Puente 12 II – Españadero
| Carátula de causa | CAUSA NRO. 3993/2007/TO3 “ESPAÑADERO, CARLOS ANTONIO S/PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD Y OTROS (SUBZONA 1/11 – CUATRERISMO – BRIGADA GÜEMES)” |
| Nombre de referencia | PUENTE 12 II- ESPAÑADERO |
| Jurisdicción y juzgado | Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6- Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
| Fecha veredicto | 15/10/2021 |
| Condenados/as | 1 |
| Nombres de los condenados/as (fuerza represiva) | Españadero, Carlos Antonio (EJÉRCITO). 16 años |
| Absoluciones | |
| Nombres de los absueltos/as (fuerza represiva) | |
| Delitos juzgados | Privación ilegal de la libertad, agravado por haber sido cometido por funcionario público y por mediar violencia o amenazas, agravados por la condición de perseguidos políticos de las víctimas en algunos casos también agravado por haber durado más de un mes; tormentos agravados por la condición de perseguidos políticos de las víctimas; coacción, abuso deshonesto |
| Víctimas caso | 17 |
| Víctimas no caso identificadas | 17 |
| Testimoniantes | 26 |
| Violencias registradas | 143 |
| Violencias juzgadas | 52 |
Esta causa judicial investigó los crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención conocido como “Cuatrerismo – Brigada Güemes” o “Puente 12”, ubicado en Camino de Cintura y Avenida Teniente General Ricchieri, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires. Allí, entre noviembre de 1974 y febrero de 1977, fueron detenidas ilegalmente numerosas personas, incluidas niñas, niños y adolescentes, algunos vinculados al entorno familiar de dirigentes del PRT-ERP.
El juicio se centró en la responsabilidad de Carlos Antonio Españadero, alias “Mayor Peña” o “Mayor Peirano”, quien se desempeñaba como personal civil de inteligencia del Batallón 601 del Ejército. Españadero fue acusado de privaciones ilegales de la libertad, tormentos, coacción y abusos deshonestos cometidos contra 17 víctimas, muchas de ellas secuestradas antes del golpe de Estado de 1976. Durante su detención, las víctimas fueron amenazadas para que no presentaran denuncias ni habeas corpus y se les indicaba que debían presentarse ante él en caso de ser requeridas.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó a Españadero a 16 años de prisión, con inhabilitación absoluta y perpetua, además de las medidas accesorias y el pago de las costas del juicio, reconociendo la existencia de un plan sistemático de represión y de violación de los derechos humanos en el marco de la última dictadura cívico-militar.