SOBRE LA INTRODUCCIÓN
Introducción al Informe anual 2020 de la Comisión Provincial por la Memoria, el Sistema de la crueldad XIV, sobre el sistema de encierro y las políticas de seguridad, salud mental y niñez en la provincia de Buenos Aires.
Introducción
La presentación del XIV Informe Anual / El sistema de la crueldad completa la serie sobre la gestión saliente en la provincia de Buenos Aires, gobernada por la alianza Cambiemos, y se realiza en los primeros meses de la nueva gestión del Frente de Todos.
Es también el primer informe posterior la designación de la Comisión por la Memoria como Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la provincia de Buenos Aires. La CPM fue designada por el Consejo Federal de Mecanismos Locales a solicitud del Comité Nacional de Prevención de la Tortura, conforme la ley nacional 28.827, que reconoce la tarea realizada de hecho por el organismo desde que creara, en el año 2002, su Comité contra la Tortura.
Pero este informe, además de analizar el año 2019, da cuenta del panorama de graves problemas estructurales que configuran la situación que atraviesa el sistema penal en la Provincia y todo el sistema de encierro en general. Un panorama crítico, sin dudas, caracterizado por una política criminal que vulnera de manera sistemática y generalizada los derechos humanos de las personas que atrapa. Por eso evalúa aspectos de los cuatro años de una gestión signada como la “era de las masacres”, tal vez la expresión más grave y visible de las consecuencias mortales de las políticas públicas que se implementaron: las masacres de Pergamino (2017), Esteban Echeverría (2018) y San Miguel del Monte (2019). Estos hechos se cobraron siete, diez y cuatro vidas, respectivamente, mayoritariamente de jóvenes, a manos de fuerzas de seguridad que además encubrieron corporativamente a los responsables directos.
El actual estado de cosas se configuró por la orientación, sostenida durante más de dos décadas, de una política de seguridad y de persecución penal basada en el encarcelamiento y el punitivismo selectivo: la captación de los sectores pobres que forman parte de las cadenas más débiles del delito. Denominada como de “mano dura” o de “tolerancia cero”, ha demostrado falta de eficacia en materia de seguridad[1]: a pesar de la retórica que la legitima ante la opinión pública, su objetivo es el control de las poblaciones vulneradas por las políticas de exclusión propias del neoliberalismo.
Las condiciones de desigualdad creciente han incrementado el rol del estado penal sobre las poblaciones vulneradas por una organización económica y social dominada por la matriz neoliberal, y no fueron superadas por los gobiernos que se apartaron de este paradigma ordenador del conjunto de la vida social.
Orientada fundamentalmente a la persecución de delitos menores cometidos por los sectores sociales más vulnerados, la política criminal provincial se sostiene en dos puntales principales: el control policial del territorio y el encarcelamiento creciente. La violencia policial afuera y la violencia penitenciaria adentro, garantizadas por un Poder Judicial que las convalida en todos los eslabones de la cadena, componen una violencia estatal utilizada como forma de gobierno de esas poblaciones excluidas, que armoniza con los efectos excluyentes del modelo económico.
Los índices récord de prisionización y sobre-encarcelamiento de la gestión anterior no son indicadores de medidas de seguridad eficaces y control del delito sino de altos niveles de desigualdad e injusticia social. En dicho periodo, la cantidad de personas detenidas en la provincia de Buenos Aires creció a un promedio interanual de 9% y culminó con 51.000 detenidos en cárceles, alcaldías, comisarías y monitoreo electrónico, que se alojaron en casi 21.000 plazas: la sobrepoblación carcelaria creció del 72 % al 118 %. Esta cifra representa una tasa de prisionización de 294 detenidos cada 100.000 habitantes, la más alta del país; la tasa provincial se posiciona por encima del promedio nacional (232 c/100.000) y mundial (145 c/100.000).
Las personas alojadas en comisarías provinciales pasaron de 1.836 a 3.854 en cuatro años, siempre en las mismas 1.200 plazas informadas; la sobrepoblación aumentó del 159 % al 217 %. La crítica situación en comisarías provocó que el 11 de febrero de 2019 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgara medidas cautelares a favor de las personas alojadas en 15 comisarías provinciales, solicitadas por la CPM, el CELS y la Defensoría de Casación provincial. El organismo internacional sostuvo que “las condiciones son propicias para que se produzcan violaciones a los derechos de las personas allí detenidas y el Estado se encuentra obligado a adoptar las medidas necesarias para respetar y garantizar los derechos humanos de tales personas”. Con anterioridad se habían dictado medidas cautelares sobre otras seis comisarías; ninguna de estas medidas fue cumplida por la gestión anterior, que desconsideró y vació las mesas de trabajo promovidas en esa instancia.
En algunas jefaturas departamentales de Seguridad correspondientes a comisarías cauteladas por la CIDH, la sobrepoblación se incrementó más aun: en Lanús un 1.522 %, en Almirante Brown un 1.285 % y en Quilmes un 868 %. De las 270 comisarías que alojaban personas, 103 estaban clausuradas por orden judicial o resolución administrativa, es decir no podían hacerlo; no obstante, el 36 % de la población en comisarías fue alojado allí.
Este sistema de la crueldad funcionó de manera casi automática, y el Poder Judicial operaba como un gestor de la violencia estatal en la calle y en la cárcel. Entre 2012 y 2019 sólo el 11% de las detenciones fueron producto de una orden judicial previa, y la mayoría aprehensiones policiales en flagrancia luego convalidadas por fiscales y jueces.
Estos records marcan el sesgo represivo de la intervención estatal, que incrementa las condiciones de posibilidad para la ocurrencia de graves violaciones a los derechos humanos, deteriora profundamente la democracia y el estado de derecho, y ahonda aun más las brechas sociales.
Los acontecimientos ocurridos en la región (en particular, Chile y Bolivia) dan cuenta de la necesidad de encarar urgentes transformaciones estructurales de la política y de las fuerzas de seguridad. Porque se han ido constituyendo en una fuerza corporativa armada que, en situaciones de alta conflictividad social y política, responden a lineamientos ideológicos de las derechas autoritarias, y son capaces de perpetrar crímenes gravísimos como en tiempos de dictaduras. En gran medida, el futuro de las democracias está sujeto a desmontar estos dispositivos de control y represión, reencauzando las políticas de seguridad para inscribirlas en una reconfiguración necesaria del Estado que garantice derechos y mitigue desigualdades. Algunos acontecimientos de la escena mundial, la violencia policial contra poblaciones afrodescendientes y latinas en Estados Unidos, son indicadores relevantes de las consecuencias de estas políticas. EEUU ha sido la usina de buena parte de las directrices que marcan las reformas judiciales, procesales y penales, como también las doctrinas que se implementan como constitución de las fuerzas y de los ministerios de seguridad de la región y de nuestro país.
En los cuatro años de la gestión del gobierno de la alianza Cambiemos, el alineamiento a la llamada “doctrina de las nuevas amenazas” (en referencia al narcotráfico y el terrorismo) nutrió la agenda del Ministerio de Seguridad de la Nación y generó nuevas condiciones para el endurecimiento del sistema penal, el sobre-encarcelamiento y el despliegue de la violencia de las fuerzas de seguridad en todo el territorio. La “doctrina Chocobar” y la expansión de más fuerzas federales para reprimir la protesta social, expuestas descarnadamente en los casos de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel, son un ejemplo de esto.
Las consecuencias prácticas fueron el incremento de las muertes provocadas por el Estado. En la Provincia, el uso letal de la fuerza policial ocasionó 485 muertes en cuatro años; de éstas, 21 fueron femicidios mayoritariamente cometidos con el arma reglamentaria. Durante 2019 se registraron 134 muertes en territorio bonaerense (14 más que en 2018); es decir, un promedio de 11 asesinatos por mes. No se trata de muertes aisladas o producto del azar: contienen regularidades que las explican y son producto de la definición de las políticas de seguridad.
Durante la gestión de la gobernadora Vidal (2016-2019), se produjeron 550 muertes en cárceles y alcaidías bonaerenses, lo que equivale a un promedio de 138 muertes por año y 11 por mes; 521 eran varones, 25 mujeres y 4 personas trans. Teniendo en cuenta la población, la evolución de la tasa en estos cuatro años marca un promedio anual de 3,5 muertes cada mil personas detenidas. Además, murieron al menos 70 personas en arresto domiciliario, custodiadas por el SPB mediante pulsera electrónica. Sólo en 2019, 29 personas murieron en arresto domiciliario, sumadas a las 148 ocurridas en lugares de encierro totalizan 177 personas fallecidas a disposición de la justicia penal provincial.
Durante estos años las muertes producidas por problemas de salud representaron el 78%, los homicidios 11%, los suicidios 10% y los accidentes 1%, con promedios mensuales sumamente preocupantes: cada mes murieron 9 personas por problemas de salud, y hubo un homicidio y un suicidio. Esto nos lleva a insistir con lo que reclamamos hace más de 15 años: la salud penitenciaria debe depender del Ministerio de Salud, no del Ministerio de Justicia, e integrarse a las políticas sanitarias provinciales; la asistencia de la salud mediada por la seguridad, la falta de medicamentos, tratamientos, aparatología y profesionales conforman un cuadro que produce muertes por enfermedades curables.
La tortura siguió siendo una práctica sistemática el año pasado: solo la CPM registró y denunció 12.594 hechos de tortura y/o malos tratos, surgidos de las 6.713 entrevistas y comunicaciones de personas detenidas o de sus familiares. Además, se realizaron 107 inspecciones a cárceles, alcaidías, comisarías, centros de jóvenes y hospitales neuropsiquiátricos. En todo el período se presentaron 4.448 acciones judiciales individuales urgentes (habeas corpus e informes) y 37 acciones o habeas corpus colectivos por situaciones estructurales de violaciones a los derechos humanos. Sobre estos casos, el Registro Nacional de Casos de Torturas (RNCT) relevó de manera detallada 2.358 hechos de tortura y/o malos tratos informados por 439 víctimas.
Desde 2008 la CPM registra los hechos de violencia y las lesiones en los lugares de encierro informados por las propias autoridades. Entre 2016 y 2019 se relevaron 26.368 víctimas de hechos de violencia o que padecieron lesiones; en 2019 fueron 5.115 los hechos ocurridos en 61 centros de detención (unidades penales, alcaldías, comisarías, centros de detención para jóvenes), padecidos por 6.758 víctimas. Las responsabilidades penitenciarias por estos hechos nunca son investigadas.
Por otra parte, no se revirtieron cuestiones críticas y estructurales del sistema judicial: casi el 50% de los hombres está detenido en prisión preventiva, es decir siendo inocentes; el caso de las mujeres es más grave: de las 2.265 privadas de su libertad, el 60% permanecían en esta condición; y de las 100 personas trans, el 70 % estaba detenido sin condena.
Al igual que la prisión preventiva, el juicio abreviado también se ha convertido en regla: entre 2013 y 2018 el 79% de las condenas en la Provincia se dictaron por este procedimiento. Entre ambos años, las condenas por juicio abreviado presentaron una variación del 70%, y las condenas por juicio oral disminuyeron en términos relativos y se mantuvieron en términos absolutos. En 2015, las sentencias condenatorias fueron 12.141 por juicio abreviado y 3.381 por juicio oral y público. En 2019, las condenas por abreviados fueron 17.348 y en juicio oral se mantuvieron estables en 3.364. En esta expansión jugó un rol importante la defensa oficial, más inclinada al juicio abreviado que las fiscalías: en 2018 las fiscalías requirieron 3.917 procesos abreviados y las defensorías, 10.416.
El Poder Judicial fue benevolente con los delitos cometidos por los funcionarios públicos que declamaban la defensa de las instituciones republicanas, pero desobedecían sistemáticamente sus órdenes. Cada día el gobierno provincial incumplió 136 sentencias: 33 que establecían cupos en cárceles, y 103 que clausuraban y prohibían alojar personas en comisarías. Esto no tuvo ninguna consecuencia para ellos. En este accionar, y en la negativa sistemática de la gestión a entregar información pública sobre el sistema penal, puede corroborarse el escaso valor otorgado a los principios que estructuran la organización republicana de gobierno.
En cuanto a las mujeres y personas trans, padecieron incluso mayores violaciones de derechos humanos en el encierro constituido por un férreo patriarcado.
El encarcelamiento de las mujeres se vincula estrechamente con el endurecimiento de la llamada “guerra contra las drogas”. Según el Informe de la Procuración General provincial, el 36% de las mujeres estaban detenidas por la infracción a la ley 23.737 de estupefacientes. Las mujeres embarazadas y las madres con hijos/as menores de cinco años viviendo en el encierro eran 77 en diciembre de 2019.
De las personas trans encerradas, el 53% eran extranjeras. Esta especificidad no sucede con el resto de la población detenida, que en 2018 era solamente el 6%. Un enfoque interseccional resulta imprescindible no solo para intervenir sino para desmantelar las causas xenófobas y transodiantes que criminalizan el estado migratorio y las identidades trans. Según los últimos datos publicados del SNEEP, en 2018 las personas trans tenían en promedio menor participación en programas laborales y en actividades deportivas que el resto de la población detenida: solo el 25% tenía acceso a realizar un deporte, mientras que ese porcentaje para las mujeres cis era del 55%, y para los varones cis del 73%. Lo mismo ocurría con los programas educativos: el 80% de las personas trans no participaba.
En cuanto a la niñez, en este informe se analiza el deterioro acelerado y crítico de los sistemas de promoción y protección de derechos y de responsabilidad penal juvenil. Desfinanciamiento, falta de personal adecuado, ausencia de un plan estructural para las niñeces, entre otros son problemas de larga data que se agravaron. A esto se agrega que la gestión saliente estuvo más enfocada en insistir con proyectos regresivos y contrarios a la Convención de derechos del niño: la baja de la edad de punibilidad (presentado en marzo de 2019), la implementación del Servicio cívico voluntario en valores impulsado por el Ministerio de Seguridad nacional o, en PBA, la reforma del fuero de responsabilidad penal juvenil que pretendía disolver los Juzgados de Garantías del Joven. Todos configuran respuestas estatales que debilitaban y desdibujaban el paradigma de la protección integral, en pos de instaurar procedimientos de naturaleza tutelar que desconocen el carácter de sujetos de derechos de niños, niñas y jóvenes (NNyJ).
En este contexto, observamos que se desplegó un extenso repertorio de prácticas policiales como forma de ejercer el poder en los barrios y territorios (detenciones arbitrarias, aplicación de normas contravencionales de cuestionada constitucionalidad, persecuciones, hostigamientos y amenazas como forma de disciplinamiento, irrupción de fuerzas de seguridad en ámbitos escolares). Esto, sumado a la falta de datos rigurosos y públicos respecto de los problemas que atraviesan a NNyJ, contribuyó a la construcción de estereotipos que los estigmatizan como sujetos peligrosos.
Las políticas públicas orientadas a la niñez y la juventud que sólo atienden a la dimensión penal de los conflictos y los problemas, sustrayéndose a la perspectiva de derechos, no hacen más que revelar el preocupante principio ideológico que las legitima. O sea, tratar como diferencias naturales lo que son desigualdades construidas socialmente. Esta manera de gobernar se refleja en el presupuesto provincial: las partidas para políticas de seguridad son sustancialmente superiores a las de políticas para la niñez.
La regresividad en el sistema implicó una ola represiva librada por fuerzas de seguridad y actores judiciales, corroborada con el encarcelamiento, a diciembre de 2019, de 651 jóvenes en dispositivos penales de la provincia de Buenos Aires, alojados/as en un sistema que declaraba 427 plazas en centros cerrados y de recepción y 108 en centros de contención; eso generó un 23 % de sobrepoblación, record también en estos dispositivos. Las medidas de seguridad excepcionales continuaron aplicándose pese a su dudosa constitucionalidad.
Entre 2016 y 2019 se registraron 1.103 hechos de tortura y/o malos tratos (un promedio de 275 por año) en 19 de los 21 centros cerrados o de recepción. Durante 2019 se registraron 114 hechos de tortura en 12 centros de detención de los que fueron víctimas 53 jóvenes. Golpes, aislamiento extremo, afectación de la vinculación familiar, imposibilidad de comunicarse con las familias de manera fluida y condiciones inhumanas de detención integran el repertorio de padecimientos
Las personas con padecimiento mental no corrieron mejor suerte entre 2016 y 2019. En las inspecciones realizadas se siguieron constatando torturas, tratos crueles e inhumanos o degradantes: abusos sexuales, golpes, regímenes de aislamiento extremo, sujeciones mecánicas sin protocolizar y con personal insuficiente (personas esposadas a camas sin indicación médica), falta de comunicación con referentes afectivos, condiciones materiales inhumanas, y falta de acceso a la justicia y a una defensa especializada. Los tratamientos continuaron caracterizándose por prácticas no consentidas y carentes de abordaje interdisciplinario. Las personas internadas manifestaron en las entrevistas que tienen escasas posibilidades de insertarse en procesos sustentables de externación, y fueron las primeras en denunciar la falta de dispositivos sustitutivos al manicomio.
A nivel general, pese a lo establecido en el artículo 5 de la ley provincial 14.580, el Ministerio de Salud no elaboró un plan provincial de salud mental participativo, interdisciplinario e intersectorial. A partir del monitoreo, podemos afirmar que la falta de construcción de información se constituye como uno de los claros indicadores de la deficiencia en la planificación de la política pública en materia de salud mental.
Durante 2019 el total de personas internadas en los monovalentes fue de 1.785, según lo informado a la CPM por cada hospital; disminuyó la población internada con respecto al año 2018, cuando fue de 1.844. Sin embargo, es fundamental cruzar esta lectura con otros datos como externaciones, re-internaciones, derivaciones y fallecimientos. Del total de ingresos a los cuatro hospitales monovalentes (2.004), el 68% fueron re-internaciones. Como se destacó en el informe anterior respecto del hospital Cabred, el monovalente más grande de la Provincia, es evidente que las externaciones no son sustentables en tanto se realizan hacia un afuera que carece de redes de apoyo y dispositivos alternativos; esto redunda en un alto porcentaje de re-internaciones.
En 2019 se contabilizaron 150 personas fallecidas en el marco de internaciones por razones de salud mental. Esta es una cifra preliminar ya que, debido a la demora con la que se reciben las notificaciones de la SCJBA, se siguen sumando muertes (por ejemplo, en el informe anterior se informó un total de 176 fallecimientos ocurridos en 2018 y desde entonces hasta la fecha se sumaron otros 35). Esta situación implica que se dificulte la comparación interanual y, más allá de la comparación, es preocupante la falta de avance en este tema. Sigue sin darse cumplimiento a la resolución 15/2014 del Órgano de revisión de la ley nacional de salud mental (ORL) que insta a la investigación de cada muerte en plazos razonables e introduce el factor del encierro como potencial determinante. Dicha resolución también insta a que se indaguen las acciones y omisiones vinculadas a las condiciones de internación según el Protocolo de Estambul de la ONU.
Las cárceles mal llamadas psiquiátricas (Unidades 45 y 34) son espacios donde no se respetan los principios fundamentales de la ley nacional de salud mental. Allí se relevaron las mismas prácticas de tortura: aislamiento, sobremedicación, falta de seguimiento en los tratamientos farmacológicos, ausencia de estrategias interdisciplinarias de abordaje, entre otras. Al igual que en el resto de las cárceles, el acceso a la salud es mediado por el Servicio Penitenciario y la atención está a cargo de profesionales que respetan escasamente la ley de derechos del paciente y de salud mental, y prima la lógica de seguridad por sobre la de salud. Estos espacios no se encuentran preparados para abordar cuadros agudos ni para sostener tratamientos en personas con padecimientos crónicos. Además, en esas unidades se alojaban 143 personas sobreseídas que no debían estar encarceladas.
Es destacable que luego de un largo litigio, iniciado por la CPM en abril de 2018, en diciembre de 2019 se logró la clausura judicial definitiva del pabellón SAC de la Unidad 34. Se destacan, principalmente en los monovalentes públicos, mejoras de cierta envergadura en las condiciones materiales, en gran medida ordenadas por los magistrados que tienen a cargo las presentaciones colectivas realizadas por la CPM, pero claramente insuficientes ante lo prolongado de las internaciones por razones sociales o de vivienda. Hay que reconocer también las prácticas respetuosas de derechos y las experiencias de desmanicomialización, aunque sigan teniendo el carácter marginal, artesanal y autogestivo de hace décadas. No existió, en estos últimos años, una sola política pública financiada para dotarlas de recursos o ampliarlas, excepto el otorgamiento de un subsidio mínimo para apoyar la externación de pocos/as usuarios/as.
Sin políticas integrales de abordaje comunitario y de apoyo al cuidado, será muy difícil propiciar la externación sustentable de los espacios de encierro y cumplir con la ley nacional de salud mental que sostiene el cierre de los manicomios. Tampoco se pudieron constatar planes o lineamientos generales dotados de presupuesto con el objetivo de mejorar y ampliar el sistema sanitario deficiente. Es grave que la autoridad de aplicación de la ley 14.580 no haya dado pasos decididos para garantizar a los ciudadanos bonaerenses vivir, en 2020, en una provincia libre de espacios de encierro manicomial.
La insistencia en presentar este diagnóstico cada año, y en reiterar las razones que provocan las violaciones a los derechos humanos que denunciamos, alberga la esperanza de que por fin los gobiernos tomen la decisión de encarar otra orientación de la política criminal. Una política que se distancie de la matriz neoliberal que le dio cuerpo y curso para perpetuarse como forma indiscutible, naturalizada, y cuyo desmonte implica poner en tensión tesis enmarcadas en el sentido común, asentadas sobre ideas falsas, simplificaciones de problemas complejos, carencia de datos objetivos para el diseño de los planes de seguridad, sensaciones implantadas y reproducidas por los empresas que producen contenidos de comunicación, y por la expectativa de captar la adhesión electoral.
Sigue siendo una tarea pendiente que los gobiernos que se han distanciado del paradigma neoliberal abandonen la demagogia punitivista (propia de las derechas), y esperamos que pueda concretarse en este cambio de gestión. No desconocemos que es un desafío difícil: implica ir a contrapelo de este sentido común consolidado y encarar, desde una perspectiva democrática y garante de derechos, un camino sostenido como política de Estado en relación con las agencias estatales involucradas en asuntos de seguridad. El horizonte debe ser transformar las condiciones para reducir las posibilidades del delito de manera estructural. Si se insiste con la “mano dura”, seguirán repitiéndose las violaciones a los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad y en los lugares de encierro que, lejos de generar un efecto disuasorio como castigo correctivo, es uno de los elementos que provocan mayores niveles de violencia social e inseguridad y afectan a toda la sociedad.
Con esa preocupación, el contexto en que se presenta el XIV Informe está marcado por hechos que obligan a la nueva gestión a abordar este problema como parte central de su agenda de gobierno.
En el marco de las medidas sanitarias para afrontar la pandemia del COVID-19, que dictaron el aislamiento social obligatorio en todo el territorio, las fuerzas de seguridad asumieron por natural competencia la función de garantizar su cumplimiento. Y hubo intervenciones policiales violentas: desde hechos de hostigamiento y maltrato, detenciones arbitrarias y torturas, hasta muertes por uso letal de la fuerza.
Facundo Astudillo Castro fue visto con vida por última vez el 30 de abril de 2020 y, al cierre de este informe, continúa desaparecido. El caso de Facundo, un joven de Pedro Luro (partido de Villarino, provincia de Buenos Aires), se investiga como desaparición forzada. La hipótesis central apunta a la responsabilidad directa de la Policía bonaerense no sólo en el hecho sino en la trama del posible encubrimiento, donde también es preciso avanzar en la responsabilidad de la justicia. Si se confirma, esta responsabilidad pone de manifiesto de manera dramática el conjunto de problemas que atraviesa al sistema penal todo, y expresa con nitidez la matriz de funcionamiento del sistema de la crueldad.
Facundo es un joven de los sectores populares, trabajador, participante en actividades culturales, sociales y educativas de su comunidad, con conciencia de sus derechos. Entre sus actividades, participó durante varios años del programa Jóvenes y Memoria de la CPM. Es consciente también del estigma que pesa sobre jóvenes como él, constituidos en blancos privilegiados de la violencia policial.
Presentados como potenciales delincuentes ligados a la cuestión narco y a los robos, la narrativa punitivista los despoja de derechos. El “interés superior de la seguridad ciudadana de las personas de bien” los coloca en un plano inferior del estatus legal. Como veremos en este informe, son presas del sistema de la crueldad, desamparados en la desigualdad, estigmatizados en su condición, sospechados por actos potenciales. Son perseguidos por la policía y captados por el sistema penal, muchas veces antes de ser captados por los mercados ilegales. Convalidados como tales por la justicia, que no garantiza pleno derecho a la defensa y a un juicio justo, son sometidos a situaciones de castigo penal que no respetan bases mínimas de la vida humana en condiciones dignas. El cumplimiento de la condena nunca es el final de estas trayectorias marcadas por la violencia. El Estado los tiene bajo su custodia sin brindar ninguna herramienta para la reinserción social y, una vez en libertad, la reincidencia suele ser el destino. Esta confirmación, en lugar de poner en cuestión al sistema, es un argumento trillado, una profecía autocumplida para profundizar la desigualdad.
Esperamos que este informe aporte nuevos argumentos para avanzar en otra dirección; la realidad es incontrastable. Esperamos que lo sea para el conjunto de la sociedad y, sobre todo, para quienes tienen la obligación de garantizar el bien común. Tal como manda nuestra Constitución nacional: “afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres [mujeres y LGBITQ] del mundo que quieran habitar en el suelo argentino”.
También instamos al nutrido campo de las organizaciones sociales, sindicales y políticas a colocar este tema como parte de las agendas y demandas, en pos de impulsar todas las transformaciones que hagan falta para la plena vigencia de los derechos humanos del conjunto de nuestro pueblo.