Sanción de la ley de respuesta integral al VIH, ITS, hepatitis virales y tuberculosis

Desde hace más de una década, Argentina está en una meseta, no logró disminuir la cantidad de casos y muertes. Cada año hay 4.800 casos nuevos y entre 1.300 y 1.400 personas mueren por enfermedades vinculadas al VIH.

La Ley Nacional de Sida N° 23.798 que, en su momento fue una normativa de avanzada, había quedado obsoleta. Desde hace ocho años, todas las organizaciones de personas que viven con VIH venían impulsando una nueva ley de abordaje integral que considere no sólo el aspecto biomédico sino también los determinantes sociales de la salud e incluya también a las hepatitis virales, la tuberculosis y las infecciones de transmisión sexual.

La ley de respuesta integral al VIH, ITS, Hepatitis virales y Tuberculosis fue sancionada el 30 de junio de 2022, es el resultado de un camino de discusión federal que comenzó en 2014 con la participación de organizaciones de la sociedad civil, redes de personas que viven con VIH, el Ministerio de Salud y la comunidad académica.

Además de mantener la atención, tratamiento y suministro de medicación de manera gratuita para todas y todos, la ley contempla otros derechos previsionales, laborales y sociales que apuntan, especialmente, a revertir esos condicionamientos socio-económicos que impiden sostener los tratamientos en el tiempo.

Investigación y desarrollo de tecnologías locales para la producción de medicamentos e insumos que garanticen la sustentabilidad y la defensa de la soberanía sanitaria

La participación activa de las personas con VIH, Hepatitis Virales, otras ITS y Tuberculosis, en la elaboración e implementación de las políticas públicas.

Asistencia integral, universal, gratuita, a las personas expuestas y/o afectadas por el VIH, las Hepatitis Virales, otras ITS y la Tuberculosis en el sector público y privado.

Derecho a recibir un trato digno y respetuoso, sin discriminación de ningún tipo, en todos los ámbitos.

Derecho al resguardo de la confidencialidad, privacidad e intimidad,

Derecho a no declarar el diagnóstico y/o estadio de su infección.

Derechos laborales, educativos, asistenciales, de seguridad social, sin ningún tipo de discriminación o restricciones en el acceso.

Que todo/a hijo/a nacido de una mujer y/o persona con capacidad de gestar con VIH pueda acceder de manera gratuita a la leche de fórmula y al tratamiento de inhibición de la lactancia durante los primeros dieciocho (18) meses.

Que la prueba sea voluntaria, gratuita, confidencial y universal, para todas personas que la soliciten, con asesoramiento y vinculación de la persona diagnosticada con el sistema de salud.

Políticas públicas que den respuesta a situaciones de vulnerabilidad social que afecten el acceso a la alimentación, la salud, el trabajo, la educación y la vivienda de las personas con VIH.

Adaptación de los programas y servicios en función del respeto de la diversidad cultural, de la interculturalidad, de los pueblos y comunidades indígenas y que se garantice su participación.

Un régimen de Jubilación especial para las personas con VIH y/o Hepatitis B y/o C.

Pensión No Contributiva para personas con VIH y/o Hepatitis B y/o C.