HOSPITAL MILITAR CAMPO DE MAYO II
| Carátula de causa | CAUSA Nº 9243/2007 (1818/15) “BIGNONE, REYNALDO BENITO ANTONIO Y OTROS S/ INF. ARTS. 146, 139, INCISO 2° (LEY 11.179), 141, 144 BIS, INCISO 1° (LEY 14.616), 142, INCISOS 1° Y 5° (LEY 20.642) Y 144 TER, PRIMER PÁRRAFO (LEY 14.616) |
| Nombre de referencia | HOSPITAL MILITAR CAMPO DE MAYO II |
| Jurisdicción y juzgado | Tribunal Oral en lo criminal Federal N°3- Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
| Fecha veredicto | 3/9/2018 |
| Condenados/as | 1 |
| Nombres de los condenados/as (fuerza represiva) | Riveros, Santiago Omar (EJÉRCITO). 45 años- FALLECIDO |
| Absoluciones | 1 |
| Nombres de los absueltos/as (fuerza represiva) | Martin, Raúl Eugenio (EJÉRCITO ARGENTINO) |
| Delitos juzgados | Sustracción, retención y ocultamiento de un menor de diez años; Privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional y agravada por el empleo de violencia y amenazas; Imposición de tormentos agravados por ser la víctima perseguida política |
| Víctimas caso | 15 |
| Víctimas no caso identificadas | 60 |
| Testimoniantes | 18 |
| Violencias registradas | 231 |
| Violencias juzgadas | 24 |
| Aportes CPM/archivo DIPPBA |
Tercer tramo del juicio conocido como “Plan Sistemático de apropiación de menores” y segundo en relación con las apropiaciones de los hijos e hijas de mujeres secuestradas en distintos centros clandestinos de detención («El Vesubio», «Sheraton», “El Campito» y División Cuatrerismo / Brigada “Güemes”, entre otros) que eran llevadas a parir al Hospital Militar de Campo de Mayo donde -en el pabellón de Epidemiología- funcionó una maternidad clandestina durante la última dictadura cívico militar.
Se juzgaron 11 casos de nacimientos y apropiaciones ocurridos entre 1977 y 1978, bajo los delitos de privación ilegal de la libertad, sustracción, retención y ocultamiento de menores de diez años y tormentos, entre otros.
El Tribunal Oral Federal N°3 de la ciudad de Buenos Aires condenó al entonces comandante de Institutos Militares de Campo de Mayo y jefe de la Zona IV, Santiago Omar Riveros, a la pena de 45 años de prisión y absolvió (en votación dividida) al médico militar de ese hospital, Raúl Eugenio Martín, para quien la fiscalía y la querella habían solicitado 30 años de cárcel.