INFORME ANUAL 2026
Régimen Penal Juvenil
Durante el 2025 el Ministerio Público Fiscal inició 22.493 investigaciones penales contra jóvenes de 16 ó 17 años, un 26% menos que hace 10 años.
Investigaciones penales preparatorias en el fuero de responsabilidad penal juvenil, provincia de Buenos Aires, 2009-2025
Fuente: CPM en base a estadísticas de la Procuración de la Provincia de Buenos Aires.
En el largo plazo, la cantidad de jóvenes imputados por delitos disminuyó marcadamente en la Provincia de Buenos Aires. En 2015 fueron 4.071 y en 2025 fueron 1.828, lo que representa una disminución del 55% en una década. Por su parte, la cantidad de jóvenes privados de libertad se ha mantenido estable en la serie histórica disponible: a fines de 2017 había 1.424 y a fines de 2025 había 1530.
Jóvenes imputados en el fuero de responsabilidad penal juvenil, provincia de Buenos Aires, 2014-2025
Fuente: CPM en base al RPN de la Procuración General de la provincia de Buenos Aires.
En ese contexto, el número de niñas, niños y jóvenes privados/as de libertad no coincide con los recursos disponibles para garantizarles los derechos mínimos. Durante 2025, ingresaron 842 niñas, niños y jóvenes a los distintos centros de detención, el 76% (640) de los ingresos fueron directamente a dispositivos de régimen cerrado y el 24% (202) restante a dispositivos de contención.
Jóvenes ingresados, según tipo de dispositivo, 2025
Fuente: CPM en base al REINA.
Esto implica que 3 de cada 4 ingresos se produjeron bajo un régimen de vida de encierro total. Mientras tanto, las malas condiciones de detención fuerzan a la clausura de sectores y prohibiciones de ingresos, y las obras de refacción se demoran indefinidamente. Este modelo de alojamiento en regímenes de máxima seguridad, es incluso inverso a lo que ocurrÍa durante el funcionamiento del patronato e implica un giro hacia el encierro securitario, cuando el régimen legal vigente disponen la aplicación de la Convención de Derechos del Niño y su paradigma de atención integral.
En los últimos años, a partir de algunos casos resonantes en la esfera de los medios de comunicación, se instaló la necesidad de bajar la edad de punibilidad y este año el Congreso de la Nación aprobó la ley 27.801 que implementa el nuevo régimen penal juvenil. Se trata de una ley regresiva e inconstitucional y que tiene como una de las principales reforma la baja de la edad de punibilidad a los 14 años.
En la discusión pública, y también parlamentaria, se planteaba que estos jóvenes no punibles no son alcanzados por las leyes penales y que por esa razón proliferan los delitos que cometen. Esta afirmación carece de veracidad: las estadísticas criminales comprueban que la participación de jóvenes menores de 16 años en delitos es ínfima y, por otro lado, también es mentira que estos jóvenes no sean alcanzados actualmente por los dispositivos penales, los jóvenes menores de 16 años que cometieron delitos graves, así como aquellos que no eran punibles al momento del hecho pero hoy tienen 16 años o más, se encuentran detenidos.
La ley de responsabilidad penal juvenil de la provincia de Buenos Aires habilita en una excepción que permite detener a los jóvenes menores de 16 años: la aplicación de una medida de seguridad. Esta medida de seguridad se cumple en los mismos centros donde se cumplen las sanciones penales de los jóvenes de entre 16 y 18 años, lugares donde se vulneran gravemente sus derechos.
Durante 2025, ingresaron 168 niños, niñas y jóvenes no punibles a los distintos centros de detención, esto representa un 20% de los ingresos al sistema. Durante el periodo 2020-2025 aumentó el porcentaje de ingresos de NNJ de 15 años o menos, pasando de 12% en 2020 a 20% en 2025, siendo el porcentaje más alto de los últimos 6 años.
Jóvenes ingresados, de 15 años o menos, 2020-2025
Fuente: CPM en base al REINA.