Consultas y formularios

Las consultas al Centro de Documentación y Archivo de la CPM pueden realizarse personalmente o por correo electrónico. Para los y las investigadores así como para las instituciones u organizaciones que se encuentran realizando investigaciones existen dos modalidades de consulta: a través de referencistas o visionado en sala.

Aquí podrán encontrar los formularios de consulta, el protocolo de acceso y la guía de fondos y colecciones.

PROTOCOLO PARA LA CONSULTA Y EL ACCESO

El Centro de documentación y Archivo de la CPM es de carácter púbico y desde sus inicios contribuye a la reparación de quienes fueron víctimas del accionar represivo del Estado, a los procesos de justicia por delitos de lesa humanidad y a la construcción de las memorias del pasado reciente de nuestro país. El acceso se rige por la ley provincial N° 12475 de acceso a la información pública y la nacional N° 25326 de habeas data (o protección de datos personales) que establecen la mayor publicidad posible, siempre y cuando no se vulnere el derecho a la privacidad de las personas. Dentro de este marco, el funcionamiento de este archivo y el acceso a los fondos y series documentales que lo integran se encuentra regulado por razones de orden legal, como las derivaciones de la aplicación de esta ley, disposiciones judiciales específicas y cláusulas estipuladas en donaciones particulares y otras de orden práctico tales como: estado de conservación, grado de ordenamiento y descripción archivística, avance en los procesos de preservación digital de la documentación.
Este archivo recibe consultas de distinto tipo, originadas en diferentes ámbitos públicos y de la sociedad civil en ejercicio de sus derechos. De acuerdo con las normas vigentes el acceso a la documentación se encuentra regulado según los criterios que se detallan a continuación.

1. Instituciones del Estado
Poder Judicial. Condiciones de acceso
Los diferentes actores del poder judicial que tramitan causas por crímenes de lesa humanidad (Ministerio Público Fiscal, Fiscales Generales, Fiscales por causa, Jueces de Primera Instancia, Tribunales Orales, Cámaras Federales) solicitan la documentación a través de los marcos formales correspondientes. Las respuestas, producto del trabajo de los referencistas, se entregan por medio de reproducciones debidamente certificadas por un perito designado por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata y son acompañadas por un informe técnico.

1.2. Poder Ejecutivo. Condiciones de acceso

Los organismos de los poderes ejecutivos nacional, provinciales que requieran acceder a documentación y que fundamenten dicho interés en la tramitación de acciones reparatorias (Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, secretarías de derechos humanos provinciales y la Comisión Nacional por el derecho a la Identidad- CONADI) deberán formular su solicitud dirigiéndose por escrito a la CPM.

En caso de que la documentación requerida corresponda al período comprendido entre los años 1976 y 1983 deberán formular una solicitud dirigida a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Esta intermediación -que sólo afecta al fondo documental DIPPBA- se funda en la medida cautelar en vigencia tomada por dicho tribunal en el año 1999.

La entrega de documentación a instituciones del Estado se realiza también en el marco de la aplicación de la ley N° 14214 de Protección de datos personales. La CPM transfiere al organismo solicitante la responsabilidad de la aplicación de la norma mencionada para el tratamiento de la información personal y sensible contenida en la documentación entregada.
Visionado en sala
Podrán visionar en sala la totalidad de los fondos sin restricciones, tras la firma de compromiso de confidencialidad sobre la publicidad de datos sensibles y una solicitud de pedido previamente presentada a la CPM.

1.2. instituciones y organizaciones públicas y privadas
(Comisiones de Verdad, Sitios, querellas, Secretarías de DDHH municipales)
Las instituciones y organizaciones públicas y privadas que soliciten acceder a la documentación y/o información y que fundamenten dicho interés en el ejercicio de sus propias misiones y funciones podrán hacerlo a través de un escrito a la CPM.
Una vez presentada y aprobada por la CPM, podrán visionar en sala la totalidad de los fondos sin restricciones, tras la firma de compromiso de confidencialidad.
En caso de solicitarse copias, la entrega se hará acorde a lo estipulado por la ley 14214, disociando por medio del tachado los datos personales y sensibles de terceras personas que aparezcan mencionadas.
Las instituciones y organizaciones públicas y privadas podrán solicitar información a los programas de la CPM que peritan la documentación del Archivo y Centro de documentación, quienes entregarán informe sobre el tema requerido.

2. Ciudadanos/as en ejercicio de derechos

2.1. Consultas sobre personas particulares. Condiciones de acceso.

De acuerdo con la Ley 25.326 que establece el derecho de todo ciudadana/o a “solicitar y obtener información de sus datos personales incluidos en los bancos de datos públicos, o privados destinados a proveer informes”, la solicitud de información sobre personas en este archivo se realiza según se detalla a continuación:

Consultas personales
El interesado/da en consultar documentación sobre su persona, debe completar un formulario de solicitud con sus propios datos.
El formulario puede entregarse en la sede del archivo o enviarse por correo electrónico. Los formularios pueden ser presentados por terceros siempre y cuando se encuentren firmados por el propio solicitante; la entrega también puede ser efectuada a terceros siempre que se presente la autorización correspondiente.
Apoderados/as legales podrán realizar solicitudes al archivo a través de las mismas condiciones y formas que los usuarios/as en ejercicio de sus derechos.
En caso de hallarse información, la respuesta incluirá un informe detallando el material encontrado y las copias de la documentación certificadas por un perito designado por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. En caso que la consulta arroje resultados negativos, se informará por escrito al solicitante.
El plazo de guarda de los informes será de dos años que regirán a partir de la fecha de su elaboración.

Consultas sobre familiares
El interesado/da en consultar documentación sobre un familiar fallecido o desaparecido debe completar un formulario de solicitud con sus propios datos y los de la persona sobre la que requiere información.
Según la normativa vigente, puede realizar la consulta el familiar más directo en línea sucesoria (padres, hijos o cónyuges en primer término; hermanos en segundo) y debe presentar la documentación que acredite la identidad y el vínculo familiar (partida de nacimiento, libreta de matrimonio, u otra documentación pertinente).
El formulario puede entregarse en la sede del archivo o enviarse por correo electrónico.
Los formularios pueden ser presentados por terceros siempre y cuando se encuentren confeccionados por el propio solicitante; la entrega también puede ser efectuada a terceros siempre que se presente la autorización correspondiente.
Apoderados/as legales podrán realizar solicitudes al archivo a través de las mismas condiciones y formas que los usuarios en ejercicio de sus derechos.
En caso de hallarse información, la respuesta incluirá un informe detallando el material encontrado y las copias de la documentación certificadas por un perito designado por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. En caso que la consulta arroje resultados negativos, se informará por escrito al solicitante. El plazo de guarda de los informes será de dos años que regirán a partir de la fecha de su elaboración.

Limitaciones y excepciones

En el marco de la ley 14124, en las reproducciones que se entregan se disocian por medio del tachado los datos personales y sensibles de terceras personas que aparezcan mencionadas.

La persona a la que le fue entregada la documentación disociada podrá solicitar visionar en sala los documentos sin dicha disociación.

Consultas temáticas al fondo DIPPBA. Condiciones de acceso.
En el año 2000, el gobierno provincial transfirió el Archivo a la Comisión Provincial por la Memoria para que hiciera de éste un “Centro de información con acceso público tanto para los afectados directos como para todo interesado en desarrollar tareas de investigación y difusión” (Ley 12.642).
Para dar cumplimiento a ello la CPM ha implementado dos formas de acceso a la información del fondo documental DIPPBA:
a) A través de referencistas de la Comisión.
b) Consultas en sala: por vía individual o para aquellos/as investigadores/ras comprendidos en los convenios que la CPM firme con instituciones, organismos de derechos humanos, universidades, organizaciones políticas, gremiales y/o sociales.
Acceso a través de los referencistas de la CPM:
El/la interesado/da debe completar un formulario de solicitud indicando el tema de su investigación con la mayor precisión espacial y temporal posible, de manera de facilitar la búsqueda.
La entrega no deberá superar las 100 fojas.
Para ello se recomienda consultar los instrumentos de descripción disponibles.
https://www.comisionporlamemoria.org/cuadroclasificacion/
El formulario puede entregarse en la sede del archivo o por correo electrónico.

Los informes se entregan en formato papel o digital de acuerdo a criterios operativos establecidos por el equipo de la CPM.
Los investigadores pueden solicitar copias digitales de documentos particulares en caso de que requieran una mejor calidad para futuras publicaciones o propósitos afines.
Todo investigador que utilice documentos de archivo en sus producciones, debe citar adecuadamente su procedencia. Para ello en cada informe que se entrega junto con las copias de la documentación solicitada, se indica el modo correcto de citar.
La CPM propicia que aquellos investigadores que hayan realizado producciones utilizando información de documentos de los fondos que se custodian, acerquen copias de ellas.
El plazo de guarda de los informes será de dos años que regirán a partir de la fecha de su elaboración.
Acceso en sala:
Aquellas solicitudes que por su amplitud temática excedan el límite establecido por la consulta a través de referencistas, deberán consultar el fondo DIPPBA en sala. Podrán hacerlo vía firma de convenio o con la sola firma de un compromiso de confidencialidad.
Los y las usuarias que sin convenio realicen consulta en sala deberán inicialmente coordinar una cita con el equipo de Gestión y preservación de archivos de la CPM con la finalidad de conocer el propósito y facilitar la búsqueda.
Consultas mediante convenio con instituciones, organismos de derechos humanos, universidades, organizaciones políticas, gremiales y/o sociales. Los y las usuarios/ras enmarcados en convenios, deberán completar un compromiso de confidencialidad antes de acceder al archivo para comenzar el trabajo.
Por convenio o sin convenio, los y las investigadoras/res podrán acceder a toda la información referida a un tema accediendo a las bases del fondo documental DIPPBA, con excepción de los documentos de las Mesas DS, Referencia, Toxicomanía, G, por tratarse de documentación de carácter extremadamente sensible, que podrá ser consultada a través de referencistas 1 . Una vez tomada vista de los documentos, y en el caso de que requieran copia de algunas de las fojas consultadas, deberán llenar una solicitud de investigador con el pedido detallado y seguirá los mismos pasos que en el caso de las solicitudes a través de referencistas, y la documentación se entregará bajo las mismas condiciones.
– Se podrán consultar los inventarios unidad documental por unidad documental, de todas las mesas sin excepciones.

Limitaciones y excepciones aplicables a las reproducciones de todas las consultas

1 Los legajos de esas mesas exceptuadas que no contengan información sensible, podrán visionarse en
sala

Considerando la Ley 14124 las reproducciones que se entregan con disociación de datos sensibles por medio del tachado.
Quedan exceptuados los siguientes casos:
La documentación de los distintos fondos documentales, producidos hasta el año 1966.
Los nombres en documentos de origen público (volantes, prensa partidaria, etc.).
Los nombres de funcionarios públicos que son mencionados en informes de inteligencia (en ejercicio de su función).
Funcionarios religiosos (en ejercicio de sus funciones).
Los nombres personales que indican corrientes políticas o sindicales.
Los nombres que aparecen en Informes de inteligencia donde se describen actos y acciones que tenían finalidad pública o de carácter oficial (conferencias, charlas, marchas, reuniones, espectáculos).
Los nombres asociados a afiliaciones o tendencias políticas.
Los nombres asociados a pertenencias institucionales (Madres, asociaciones, etc)
Los nombres que aparecen en informes de inteligencia que son transcripciones de documentos públicos, por ejemplo un panfleto, listas electorales, pintadas, carteles, pancartas, recortes periodísticos.
Los nombres mencionados en transcripciones o desgrabaciones de programas de TV o radio.
Los nombres que aparecen en listas o nóminas de carácter público (como listas gremiales o estudiantiles que se presentan a elecciones).
Cuando la persona involucrada ha dado su consentimiento por escrito para la difusión de la información.
Medida cautelar dictada por la Cámara … “Federal de Apelaciones de La Plata sobre el material elaborado por la DIPPBA entre 1976 y 1983. Esta decisión se propone resguardar los documentos que puedan servir como prueba en el marco de los juicios por violaciones a los derechos humanos cometidas durante ese período. Como consecuencia de esta medida, todo pedido de datos que involucre información comprendida entre esos años, debe tener autorización judicial. Dicha autorización no anula la aplicación de la Ley 25.326.
Con relación a las fotografías se aplicará este protocolo procediéndose a la disociación de datos cuando las personas estén identificadas, aún cuando se trate de acciones públicas.

Acceso al material audiovisual del fondo DIPPBA:

Los investigadores/ras que quieran acceder a los registros audiovisuales deberán:

– Consultar el inventario (disponible en la página web).

– Solicitar un turno para visionar el material.

– Entregar el formulario de consulta con el detalle del material a visionar.

– En caso de requerir copia de algún fragmento, se ajustará a la legislación vigente sobre protección de datos personales y el artículo 53 del Código Civil y Comercial referido al derecho de imagen [iii].

Acceso registro audiovisual de los juicios por crímenes de lesa humanidad

Con los objetivos de preservar en condiciones adecuadas el registro audiovisual de los juicios por crímenes de lesa humanidad, promover la consulta, investigación y producción audiovisual y garantizar el tratamiento y uso de información y testimonios de alta sensibilidad, se establecen las siguientes normas de accesibilidad.

1) Consulta

-El acceso a la consulta y visualización del registro audiovisual de los juicios por crímenes de lesa humanidad será abierto a todo público, en el lugar en que se encuentren archivados. Para ello, la Institución a cargo deberá facilitar sala de consulta y condiciones de acceso para su visualización.

2) Pedidos de copia de material

-La lectura de elevación a juicio, las declaraciones de los imputados, los alegatos, el veredicto y sentencia, son de libre acceso, sin restricciones en la reproducción y copiado del material.

-En ningún caso se realizarán copias o préstamos de los testimonios de las víctimas o testigos de concepto (en cualquiera de los soportes en que estén disponibles) sin la expresa autorización de la persona que testifica o familiar interesado. Esta autorización deberá presentarse por escrito y debe ser tramitada por el investigador o la productora que requiere el material.

-En el caso de que se requiera copia del registro original para la realización de una producción audiovisual, en la redacción de la autorización, se debe dejar constancia si el consentimiento de uso es sólo para una producción determinada o para cualquier otra productora o persona que lo solicite a futuro.

-La copia del material quedará a cargo del solicitante con la supervisión directa de la Institución que tiene la responsabilidad de la guarda y accesibilidad del registro.

Grabación de imágenes del depósito del archivo y/o documentos del fondo DIPPBA.

Se deberá solicitar un turno con antelación y enviar por escrito el objetivo de la grabación, así como los requerimientos que se necesitan, ya que el tiempo, el acceso y los objetos a grabar los dispondrá la CPM de acuerdo a las posibilidades que haya en el momento.
Casos no contemplados: en caso de situaciones de accesibilidad no contempladas por este protocolo, las mismas serán evaluadas y resueltas por la CPM.

[i] El 26 de agosto del año 1999 la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata procedió a secuestrar toda la documentación de la ex DIPPBA. El 4 de septiembre del año 2003, ese secuestro se retrajo a la documentación del archivo comprendida entre los años 1976 y 1983.

[ii] De acuerdo a la ley se entiende por datos personales: Información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables y por datos sensibles: datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual.

[iii] Artículo 53.- Derecho a la imagen. Para captar o reproducir la imagen o la voz de una persona, de cualquier modo que se haga es necesario su consentimiento, excepto en los siguientes casos:

a) que la persona participe en actos públicos;
b) que exista un interés científico, cultural o educacional prioritario, y se tomen las precauciones suficientes para evitar un daño innecesario;
c) que se trate del ejercicio regular del derecho de informar sobre acontecimientos de interés general.

FONDOS Y COLECCIONES DOCUMENTALES

Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires

Área de identidad

Identificador: AR BACPM

Forma autorizada del nombre: Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires

Otra(s) forma(s) de nombre: Comisión Provincial por la Memoria – CPM

Tipo: Provincial/estatal

Área de contacto

 Dirección: Calle 54 número 487 entre 4 y 5

Localidad: La Plata

Región: Buenos Aires

Nombre del país: Argentina

Código postal: 1900

Teléfono: 221 4262900

Correo electrónico: archivo@comisionporlamemoria.org y secretaria@comisionporlamemoria.org

Página web: https://www.comisionporlamemoria.org/archivo/

 

Área de descripción

Historia: La Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires es un organismo público extra-poderes que funciona de manera autónoma y autárquica. Fue creada por resolución legislativa Nº 2117 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires en julio de 1999, y ratificada por la ley 12.483 del 13 de julio de 2000 y su modificatoria, la ley 12. 611/2000. Está integrada por referentes de organismos de derechos humanos, religiosos de distintos credos, intelectuales, funcionarios universitarios y judiciales, legisladores y sindicalistas, como expresión plural del compromiso con la memoria del terrorismo de estado y la promoción de los derechos humanos. Mediante la Ley provincial 12.642/00 – aprobada por unanimidad- recibió el edificio en el que había funcionado durante medio siglo la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) para que establezca su sede. Junto con ese emblemático edificio, la Comisión asumió la responsabilidad de custodiar y gestionar el primer archivo de inteligencia policial desclasificado de la Argentina: el Archivo de la DIPPBA.

Contexto geográfico y cultural: La ciudad de La Plata fue fundada en noviembre de 1882 y es la Capital de la Provincia de Buenos Aires. Es centro de la administración pública provincial y posee un importante desarrollo y actividad universitaria. Su trazado original, que aún se mantiene, consiste en un cuadrado perfecto cruzado por diagonales. La Comisión por la Memoria se encuentra en el centro de la ciudad.

Mandatos/Fuentes de autoridad: Leyes provinciales 12.483 y 12.642/00.

Estructura administrativa: La CPM está presidida por un cuerpo colegiado de miembros, con autoridades. Posee una Mesa Ejecutiva y está dividida en dos grandes direcciones: la dirección administrativa y la dirección de áreas de trabajo. la dirección de áreas está dividida en: Mecanismo local de prevención de tortura (subdividido en las sub áreas: comité contra la tortura y Seguridad democrática, de las cuales dependen los programas: recepción de denuncias, inspecciones en lugares de encierro y producción de análisis de información de la primera área, y de la segunda justicia y seguridad democrática, litigio estratégico, salud mental, promoción y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes y control de corrupción) ; Educación, investigación y archivo, de la cual dependen los programas: gestión y preservación de archivos, justicia por delitos de lesa humanidad, apoyo a los juicios por delitos de lesa humanidad, Investigación y sitios y Jóvenes y Memoria. Y del área de Comunicación y Cultura, dependen los programas de trabajo Comunicación y Prensa, Museo de Arte y Memoria y Agencia Andar.

Edificios: Su sede principal está en la calle 54 número 487 de la ciudad de La Plata. El 22 de marzo de 2001, mediante la ley 12.642, el gobierno provincial le entregó a la CPM el edificio donde había funcionado durante más de medio siglo la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA). El objetivo fue que estableciera su sede en ese emblemático edificio, y que resguardara y gestionara la apertura a la comunidad del archivo de inteligencia de la policía bonaerense, un extenso y pormenorizado registro de espionaje político-ideológico que recorre la historia argentina de la segunda mitad del siglo XX.

En calle 9 Nº 984 de La Plata, funciona el Museo de Arte y Memoria que fue fundado por la Comisión Provincial por la Memoria en diciembre de 2002 con el objetivo de constituir un espacio de sensibilización y transmisión de la memoria social que abriera el debate por la promoción y defensa de los derechos humanos en la Argentina a través del arte.

En diciembre de 2016, a través de la ley Nº14.895, fue transferido a la CPM el edificio donde funcionó el centro clandestino de detención conocido como Pozo de Quilmes para su preservación y creación de un Sitio de Memoria, ubicado en Garibaldi y Allison Bell, en la localidad de Quilmes.

El 2 de marzo de 2022, a través de un Convenio con el Municipio, la CPM se hizo cargo del edificio de la Ex Comisaría Primera de Pergamino para el funcionamiento del Espacio por la Memoria y la promoción de los derechos humanos, -en comodato por 20 años- para su gestión y preservación.

Fondos y colecciones

El Centro de Documentación y Archivo Leopoldo Schiffrin está conformado por fondos documentales relacionados con el accionar represivo del Estado, colecciones particulares, y documentación producida por la propia CPM. La documentación ingresa por cesión, donación o acumulación.

Fue creado en el año 2000 a partir de la cesión del archivo de la DIPPBA, con el objetivo de generar un espacio que contribuyera a los procesos de memoria, verdad y justicia. En el año 2003 fue abierto a la consulta pública y desde entonces la CPM trabaja en facilitar el acceso a los documentos de los diversos usuarios que le solicitan información.

Fondo DIPPBA. División Central de Documentación, Registro y Archivo (Dirección de Inteligencia Policía de la provincia de Buenos Aires)

Cedido a la CPM por Ley provincial 12.642/2000. La documentación del período 1976-1983 tiene una medida cautelar dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Es un fondo cerrado.

Fechas extremas: 1937-1998 (predominante: 1957-1998).

El espionaje, el seguimiento, el registro y el análisis de la información para la persecución política ideológica fueron las principales funciones de la  DIPPBA desde su creación, en el año 1956 hasta su disolución en el año 1998. Si bien la División “Archivo y Fichero” se creó en el año 1957, heredó de anteriores dependencias de “orden social y político”, algunos legajos desde el año 1937. El alcance territorial específico de la DIPPBA es la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, la coordinación con otros servicios de inteligencia históricamente contemporáneos, hace que se encuentren en el Archivo documentos de otros servicios de Inteligencia a nivel nacional y de otras provincias. Es uno de los pocos fondos documentales que permite reconstruir las lógicas de un servicio de inteligencia, y la construcción histórica del “enemigo interno” como “delincuente subversivo y/o terrorista”.

La unidad documental es el expediente (aquí llamado legajo), distribuido en “factores” (político, social, económico, religioso, estudiantil, laboral) y “mesas” (A, B, C, De, Ds, Referencia, entre otras).

Está organizado en torno a un gran fichero, ordenado alfabéticamente, que remite a los legajos ordenados por mesas y factores.

Tipos documentales más frecuentes: afiches, prensa obrera, boletines, boletas de elecciones políticas, gremiales, estudiantiles, de entidades de la sociedad civil, fotografías, prontuarios, solicitudes de paradero. Informes de Inteligencia sobre: asambleas, movilizaciones, charlas, actos eleccionarios, publicaciones, libros, producciones artísticas, actividad panfletaria, huelgas y planes de lucha, panorama universidades nacionales, entre otros.

El Archivo de la  DIPPBA consta de alrededor de 4.000.000 de folios, 750 casetes de video VHS con filmaciones propias y de programas televisivos y 160 casetes de audio con grabaciones de eventos, así como cintas abiertas.

Fondo digitalizado en su totalidad.

Delegaciones DIPPBA:

En 2001 la CPM le solicitó a las delegaciones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires que remitieran la documentación relacionada con el funcionamiento de la ex DIPPBA en el territorio. El 6 de septiembre del mismo año las delegaciones de Trenque Lauquen, Mercedes, Quilmes, Bahía Blanca, Mar del Plata y Junín respondieron a dicho pedido. La documentación fue remita en cajas, biblioratos, paquetes, bolsas; en algunos casos identificada e inventariada, en otros no. Cada delegación remitió documentación diversa en volumen y en relación a su alcance y contenido. 

La mayor parte de la información encontrada en al archivo de la ex DIPPBA era producida en las delegaciones que la DIPPBA tenía en las distintas localidades de la provincia de Buenos Aires. Estas la clasificaban a partir de “factores” y luego la remitían a la DIPPBA Central, donde la información se reunía, procesaba y clasificaba para su utilización, dividida en “mesas de trabajo”.

Los organigramas de las delegaciones reproducen en parte la estructura de la Dirección General; estaban compuestas por Órgano de Inteligencia y Órgano de reunión.

El órgano de Inteligencia constaba de Planes y procesamientos (de donde dependían la sala de situación, medios de comunicación social, enlace, coordinación y difusión), Archivo (del que dependían registro, legajo, actualización) y Contrainteligencia (seguridad inteligencia y seguridad policial).

El órgano de reunión se componía de Reunión de información (factores: político, gremial, estudiantil, social, económico, religioso, extremismo, y policial).

Esta estructura da cuenta de que ya desde las delegaciones se reunía la información por factor, se realizaba un primer procesamiento y luego se registraba.

Volumen y soporte de la unidad de descripción: 200 cajas tamaño oficio y 400 libros. Soporte papel.

Fondo en proceso de digitalización.

Fondo Documentación de las Unidades Penitenciarias bonaerenses incautada por la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires

Cedido en custodia a la CPM por la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires mediante convenio de cooperación del año 2016. Fondo cerrado.

Fechas extremas de la documentación: 1956-1984 (predominante: 1974-1984)

Está conformado principalmente por legajos, fichas, historias clínicas y libros relacionados con detenidos políticos durante el período de la última dictadura militar. Hasta 2016 la documentación se encontraba bajo guarda del área de Protección de Derechos de la Secretaría de Derechos Humanos, que era quien había llevado adelante el secuestro de esa documentación en las diversas unidades penitenciarias (número 1 de Olmos, 2 de Sierra Chica, 3 de San Nicolás, 4 de Bahía Blanca, 5 de Mercedes, 7 de Azul, 8 de Olmos y 9 de La Plata) entre los meses de mayo y noviembre de 2006 y en abril de 2007. Esta acción se enmarcaba en la investigación judicial que buscaba determinar el grado de implicancia y responsabilidad del Servicio Penitenciario Bonaerense en los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura (1976-1983). Sobre la documentación de las Unidades penitenciarias 8 y 9 el Juzgado Federal Nro.1 de La Plata -que tenía a su cargo la investigación penal de estos crímenes-  dictó una medida cautelar.

Volumen y soporte de la unidad de descripción: 232 cajas tamaño oficio, 33 libros y 3984 legajos. Soporte papel.

Fondo digitalizado en su totalidad.

Fondo Sección informaciones del servicio de inteligencia de prefectura zona atlántico norte

Cedido en guarda por la Fiscalía General de Bahía Blanca en el año 2009. Fondo cerrado.

Fechas extremas: 1951 – 1998

Toda la documentación pertenece al archivo administrativo de la Sección Informaciones. Se encuentran las comunicaciones establecidas entre esta sección (o de las distintas dependencias de la Prefectura Naval Argentina), con la comunidad informativa o con otras instituciones, incluso de la esfera privada. Sin bien predomina la documentación referida a las localidades de Bahía Blanca y Mar del Plata, por las características del fondo surge información de toda la provincia de Buenos Aires y algo sobre Capital Federal.

Volumen y soporte: 87 cajas y más de 75000 fojas; papel.

Fondo digitalizado en su totalidad.

Fondo Historias clínicas del Hospital San Roque de Gonnet, La Plata, 1976-1983

Cedido por la Dirección del Hospital a la CPM en el año 2021.

La documentación consta de historias clínicas iniciadas y/o dadas de baja en el período 1976-1983 correspondientes a partos y nacimientos. Las historias clínicas fueron guardadas por decisión de la dirección del Hospital, aún luego de los diez años obligatorios de guarda a partir del último movimiento, por considerar que podían contener información importante relacionada con delitos de lesa humanidad.

Volumen y soporte: 299 cajas, soporte papel.

Fondo personal Mercedes Lagrava

Donación familiar (año 2002). Fondo cerrado.

Fechas extremas: 1977-1986

Archivo personal de Mercedes Lagrava de Martínez, Madre de Plaza de Mayo. Está compuesto por la documentación reunida y ordenada durante el largo proceso de la búsqueda de su hijo, Atilio César Martínez Lagrava. El fondo cuenta con cartas personales, de instituciones argentinas y del exterior con denuncias sobre violaciones a los derechos humanos. También figuran folletos, fotografías, afiches, panfletos, boletos de  micro y objetos como por ejemplo cuadros y un pañuelo bordado a mano. La donación contiene además libros que pertenecían al hijo de Mercedes Lagrava; actualmente se pueden consultar en la Biblioteca de la CPM.

Volumen y soporte: 7 cajas, papel.

Fondo digitalizado.

Fondo Haroldo Conti, documentación de y sobre el escritor desaparecido reunida por sus hijos.

Donación familiar (año  2006). Fondo cerrado.

Fechas extremas: 1943-2005.

Parte del archivo personal del escritor Haroldo Conti donada por sus hijos como contribución a la memoria colectiva. Reúne obras manuscritas, cartas enviadas a sus hijos, fotografías, Habeas Corpus, revistas, críticas literarias, documentos que denuncian su desaparición y testimonios escritos de los pedidos de la comunidad intelectual internacional.

Volumen y soporte: 2013 fojas digitales; soporte digital.

Fondo Registro audiovisual de Juicios por delitos de lesa humanidad y violencia institucional

Origen: CPM

Fechas extremas: 2006- Fondo abierto

La decisión de registrar estos juicios fue afianzar un concepto amplio del principio de publicidad, no sólo de promover la difusión de los juicios (en el caso de los delitos de lesa humanidad), sino también de conformar un archivo audiovisual que pueda ser de acceso público. La CPM  se compromete con la preservación del registro, estimula la consulta para la investigación, la divulgación y la producción audiovisual y garantiza el tratamiento y uso de la información de los testimonios de las víctimas.

Juicios por delitos de lesa humanidad: Miguel Etchecolatz, Christian Von Wernich, Unidad Penal Nº 9, Suárez Nelson Corvalán, Circuito Camps, La Cacha, Fuerza de Tareas N° 5, Juicio CNU La Plata, Operativos Policía Federal 1977, La Cueva I (Mar del Plata), entre otros.

Juicios por casos de violencia institucional: Andrés Núñez, Christian Domínguez, Luis Gorosito, Daniel Migone, Reina Maraz Bejarano, Luciano Arruga, Barros Cisneros, Masacre de Quilmes, Omar Cigarán, Masacre de Magdalena, Sergio Jaramillo, entre otros.

Fondo Registro audiovisual del Juicio por la Verdad de La Plata

Cedida una copia por Convenio de Cooperación entre la CPM y la Asociación Anahí en 2018.

Fechas extremas: 1999-2010. Fondo cerrado.

Registro audiovisual de las Audiencias del Juicio por la Verdad de La Plata realizado por la Asociación Anahí.  Los juicios por la verdad fueron una instancia judicial sin consecuencias penales que se abrieron en la Argentina para juzgar los crímenes de lesa humanidad de la última dictadura, cuando aún estaban vigentes las leyes de obediencia debida y punto final que habían obturado la posibilidad de justicia.

Volumen y soporte de la unidad de descripción: disco externo, 1 TB.

Fondo Archivo oral “Memorias encontradas”

Origen: CPM.

Fechas extremas 2002. Fondo abierto

Entrevistas en profundidad para la conformación de un archivo oral, con testimonios vinculados a la vulneración de los derechos humanos, tanto en el pasado como en el presente, y con relación con los programas de trabajo de la CPM.

Volumen y soporte: 91 entrevistas; cinta minidv, digital.

Colección Adolfo Pérez Esquivel (1980-2001) Digital. 1100 fojas. Archivo personal referido a su actuación como Premio Nobel de la Paz y a SERPAJ.

Colección del Exilio Argentino (1976-1983) Bibliothèque de Documentation Internationale Contemporaine de l’Université de Paris Ouest Nanterre la Défense (BDIC) colección. 1968 – 1986. (Predominante: 1976-1983).

Ingreso por  convenio de cooperación en el año 2006. 

Volumen: 30 CD.

La colección se conforma de documentación referida al período de la última dictadura en Argentina 1976 – 1983. Predominan temáticas vinculadas a actividades de resistencia, militancia político-militares, sindicales y denuncia de graves violaciones a los Derechos Humanos.

Colección. Fichas de estudiantes universitarios. 1976-1986. 634 fichas. Digital.

Agendas de Bonamín (1975-1978). Tres agendas. Papel y digital.

Otras colecciones y fondos personales en proceso de identificación, clasificación y descripción: Colección Luis Cotter, Colección Carlos Cajade, Fondo personal Teniente de Bda. Ramón Demonte Becker.

Instrumentos de descripción, guías y publicaciones

Contamos con una guía de fondos y colecciones del Centro de documentación y Archivo.

Para la descripción de los distintos fondos y colecciones utilizamos la norma internacional ISAD G. En algunos casos la descripción llega hasta el nivel de unidad documental.

Los instrumentos de descripciones también se pueden encontrar en la página web de la CPM: https://www.comisionporlamemoria.org/archivo/ y https://atom.comisionporlamemoria.net/index.php/

 

Área de acceso

Horario: lunes a viernes de 10 a 16.

Condiciones de acceso y requisitos:

El archivo recibe consultas por parte de la Justicia y otras instituciones del Estado, ciudadanas y ciudadanos particulares, investigadores, instituciones y organizaciones civiles.

La justicia solicita a través de oficios documentación probatoria para las causas de delitos de lesa humanidad, y para la tramitación de leyes reparatorias, sin restricciones para el uso y acceso a la documentación.  Para la entrega de documentación a particulares,  investigadores/as e instituciones, se aplica la ley de habeas data, por tratarse de documentos con datos sensibles.  Los y las investigadoras pueden hacer la consulta a través de referencistas o en sala en la sede de la CPM, con cita previa.

Todos los detalles del acceso a la documentación está normalizada en el Protocolo de Acceso (disponible en la web: www.comisionporlamemoria.org/archivo/consultas/).

Accesibilidad: La CPM queda a tan solo 10 cuadras de la terminal de micros de la ciudad de La Plata y a 15 de la Estación de trenes. Cabe señalar que por su ubicación céntrica no es fácil conseguir estacionamiento. Prácticamente todas las líneas de micro de la ciudad tienen parada en Plaza San Martín, es decir a dos cuadras de la CPM. Desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  hacia la ciudad de La Plata llegan dos líneas de colectivos y la línea de tren Roca.

El edificio tiene rampa de acceso para usuarios/as con movilidad reducida.

Área de servicios:

Servicios para la investigación: La sala de atención al público y consulta es amplia, luminosa, calefaccionada y cuenta con dos computadora para su uso público. Allí los y las investigadores pueden consultar colecciones digitales y publicaciones periódicas, así como solicitar copias de documentación y recibir las respuestas.

formularios_

Formulario para consultas personales

Formulario para consultas de familiares

Formulario para consultas temáticas

Contacto:

Atención al público: de lunes a viernes de 10 a 16 hs

Calle 54 número 487 entre 4 y 5
Teléfono 426-2948

Correo electrónico: archivo@comisionporlamemoria.org

CONSULTAS PARA LA JUSTICIA_

Contacto:

Atención al público: de lunes a viernes de 8 a 16 hs

Calle 54 número 487 entre 4 y 5
Teléfono 426-2949
Correo electrónico: justicia@comisionporlamemoria.org

FORMULARIO ONLINE DE CONSULTAS TEMÁTICAS_

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