represión. Posteriormente, tras la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final por parte de la Corte Suprema de Justicia y la reapertura de los juicios en el año 2005, los fallos avanzaron, enmarcando determinadas condenas “en el marco del genocidio” o, incluso, responsabilizando —en respeto del principio de congruencia previsto en el Código Procesal Penal de la Nación—a perpetradores como coautores o cómplices del delito internacional de genocidio, ampliando así la comprensión y la respuesta penal frente a la gravedad y la magnitud de esos crímenes.