La publicación de información oficial es una obligación del Estado que se desprende de los principios republicanos de gobierno y es, por tanto, un derecho de la ciudadanía. También constituye una herramienta indispensable para la planificación y la evaluación de políticas públicas, y un insumo fundamental para el control externo de las acciones estatales. Según los principios fundamentales de las estadísticas oficiales aprobados por la Asamblea General de la ONU en 2014, “las estadísticas oficiales constituyen un elemento indispensable en el sistema de información de una sociedad democrática (…) para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a la información pública”. Para la Organización de Estados Americanos, el acceso a la información“permite participar en los asuntos políticos y monitorear las acciones del Estado transparentando la gestión pública” y constituye “un derecho instrumental para el ejercicio de otros derechos” (OEA, 2013).

En Argentina, según la ley nacional 27.275/16, se presume pública toda información que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien los organismos nacionales alcanzados por ella, salvo excepciones debidamente justificadas. Esta ley define responsabilidades, derechos y los siguientes principios para el acceso a la información: transparencia y máxima divulgación, informalismo, máximo acceso, apertura, máxima premura. En la provincia de Buenos Aires no existe un régimen integral de acceso a la información pública, sino una ley (12.475/00) y un decreto (2549/04) limitados a regular el acceso a documentos administrativos. La ley nacional promueve la adhesión de las provincias pero Buenos Aires aún mantiene su propia normativa, retrasada respecto a los estándares reconocidos en la materia. Todos los proyectos de ley presentados en la Legislatura desde 2002 en adelante han perdido estado parlamentario.

Una parte de la información sistematizada en este sitio se obtiene directamente de los sitios oficiales de cada organismo[1], mientras que otra debe ser requerida por escrito periódicamente. Hay sectores del Estado provincial que no tienen una política activa de transparencia: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Seguridad, el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia dependiente del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, y la Subsecretaría de Salud Mental del Ministerio de Salud. Los primeros dos, incluso, presentan serios déficits en materia de transparencia pasiva. Pero más allá de esta diferencia significativa todos los organismos que intervienen en el sistema penal provincial incumplen en la práctica principios fundamentales de acceso y difusión de información pública.

Por un lado, la demora en las respuestas disminuye el valor de la información requerida, ya que la puntualidad es uno de los componentes de su calidad. Por otro lado, el acceso no es óptimo cuando la información se proporciona de manera incompleta o no cuenta con un nivel de desagregación significativo. En tercer lugar, buena parte de la información no es presentada en formatos electrónicos abiertos que permitan su procesamiento, sino en documentos definitivos que restringen la vista a la información agregada y cuyo contenido sólo puede copiarse manualmente. Respetar el principio de apertura implica hacer públicas las bases de datos, única herramienta que democratiza la posibilidad de hacer nuevos cruces de variables y sistematizaciones. En base a este diagnóstico, la CPM busca con este sitio ofrecer un mayor acceso a datos estatales, con actualización periódica y en formatos más interactivos o abiertos.

[1]Organismos provinciales: Área de Estadísticas de la Suprema Corte de Justicia; Área de Registros y Departamento de Estadísticas de la Procuración General; Dirección de Información en Salud del Ministerio de Salud; Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Economía. Organismos nacionalesDirección de Estadísticas e Información de la Salud del Ministerio de Salud; Instituto Nacional de Estadística y Censos; Procuración Penitenciaria de la Nación; Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena; Sistema Nacional de Información Criminal.

La publicación de información oficial es una obligación del Estado que se desprende de los principios republicanos de gobierno y es, por tanto, un derecho de la ciudadanía. También constituye una herramienta indispensable para la planificación y la evaluación de políticas públicas, y un insumo fundamental para el control externo de las acciones estatales. Según los principios fundamentales de las estadísticas oficiales aprobados por la Asamblea General de la ONU en 2014, “las estadísticas oficiales constituyen un elemento indispensable en el sistema de información de una sociedad democrática (…) para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a la información pública”. Para la Organización de Estados Americanos, el acceso a la información“permite participar en los asuntos políticos y monitorear las acciones del Estado transparentando la gestión pública” y constituye “un derecho instrumental para el ejercicio de otros derechos” (OEA, 2013).

En Argentina, según la ley nacional 27.275/16, se presume pública toda información que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien los organismos nacionales alcanzados por ella, salvo excepciones debidamente justificadas. Esta ley define responsabilidades, derechos y los siguientes principios para el acceso a la información: transparencia y máxima divulgación, informalismo, máximo acceso, apertura, máxima premura. En la provincia de Buenos Aires no existe un régimen integral de acceso a la información pública, sino una ley (12.475/00) y un decreto (2549/04) limitados a regular el acceso a documentos administrativos. La ley nacional promueve la adhesión de las provincias pero Buenos Aires aún mantiene su propia normativa, retrasada respecto a los estándares reconocidos en la materia. Todos los proyectos de ley presentados en la Legislatura desde 2002 en adelante han perdido estado parlamentario.

Una parte de la información sistematizada en este sitio se obtiene directamente de los sitios oficiales de cada organismo[1], mientras que otra debe ser requerida por escrito periódicamente. Hay sectores del Estado provincial que no tienen una política activa de transparencia: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Seguridad, el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia dependiente del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, y la Subsecretaría de Salud Mental del Ministerio de Salud. Los primeros dos, incluso, presentan serios déficits en materia de transparencia pasiva. Pero más allá de esta diferencia significativa todos los organismos que intervienen en el sistema penal provincial incumplen en la práctica principios fundamentales de acceso y difusión de información pública.

Por un lado, la demora en las respuestas disminuye el valor de la información requerida, ya que la puntualidad es uno de los componentes de su calidad. Por otro lado, el acceso no es óptimo cuando la información se proporciona de manera incompleta o no cuenta con un nivel de desagregación significativo. En tercer lugar, buena parte de la información no es presentada en formatos electrónicos abiertos que permitan su procesamiento, sino en documentos definitivos que restringen la vista a la información agregada y cuyo contenido sólo puede copiarse manualmente. Respetar el principio de apertura implica hacer públicas las bases de datos, única herramienta que democratiza la posibilidad de hacer nuevos cruces de variables y sistematizaciones. En base a este diagnóstico, la CPM busca con este sitio ofrecer un mayor acceso a datos estatales, con actualización periódica y en formatos más interactivos o abiertos.

[1]Organismos provinciales: Área de Estadísticas de la Suprema Corte de Justicia; Área de Registros y Departamento de Estadísticas de la Procuración General; Dirección de Información en Salud del Ministerio de Salud; Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Economía. Organismos nacionalesDirección de Estadísticas e Información de la Salud del Ministerio de Salud; Instituto Nacional de Estadística y Censos; Procuración Penitenciaria de la Nación; Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena; Sistema Nacional de Información Criminal.