El sistema de la crueldad XVII

Introducción

Sistema de la crueldad XVII

Introducción

SOBRE LA INTRODUCCIÓN

Introducción al Informe anual 2023 de la Comisión Provincial por la Memoria, el Sistema de la crueldad XVII, sobre el sistema de encierro y las políticas de seguridad, salud mental y niñeces en la provincia de Buenos Aires.

Introducción

Los 40 años de democracia ininterrumpida que se cumplen el 10 de diciembre de 2023 requieren de una profunda revisión de los logros y las deudas pendientes en materia de derechos humanos en nuestro país y, en particular, en la provincia de Buenos Aires.

Esta trayectoria se inscribe en un marco regional impactado de diversas maneras por procesos de violencia y violaciones masivas de los derechos humanos, que transformaron profundamente a las sociedades en un contexto global de reconfiguración del orden capitalista y de transformación del Estado.

En el cono sur, las democracias emergentes de estas experiencias se configuraron en torno a una ilusión común: la democracia sería el régimen capaz de garantizar la no repetición de las violencias del pasado, signado por las dictaduras militares que se implementaron en la década del ‘70.

En la Argentina, el Nunca Más fue un principio fundante del nuevo tiempo por venir. Nunca más a las dictaduras y golpes de Estado que caracterizaron la dinámica política del siglo XX en nuestro país. Nunca más al terrorismo de Estado, la desaparición de personas, la tortura, el exilio, es decir a las violaciones a las garantías y derechos elementales de las personas. Nunca más también a la violencia política y, más que eso, a intentar vías de transformación de la sociedad por fuera de la democracia y el respeto a la Constitución nacional.

El Nunca Más y la supremacía constitucional por encima de las fracciones de poder (como las Fuerzas Armadas que habían condicionado el pleno funcionamiento de la democracia) se dirimieron fundamentalmente en la escena judicial, cuyo sustento probatorio se proveyó en gran medida por la labor de la Comisión Nacional de Desaparición de Personas (CONADEP).

La justicia retroactiva, sostenida como vía de superación del pasado y garantía de no repetición, concentró buena parte de las expectativas. La posibilidad de sancionar penalmente a los máximos responsables de la dictadura militar, en procesos judiciales ajustados a derecho, daría cuenta de la posibilidad de dar vuelta la página de la historia, y dejar atrás una democracia siempre condicionada por el partido militar y sus aliados civiles, como los grandes grupos empresarios y de los agro negocios. Es decir, cambiar las reglas del juego y centrarlas básicamente en la nueva normatividad que debía cumplirse. Los pactos internacionales de derechos humanos de los sistemas de protección de Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA) se incorporaron al ordenamiento jurídico y se reconoció la competencia de la Corte Interamericana para juzgar las violaciones de derechos humanos.

La igualdad ante la ley garantizaría el camino hacia una mayor equidad social. En ese sentido, democracia significaba plena vigencia de los derechos humanos. En el nuevo tiempo el ideal superador las encontraba en el mismo horizonte: lo formal era la garantía de lo real. Una ilusión que también pretendía resolver la deuda social de la dictadura: la vía para la implantación de políticas regresivas en materia económica y social que dejó no sólo miles de víctimas de la violencia represiva del Estado sino también pobreza y desocupación.

Como decíamos, la escena judicial que sancionó penalmente a los máximos responsables del autodenominado “proceso de reorganización nacional” provocó en términos simbólicos y positivos que la buena nueva no sólo era un anuncio de los nuevos tiempos sino que expresaba, en términos reales, revertir por la fuerza de la ley y el derecho las relaciones de poder. Es decir, el ideal de una justicia que equilibrara la balanza, siempre inclinada por la desigualdad de armas entre débiles y poderosos, sustrayendo a los oprimidos de la mano de sus opresores. Lo formal tenía fuerza para transformar lo real.

Las víctimas, otrora señaladas como delincuentes subversivos, terroristas, apátridas, enemigos en una guerra librada en defensa de la nación, las buenas costumbres y los valores cristianos y occidentales, fueron restituidas como sujetos de derecho a través del testimonio transformado en prueba, es de decir en verdad jurídica indudable e indeleble.

La verdad jurídica, como también fue en términos narrativos el Informe Nunca Más presentado por la CONADEP, emancipó de sus victimarios a las víctimas que pudieron decirse a través de su palabra, sin la sujeción de la violencia atroz del centro clandestino y la tortura.

El llamado “paradigma punitivo” que dominó la escena de la transición a la democracia puso en la posibilidad del reproche penal buena parte de la expectativa de poder saldar las cuentas con el pasado, y dar vuelta la página.

Las políticas de memoria puestas en marcha se inscribieron allí, en reivindicar y poner en valor a la democracia como modo de convivencia y como forma de rearticular el pacto que nos restituía como comunidad nacional, quebrada en la “guerra salvadora” de los genocidas que exterminaron, en nombre de la nación, a quienes construyeron como “apátridas”, parias sin derechos.

La naciente democracia se inscribió en una nueva etapa del capitalismo que vino de la mano de la celebración de la democracia liberal como panacea de la promesa moderna, cuyo hito fue la derrota de las experiencias del socialismo real marcadas por dos acontecimientos: la caída del muro de Berlín y de la Unión Soviética.

Los años 90, cuando se ubica en Argentina lo que llamamos el “boom de la memoria”, fue también el tiempo donde se echó por tierra esa ilusión de que la democracia procedimental sostenida en la legalidad constitucional pondría límites a la violación a los derechos humanos y propendería a nuevas conquistas. La democracia se transformó entonces en un campo de disputa en torno a los proyectos de sociedad en curso. Las reformas neoliberales se pusieron en marcha en gobiernos elegidos democráticamente, y profundizaron aún más la brecha de la desigualdad y la injusticia social.

¿Cómo se fue articulando el campo de la memoria y los derechos humanos? En los periodos donde los gobiernos tuvieron una política activa de memoria y reparación de los daños producidos por los crímenes de la dictadura, como fueron los primeros años del gobierno de Alfonsín y los gobiernos kirchneristas, coincidieron con fuertes expectativas en cuanto a ampliación de derechos y democratización de la sociedad.

Si bien en ambos periodos se advierten avances significativos en materia de derechos (políticos sobre todo durante el gobierno de Alfonsín y sociales durante los gobiernos kirchneristas), no lograron superar la brecha de desigualdad que inauguró la dictadura.

Tampoco avanzaron en reformas estructurales sostenidas de las fuerzas de seguridad que terminaran con prácticas sistemáticas ilegales que aún hoy siguen vulnerando los derechos humanos de los sectores más pobres. La práctica sistemática de la tortura, lejos de erradicarse, adquirió modalidades diferentes a las de la dictadura, y se hicieron extensivas como modo de control y gobierno de los sectores de la población aún excluidos por el modelo de desarrollo.

Es decir, puede advertirse cierto desacople entre las políticas de memoria y la política criminal o de seguridad. Pues mientras las primeras se profundizan en gobiernos que sostienen con mayor énfasis el discurso de defensa de los derechos humanos, las segundas se mantienen inalteradas en una matriz claramente violatoria de los derechos de los sectores más vulnerados.

El fortalecimiento del estado penal, que gobierna a los que excluye por medio de la política criminal, es transversal a todos los gobiernos desde hace más de 25 años, más allá de algunos esfuerzos para transformarlo que no tuvieron continuidad. De ello damos cuenta año a año en nuestros Informes Anuales y lo reiteramos como una de las deudas pendientes más gravosas de nuestra democracia, que cumple 40 años.

La emergencia de los discursos anti derechos, con su componente negacionista sobre los crímenes de lesa humanidad, es resultado también de una democracia que legaliza la desigualdad, tolera y naturaliza la pobreza e indigencia, estigmatiza a los más vulnerados señalándolos como sospechosos, como se evidencia en la selectividad del sistema penal que patrulla a los pobres, los captura y los encierra como técnica de control y disciplinamiento.

El cuestionamiento de los derechos humanos como sustento y horizonte de la democracia coincide con la matriz ideológica de la mano dura, que admite el estado de excepción con los pobres que no merecen el acceso a derechos y reclama un punitivismo selectivo que no cuestiona los grandes delitos de los poderosos.

No basta con políticas de memoria como fuente de legitimación de una democracia apegada a derechos. El recuerdo del horror por sí mismo no garantiza la no repetición: sólo se logrará si se conecta con los horrores presentes, si muestra lo que no quiere verse, si hace escuchar las voces de las víctimas de hoy sistemáticamente negadas. Por ello estamos convencidos de que este informe (y todos los que hemos publicado en las últimas dos décadas) no solo son necesarios sino que también son justos, pues pretenden ir a contrapelo de lo que parece inmodificable, reconociendo esas voces, narrando sus padecimientos, sistematizando las dimensiones de la violencia que las atraviesa.

Frente a una derecha que amenaza, la respuesta no puede ser replicar y profundizar las políticas que los tranquilizan: más mano dura, más policía brava controlando los territorios, más encarcelamiento, más cárceles, mas tortura. La respuesta debe ser ampliar derechos, ampliar garantías, fortalecer políticas públicas que incluyan, igualen y generen posibilidades para todas/os.

Frente a las mafias que operan y organizan los mercados ilegales y que crecen entramadas con la policía, la política y la justicia, y a redes narcos que adquieren visibilidad pública por su violencia la respuesta no puede ser profundizar este camino, debe ser cambiar el rumbo.

Para eso es este nuevo Informe Anual -ya el número diecisiete- que la Comisión Provincial por la Memoria hace público en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por la ley nacional 26.827.

Durante el año 2022, la continuidad de la política criminal se expresó una vez más en el crecimiento de la población encarcelada y las tasas de prisionización, la persistencia de la práctica sistemática de la tortura en los lugares de encierro, el despliegue policial en los territorios y la continuidad de graves vulneraciones de derechos de niño/as. Sólo las políticas de salud mental escapan a este diagnóstico crítico.

La cantidad de personas detenidas en el sistema penal bonaerense aumentó de 54.107 en 2021 a 55.621 en 2022 llevando la tasa de encarcelamiento provincial de 306 a 311 detenidos cada 100.000 habitantes, lo que duplica la tasa mundial de prisionización de 152 personas cada 100.000 habitantes. En cárceles y alcaidías pasó de 46.456 a 48.046, en monitoreo electrónico de 3.206 a 3.627 y en comisarías bajó de 4.445 a 3.948.

Pese a la crítica situación que se analiza en este Informe Anual, el dato positivo a destacar en el marco de las políticas de seguridad es la disminución abrupta de la letalidad policial. Los casos registrados de uso letal de la fuerza en la provincia de Buenos Aires, bajaron de 130 a 90 entre 2021 y 2022, 40 casos menos que implican una baja sustancial del 31%.

De las 90 muertes ocurridas en territorio provincial, 53 fueron realizadas por agentes de policía bonaerense, diez menos que las 63 del año 2021. También las muertes a manos de policías federales bajaron de 21 a 11. Y los casos de muerte provocados por agentes de la Policía de CABA bajaron de 25 a 19 en igual período.

No es factible determinar si la disminución registrada corresponde a una reducción aleatoria o está dando cuenta de una transformación más estructural, lo que podrá ponderarse si se sostiene la baja, ya que ninguno de los ministerios de Seguridad publica información consolidada ni elabora informes analíticos o programas que aborden la cuestión.

Un elemento a tener en cuenta es el creciente juzgamiento de agentes policiales por casos de gatillo fácil o torturas, que en muchos casos provocaron condenas o incluso la realización de juicios que aunque terminaron en absoluciones tuvieron mucho impacto mediático y movilizaciones públicas reclamando justicia. Sólo con la intervención directa de la CPM se llevaron a cabo siete juicios orales y públicos, algunos por jurados, contra policías bonaerenses por casos de gatillo fácil o torturas en los últimos dos años; fueron condenados 22 policías y hubo 5 absueltos. En 2022, en los tres debates orales en que participó el organismo se lograron las condenas de los funcionarios policiales. Hubo dos por juicio técnico, el homicidio (gatillo fácil) de Matías Banuera (Departamento Judicial de Quilmes), más el homicidio por el uso letal del patrullero de Ulises Rial y Ezequiel Corbalán (Departamento Judicial de San Nicolás), y el tercero por juicio por jurados, el homicidio (gatillo fácil) de Lucas Verón (Departamento Judicial de La Matanza).

Sin embargo en líneas generales no se han modificado los aspectos que venimos advirtiendo en informes anteriores con relación a las condiciones de posibilidad que explican los casos de uso letal.

En 52 de los 90 casos la muerte se produjo en conflictos asociados a la sustracción de sus bienes personales. En 6 de cada 10 casos se produjeron con policías en actividad pero fuera de servicio, y 3 de cada 10 con policías en actividad y en servicio. La mayoría de las muertes (61) fueron provocadas por el arma de fuego reglamentaria.

Las muertes se distribuyeron en 30 municipios, la mayoría en 21 de los 24 municipios del conurbano: La Matanza, Merlo, Almirante Brown y Lomas de Zamora continúan reuniendo la mayor cantidad de muertes. Berazategui destaca por su descenso, pasando de 8 muertes en 2021 a ninguna registrada en 2022. Por primera vez desde la construcción de este registro (2016) ocurrieron hechos de uso letal de la fuerza en cinco municipios: Luján, Mercedes, Pergamino, Ramallo y San Vicente.

La cantidad de mujeres víctimas de letalidad policial fue la misma pese a la baja total pronunciada de casos: 7 en 2021 y 2022. En cuanto a los femicidios cometidos por agentes policiales se produjo una baja a dos femicidios y un femicidio vinculado contra siete femicidios y tres femicidios vinculados en el año 2021. La baja en los casos de menores de 18 años superó la baja general, pasando de 25 en 2021 a 9 en 2022.

Una muestra de que las detenciones policiales son para controlar los territorios más pobres habitados por los jóvenes morochos, que representan el estigma del delincuente construido como imaginario social, es que durante 2022 la policía aprehendió 222.145 personas de las cuales apenas 38.179 (17%) fueron privadas de su libertad por imputación judicial de un delito y de éstas sólo 18.920 (8%) ingresaron al Servicio Penitenciario Bonaerense con prisión preventiva o fueron condenadas por acreditarse en términos judiciales esa imputación. Estos porcentajes bajos dan cuenta que las detenciones no tienen por finalidad reprimir el delito sino gobernar ciertos territorios.

No obstante la continuidad de este patrón de funcionamiento policial, se destaca como positiva una disminución importante de las aprehensiones policiales que, sin considerar las particularidades de 2020 por la pandemia, pasaron de 279.744 en 2019 a las 222.145 actuales, 57.599 menos. A pesar de este descenso, las detenciones siguen sin cumplir con las salvaguardias legales y procesales (brindar información sobre derechos, un examen médico independiente, notificar a un tercero la detención y acceder a una defensa técnica), herramientas indispensables para la prevención y lucha contra la tortura.

La detención de personas durante uno o varios días en comisarías contribuye a las condiciones inhumanas de detención y hacinamiento extremo que persisten en estos lugares: a diciembre de 2022, en 1.265 camastros se alojaban 3.948 personas, lo que representaba un 212% de sobrepoblación. Estos valores representan una baja con relación a 2021 (232%), pero en mayo de 2023 ascendieron nuevamente a 238%.

Las comisarías continúan siendo lugares donde no se respetan los derechos elementales: 40% de los detenidos está en comisarías clausuradas por orden judicial y/o administrativa; persiste el incumplimiento de prohibir la aprehensión y detención de los grupos especialmente vulnerables (niños, niñas y adolescentes, personas enfermas, mujeres embarazadas y personas mayores de 65 años) y en casi todas hay sobrepoblación-hacinamiento e inhumanas condiciones de detención.

Durante 2022 murieron al menos 25 personas en comisarías bonaerenses, dos menos que en 2022, lo que representa una tasa de 5,8 muertes cada 1.000 personas detenidas. Las muertes informadas como presuntos ahorcamientos fueron 13, contra 8 de 2021. En la figura del suicidio muchas veces pretenden ocultar la responsabilidad policial en dicha muerte.

Un ejemplo de esto es el caso de Daiana Soledad Abregú, una joven asesinada en la comisaría de Laprida, cuyo homicidio se quiso hacer pasar como suicidio. Se organizó una gran cantidad de acciones y omisiones delictivas de parte de policías y una cobertura importante del Ministerio de Seguridad provincial y el fiscal interviniente, que no llevó a cabo una investigación adecuada, eficaz y diligente respetuosa de estándares internacionales previstos por organismos especializados en estos temas, pese a que el funcionario está designado a cargo de investigar los casos de violencia institucional.

El despliegue policial en el territorio se caracteriza por la práctica sistemática de la tortura y los malos tratos. La CPM intervino el año pasado en 502 casos que implicaron 982 prácticas ilegales. También se relevaron prácticas extendidas de corrupción. Este organismo registró y denunció 75 casos que involucran a 154 efectivos de las fuerzas de seguridad en 32 municipios. Los delitos cometidos fueron: narcocriminalidad, extorsión, robos, hurtos, secuestros extorsivos, encubrimiento, uso de autos robados, facilitación de fugas, exacciones ilegales, venta de espacios y bienes a personas detenidas en dependencias policiales, irregularidades en cobro de horas extras, allanamientos ilegales, tareas de inteligencia ilegal, fraguado o armado de causas, falsificación de documentos públicos, liberación de zonas. La diversidad de dependencias denunciadas, la extendida distribución territorial y temporal de las prácticas de corrupción policial relevadas, sumado a los casos graves que se registran con la participación de numerosos agentes, varios de ellos de jerarquía, dan cuenta de lo estructural y sistemático de estos delitos policiales.

En cuanto a las políticas penitenciarias, el aumento de 46.456 personas detenidas en diciembre de 2021 a 48.046 personas detenidas en cárceles y alcaidías un año después implica un crecimiento de la tasa general de prisionización, que pasó de 306 a 311 detenidos cada 100.000 habitantes. Mientras que la población de la provincia de Buenos Aires creció un 11% en los últimos 10 años, la cantidad de personas detenidas aumentó un 93%.

Las distintas gestiones de gobierno provincial desde el 1999 han asumido la política criminal vigente como la única posible. En este punto no están dispuestas a generar ningún debate sobre la irracionalidad de la política criminal ni a cambiarla, pese a que en mesas de diálogo o reuniones lo reconocen y asumen sus efectos. La provincia de Buenos Aires repite estrategias, errores y fracasos para resolver la sobrepoblación y hacinamiento en cárceles y comisarías. En los últimos 18 años tres ministros de Justicia abordaron el problema desde la misma óptica.

En 2005 el ministro de Justicia prometía resolver la cuestión del hacinamiento y la sobrepoblación construyendo ese año y el siguiente 9.680 plazas penitenciarias, de las cuales sólo se construyeron 2.760 plazas en esos años y otras 1.955 en 2007, totalizando 4.715 en toda la gestión.

Luego, en 2008, otro ministro de Justicia anunció con el mismo objetivo la construcción de dos cárceles, 15 alcaidías y 1.500 lugares en el programa casas por cárceles, de cuyas iniciativas sólo completó 1.932 plazas.

Por último el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la actual gestión también anunció la construcción de 12.000 nuevas plazas (11 alcaidías y 4 cárceles) de las cuales en tres años sólo se construyeron 2.886, menos del 25% de lo comprometido. El problema con esta res- puesta, a la luz de la experiencia histórica, es que a cada ampliación del sistema le siguió un incremento de personas encarceladas: entre 2001 y 2022 se crearon 12.769 plazas y la población detenida aumentó en 31.056 personas.

Está demostrado que construir cárceles no mejora las condiciones de detención sino que, por el contrario, eleva el piso de encarcelamiento. La ocupación siempre supera la capacidad. El problema principal no es la infraestructura carcelaria sino la política criminal que los tres poderes del Estado provincial se niegan a modificar.

Cabe recordar que la Provincia continúa incumpliendo con el fallo Verbitsky, dictado el 3 de mayo de 2005 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando revocó la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires (SCJBA) y ordenó a la Provincia el cese del agravamiento de las condiciones de detención instruyendo a los tribunales provinciales. La Suprema Corte provincial, obligada a intervenir, promovió una serie de iniciativas inocuas y cerró la causa en 2007. Apelada esta resolución, un nuevo fallo de la Corte nacional en 2021 revocó dicho cierre en mayo del 2021.

El 12 de julio de 2021 la SCBA convocó a una audiencia a todos los organismos involucrados en el tema. Luego de la primera audiencia se conformaron cuatro comisiones de trabajo coordinadas por funcionarios y relatores de la SCBA e integradas por los organismos participantes: Procuración General, Defensoría de Casación Penal, Consejo de Defensores, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Centro de Estudios Legales y Sociales, y CPM. Cada comisión tuvo a su cargo un tema y el mandato de alcanzar consensos básicos para requerir y recomendar medidas a la Corte. Se alcanzaron importantes acuerdos y recomendaciones que no fueron consideradas por el máximo tribunal provincial.

El 3 de mayo de 2022 (a un año de la reapertura de la causa y el día en que se cumplían 17 años del fallo Verbitsky) la SCBA dictó la resolución 502: asumió que “las condiciones generales que presenta la problemática enjuiciada no evolucionaron en un sentido positivo”, y que el estado de situación actual es “lesivo e inconstitucional” (considerandos III y IV). No obstante, su fuerza se diluyó en términos como “exhortar”, “encomendar”, “recordar”, “reiterar”, “solicitar”, “traer a colación”, “instar” o “evaluar la posibilidad”. La historia de estas exhortaciones es la historia de la inercia y morosidad judicial.

La única medida con carácter determinante fue crear una nueva estructura burocrática para el seguimiento del caso, la Autoridad del programa de cumplimiento de sentencia (APCS), pese a la escasa efectividad que había demostrado la estructura creada anteriormente en el marco del mismo fallo y con igual fin (la Subsecretaría de DDHH de la SCBA). En junio de 2022 el acuerdo 4.064 creó también el Observatorio participativo del programa de cumplimiento de sentencia, cuya integración y funciones fueron establecidas recién 10 meses después, en abril de 2023, mediante el acuerdo 4.102.

En los 15 años transcurridos, desde que la Suprema Corte provincial cerrara la causa en 2007 por considerar finalizada su intervención, hasta diciembre de 2022 -previa nueva orden de la Corte nacional de reabrirla-, la tasa de encarcelamiento provincial pasó de 175 a 311 cada 100 mil habitantes; la sobrepoblación en el SPB se incrementó de 29% a 109%; la sobrepoblación en comisarías registró un promedio interanual de 233%; en las cárceles bonaerenses murieron 2.157 personas (12 por mes) y en las comisarías se registraron al menos 215 muertes (casi dos por mes).

Como se verá en este informe, las instancias de articulación institucional que podrían vehiculizar transformaciones progresivas (centralmente las mesas de trabajo en el marco de la causa Verbitsky ante la SCBA, la causa sobre comisarías ante el Tribunal de Casación Penal o las mesas en torno a las medidas cautelares en trámite ante la CIDH) nunca alcanzan definiciones efectivas pese a coincidir en los diagnósticos.

El máximo tribunal provincial debió -y aún debe- adoptar decisiones urgentes, categóricas, adecuadas y efectivas para desandar esta crisis humanitaria provocada por la política criminal de la provincia de Buenos Aires, y garantizar el pleno cumplimiento de las leyes y las garantías constitucionales.

Mientras tanto, la tortura continúa siendo una práctica sistemática: con diferentes modalidades, intensidades y frecuencias se relevaron en todos los establecimientos del SPB, con una significativa incidencia de los ubicados lejos de los grandes aglomerados urbanos.

Durante 2022 los equipos de este MLPT realizaron 803 inspecciones a cárceles, alcaidías, neuropsiquiátricos y centros de jóvenes de la provincia de Buenos Aires, y 38.571 entrevistas o comunicaciones con personas detenidas, familiares, allegados, otros organismos estatales u organizaciones de la sociedad civil, muchas de ellas realizadas por las 11 organizaciones de familiares de personas detenidas y ex detenidos que integran el programa Punto Denuncia Tortura implementado por el organismo. En ese marco se registraron un total de 45.004 hechos de violaciones a los derechos humanos, incluyendo torturas, malos tratos, negación de acceso a la justicia y otras restricciones. Por estos hechos se realizaron 26.183 presentaciones judiciales individuales y 122 acciones colectivas.

Del total de hechos relevados de violaciones de derechos humanos, 32.023 (71%) corresponden a hechos de torturas y malos tratos: aislamiento, requisas violentas y vejatorias, afectación del vínculo familiar, malas condiciones materiales de alojamiento, agresiones físicas, traslados constantes o gravosos, agresión verbal o psicológica, falta o deficiente asistencia de la salud, robo de pertenencias. En el capítulo de Políticas Penitenciarias se desagrega y analiza cada categoría.

La vulneración de derechos más relevada fue la falta o deficiente acceso a la justicia como consecuencia de los obstáculos que enfrentan las víctimas para comunicarse y obtener audiencias con sus juzgados y defensorías, el desconocimiento de la situación procesal, el armado o fraguado de causas que ascendieron a 9.370 hechos, un 20,3% del total.

También se analizan estos hechos desde la tarea del Registro Nacional de Casos de Tortura y/o Malos Tratos (RNCT), integrado desde 2010 por la CPM, la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) y el Grupo de estudios sobre sistema penal y derechos humanos (Gespydh) del Instituto de Investigaciones Gino Germani (UBA). El marco conceptual y metodológico del RNCT amplifica las posibilidades de conocimiento de la tortura penitenciaria: primero, partiendo de un concepto amplio que contiene las dimensiones pertinentes que dan cuenta, de manera rigurosa, del conjunto de padecimientos que el sistema penitenciario genera sobre las personas privadas de su libertad; segundo, registrando por cada víctima todos los hechos combinados que se comuniquen; tercero, incorporando hechos independientemente de su denuncia judicial.

La formulación de un concepto amplio y dinámico (construido desde la palabra de las víctimas en casi 20 años de monitoreo de lugares de encierro) extendió el horizonte de interpretación de este fenómeno, reflejando así las distintas formas de violencia que experimentan las personas detenidas. Como marco conceptual construido a partir de investigaciones rigurosas y periódicas, esta multidimensionalidad permite entender la tortura como parte de la gobernabilidad penitenciaria. En ese sentido, se registran tanto prácticas violentas de tipo estructural y extendido como otras selectivas y direccionadas de mayor o menor nivel de intensidad, y desplegadas por períodos temporales variables que van de unos pocos minutos a jornadas enteras.

De los casos abordados por la CPM durante 2022 se seleccionó una muestra intencional de 470 casos que pasaron a formar parte de la base anual del RNCT y que permiten individualizar 2.163 hechos de tortura. Esta muestra permite una descripción más detallada de los casos para comprender de manera más densa y profunda el fenómeno de la tortura a los efectos de aportar mejores elementos analíticos.

Año a año, el relevamiento de los equipos del MLPT y el análisis de casos del RNCT confirman el carácter sistemático, generalizado y multidimensional de la tortura penitenciaria, sus consecuencias en términos de derechos humanos y su funcionalidad para sostener el gobierno de la población encarcelada.

El desarrollo de recorridos institucionales en el registro de los hechos de torturas, el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad y el activismo en derechos humanos lograron en Argentina la aceptación de un concepto amplio de torturas, en el sentido previsto en la definición de la Convención interamericana para prevenir y sancionar la tortura. No obstante, algunos actores institucionales han iniciado un debate acerca del alcance de este concepto, planteando la necesidad de restringir los hechos que deben nominarse de esta manera. Para la historia de lucha contra la tortura en nuestro país y los avances mencionados, registrar de manera restringida la tortura es regresivo e invisibiliza esta realidad crítica.

Vinculado con esta forma de gobierno penitenciario, otro dato relevante lo constituye la cantidad de personas fallecidas bajo custodia penitenciaria que aumentaron de 242 a 244 casos entre 2021 y 2022. Si bien disminuyó la cantidad de fallecimientos en cárceles y alcaidías, de 200 en 2021 a 188 en 2022 (-12), aumentaron la de fallecimientos de detenidos con monitoreo electrónico, de 42 a 56 (+14). La tasa de muertes en cárceles y alcaidías bajó de 4,5 a 4 de cada 1.000 detenidos, ascendiendo de 13,1 a 15,4 cada 1.000 detenidos entre quienes cumplían arresto domiciliario con monitoreo electrónico. Existe una relación directa entre ambos tipos de muerte, considerando que una parte de los fallecimientos en detención domiciliaria se producen luego de una estadía en la cárcel que genera o agrava las causas de muerte. Recién luego del agravamiento de los cuadros y los pedidos reiterados de este organismo o sus defensores se concede el arresto domiciliario.

De las 188 muertes ocurridas en cárceles y alcaidías, 162 fueron por problemas de salud no asistidos de manera adecuada, 20 por suicidio, 5 por homicidio y una por accidente. Las restantes 56, ocurridas en arresto domiciliario por monitoreo electrónico, fueron por problemas de salud. Este año aumentó exponencialmente la participación de mujeres en el total de muertes, pasó de 1% a 4,3%, y de las personas trans que pasó de 0,5% a 1,6%.

El funcionamiento deficiente de la Dirección de Salud Penitenciaria sigue siendo responsable principal de muertes que podrían evitarse. Y persiste la decisión política de no pasar esta estructura de la órbita actual del Ministerio de Justicia a la del Ministerio de Salud provincial, consolidando así una clara desigualdad en la atención sanitaria de las personas detenidas. La implementación de los CAS (hospitales móviles instalados dentro de los complejos penitenciarios pero fuera de las unidades) es la gran incoherencia del sistema: en lugar de mejorar, agregaron un nuevo nivel de restricción al acceso a la atención: los/as detenidos/as tienen más dificultades para llegar a la atención médica y, cuando lo consiguen, en la mayoría de los casos no hay profesionales que atiendan. A la mediación penitenciaria arbitraria para salir del pabellón y lograr la atención se suma las dificultades burocráticas para salir de la Unidad hasta el CAS, ya que hay que designar una comisión penitenciaria que acompañe y una ambulancia o móvil, que son escasos. Más difícil aun es que se cumpla con la atención o tratamientos especializados extra muros. Tampoco existe atención de la salud mental: no hay tratamientos psicológicos adecuados y acceder a una atención psiquiátrica adecuada es una misión imposible. Así, la tasa de suicidios ascendió a 4,2 cada 10.000 personas detenidas, una cifra muy superior a la tasa provincial (0,5 víctimas cada 10.000 personas) y a la tasa nacional (0,1 víctimas cada 10.000 personas).

En 2022 murieron 5 personas por homicidio, de 40 años promedio; se registró por primera vez una mujer víctima de homicidio. La tasa de homicidios en el sistema penitenciario ascendió a 1,1 de cada 10.000 personas contra 0,4 en la provincia de Buenos Aires y 0,5 del país. Morir asesinado o por suicidio es más frecuente dentro que fuera de los muros. Este tipo de muerte es parte de la delegación de la violencia del SPB en las personas detenidas y de habilitación del uso y circulación de armas blancas, y el Estado es responsable directo.

En la cárcel la corrupción penitenciaria también es sistemática y estructural. A lo largo del año 2022 fueron denunciados por este organismo 61 casos de corrupción penitenciaria: comercialización de espacios y bienes, extorsión, narcocriminalidad, violencia física, estafas, robo de pertenencias, etc. Durante la actual gestión de gobierno, la Auditoría de Asuntos Internos implementó una política activa en materia de investigación incrementando la cantidad de sumarios tramitados entre 2020 (449) y 2021 (584), con una leve disminución durante el año 2022 (534). En el período diciembre 2021 / abril 2023 hay 1308 sumarios en trámite, 102 sumarios archivados, 11 sumarios vinculados a hechos de Salud Penitenciaria, 183 agentes penitenciarios sumariados, 77 agentes con pase a disponibilidad, 7 destituidos, 5 sanciones, 6 sobreseimientos y un expediente en Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia en trámite.

Para las mujeres cis y personas del colectivo LGTBIQ+ la cárcel produce impactos diferenciales porque es un lugar pensado y estructurado para alojar varones. Las violencias y vulneraciones de derechos inherentes al sistema carcelario, sumadas al tratamiento desigual de funcionarios/as judiciales y penitenciarios/as reproducen la violencia patriarcal y heterocisexista imperante. La mayoría es encarcelada por infracciones a la ley de estupefacientes (43% de las mujeres y 45 % de personas trans y travestis, contra el 13% de varones), demostrando que la política criminal que proclama la lucha contra el narcotráfico se limita a perseguir sólo al eslabón más débil del mercado ilegal. Su participación se debe contextualizar en la situación vulnerable en la que se encuentran: la pobreza y la exclusión del mercado laboral, atravesadas por la desigualdad y las violencias patriarcales (según el SNEEP, en 2021 el 47% de las mujeres cis y el 81% de las personas trans y travestis estaba desocupadas previo a su detención).

Al finalizar el 2022, había 2.655 mujeres y 106 personas trans y travestis detenidas en el SPB, el 5% del total de la población detenida. La cantidad de mujeres cis y personas trans y travestis detenidas aumentó en un 10% respecto de 2021, mientras que la población de varones detenidos creció en un 4% de un año al otro. La población de mujeres cis registra un ascenso sostenido creciendo más de 3 veces en los últimos 20 años: aumentó un 335%, pasando de 611 en 2003 a 2.655 mujeres presas en 2022.

En cuanto a la población trans y travesti se asume la existencia de un subregistro en los datos oficiales remitidos ya que, a partir de las tareas de monitoreo, se ha tomado conocimiento de personas cuya identidad de género autopercibida no se respeta. En los últimos años la población pasó de 101 en 2019 a 112 en 2021 y 106 en 2022.

Un problema histórico del sistema carcelario bonaerense es que la mayoría de las personas están presas sin condena firme. La sistematicidad del uso extendido de la prisión preventiva se profundiza al analizar según género perjudicando de modo diferencial a mujeres, trans y travestis, como se ha denunciado en informes previos. Casi el 60% de las mujeres cis y más del 80% de las personas trans y travestis se encontraban detenidas siendo inocentes para la justicia; en caso de los varones era casi un 50 %.

El aumento del encarcelamiento provoca cárceles sobrepobladas con condiciones de detención que vulneran los derechos de las personas detenidas. Para las mujeres cis y personas trans y travestis el sistema carcelario destina 20 de 66 lugares de encierro. Las mujeres son encarceladas en 15 unidades penales y una alcaidía departamental que tienen un cupo estipulado para 1.077 personas. Esto significa que en 2022 la sobrepoblación de mujeres en las cárceles bonaerenses fue del 66% contra el 60 % del año anterior.

El rol que el orden patriarcal impone a las mujeres involucra la responsabilidad del cuidado de sus hijos, hijas y familiares; rol que se sigue ejerciendo desde el encierro. Al finalizar el 2022 el SPB alojaba 25 mujeres embarazadas y 25 detenidas junto a sus hijos o hijas. Según los últimos datos disponibles, el 56% de la población trans y travesti en el SPB era extranjera; mientras que, para la población de varones y de mujeres, esa proporción era del 5% y 6% respectivamente. Las personas extranjeras en el encierro están en una posición más adversa por no contar con visitas y/o personas que puedan acercarles alimentos, productos de higiene o medicamentos no provistos por el SPB. A su vez, encuentran mayores dificultades para acceder a derechos procesales, como el arresto domiciliario. Estos datos además deben pensarse en el contexto de una política criminal transodiante y xenófoba que criminaliza, persigue y castiga especialmente a trans y travestis extranjeras.

En cuanto a las políticas de niñez, tanto en el sistema de promoción y protección de derechos (SPPD) como el sistema de responsabilidad juvenil (SRPJ) se relevaron vulneraciones de derechos producto de la falta de políticas integrales destinadas a efectivizar derechos.

En diciembre de 2022 había 3.922 niños, niñas y jóvenes (NNyJ) institucionalizados y durante todo el año el sistema de promoción y protección de derechos abordó 68.020 casos. Durante 2022 la mayoría de los egresos se producen porque el SPPD entiende que las intervenciones derivaron en la restitución de derechos (34,2%); el 28,9% es por “abandono unilateral de medida” y los egresos por “guarda preadoptiva” acumulan el 24,9% de los casos. Esta última medida se produce muchas veces sin agotar previamente la posibilidad de que los/as niños/as vuelvan a su hogar.

La Comisión por la Memoria monitoreó 15 dispositivos convivenciales, y se abordaron 170 situaciones (muchas que involucran a grupos de hermanos y hermanas), donde se relevaron y denunciaron casos de torturas y malos tratos por parte de operadores de las instituciones. NNyJ que sufrieron violencia en su grupo familiar fueron nuevamente victimizados por el SPPD que debe velar por su cuidado.

El monitoreo dio cuenta de los problemas estructurales de las políticas de niñez en la provincia de Buenos Aires, la falta de un proyecto que respete y garantice derechos de NNyJ, y la ausencia total de control judicial de los magistrados que dispusieron las medidas de protección de derechos y de las asesorías de incapaces intervinientes o representantes tutelares. La gran mayoría de los juzgados de Familia no concurre a los dispositivos convivenciales: no conocen los lugares donde están niños o niñas alojados por medidas de protección que ordenaron.

En cuanto al sistema de responsabilidad penal juvenil, desde 2006 la CPM denuncia la carcelización de un sistema que reproduce patrones propios de la penalidad más dura de adultos. Las medidas impuestas a NNyJ responden a los fundamentos de la justicia retributiva: el sufrimiento se impone como castigo para compensar a las víctimas. No hay dispositivos que trabajen de manera adecuada desde una perspectiva de restitución de derechos, creación de oportunidades o reeducación. La justicia juvenil resuelve las causas condenando mediante el juicio abreviado extorsivo, utilizado en el 92% de los casos.

La privación de libertad en instituciones de régimen cerrado es la medida judicial que se ordena para el 83% de los ingresos. En diciembre de 2022 había alojados 589 jóvenes privados de la libertad: 490 en regímenes cerrados y 99 con la libertad restringida en regímenes de semilibertad. Además ingresaron 109 niños/as no punibles, 13 % del total de ingresos. Por otra parte, 41 jóvenes fueron derivados durante el año al Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) y 40 a instituciones de salud mental. Estas derivaciones son la forma de resolución de los conflictos que se producen por reclamos de derechos de parte de los pibes. Frente a las protestas, el traslado.

Durante 2022 se realizaron 53 inspecciones de monitoreo general y seguimiento de situaciones individuales y colectivas en establecimientos penales. Las violaciones de derechos humanos que se relevaron fueron: requisas corporales vejatorias y humillantes, golpes, aislamiento, insultos, amenazas y traslados compulsivos. Se suman falta de talleres de formación y de certificación para el desempeño laboral que contemplen los intereses de jóvenes, obstaculización de los vínculos familiares y sexo-afectivos, implementación desigual del protocolo para el uso de teléfonos celulares y/u otros dispositivos tecnológicos, y deficiente conectividad a internet, saldada por las familias de jóvenes.

En los centros penales del OPNyA se aplica el aislamiento como régimen cotidiano: los jóvenes permanecen encerrados entre 18 y 36 horas. En los centros se aísla para evitar conflictos, para sancionar cuando hubo un conflicto, para adaptar a quienes ingresan, para resguardar jóvenes que tuvieron tentativa de suicidio o autolesiones. No existe otra forma de gestionar estas situaciones: recortan derechos con el aislamiento, que facilita la vigilancia con menos recursos y menos trabajo.

El aislamiento y la restricción de derechos son hechos de tortura graves que no deben aplicarse en ninguna circunstancia. Sin embargo, la principal medida de sanción en los centros penales juveniles es el aislamiento de entre uno y 15 días, la misma modalidad que se utiliza en cárceles de adultos. Detectamos este tipo de práctica cotidiana en 9 de los centros inspeccionados.

La asistencia de la salud mental es inexistente. En ambos sistemas (SPPD y SRPJ) observamos que los NNyJ presentan cuadros de gran angustia que muchas veces se manifiestan en autolesiones, intentos de suicidio y, en el caso más extremo, suicidios consumados.

Entre enero y diciembre del 2022 en el sistema de responsabilidad penal juvenil hubo 62 activaciones del protocolo de suicidio, que en 15 casos correspondieron a autolesiones y/o intentos de suicidio. Como se viene mencionando, en estos dispositivos de encierro las autolesiones y suicidios son un problema que acontece con regularidad. En el monitoreo se observa que no hay diagnóstico y dimensión de los padecimientos de salud mental de los/as jóvenes.

No contamos con esta información para el caso de los dispositivos convivenciales del SPPD. Sin embargo, a partir del monitoreo se relevó falta de previsión y prevención reflejada en la inexistencia de pautas y protocolos de actuación para abordar situaciones de angustia y crisis subjetivas, además de desconocimiento de las herramientas ya existentes, como el protocolo de prevención del suicidio adolescente. Los relatos de NNyJ coinciden en señalar que más que brindar contención las respuestas institucionales apuntan a controlar y castigar las manifestaciones de angustia. Al momento de articular con instituciones de salud, se encuentran con la dificultad de que no hay profesionales idóneos para trabajar con NNyJ o que los turnos en el sistema público de salud se demoran mucho.

En el año 2022 se produjo el fallecimiento de Alex Fleitas, detenido en el Centro de Recepción Malvinas Argentinas (CRMA), murió por asfixia luego de agonizar durante meses, como consecuencia del humo inhalado al prenderse fuego su celda. De manera deliberada los custodios del centro no le brindaron asistencia a tiempo, demorando la apertura de la celda por “razones de seguridad”. En diciembre del 2022 murió Ezequiel Romano, un niño alojado en el Hogar San Patricio por haberse broncoaspirado en el desayuno que compartía con el resto de los/ as niños/as del hogar. Si bien recibió atención médica en el hospital no lograron salvarle la vida. Al menos 8 jóvenes más murieron durante el año en instituciones de cuidado del sistema de promoción y protección de derechos.

En las políticas de salud mental, a 10 años de la adhesión de la provincia de Buenos Aires a la ley 14.580 de Salud Mental, se destacan algunos avances del Estado provincial en la elaboración de recursos, pautas y guías de abordaje; la constitución de mesas intersectoriales y la presentación de un registro único provincial de establecimientos de salud (RUPES), que contempla las instituciones habilitadas en el ámbito privado.

No obstante hay deudas que siguen pendientes: las unidades penitenciarias neuropsiquiátricas no han sido incluidas en el plan provincial sexagenal; en los hospitales neuropsiquiátricos monovalentes públicos se siguen constatando lógicas manicomiales y vulneraciones de derechos; respecto al área de consumo problemático y/o adicciones el sector privado cubre el vacío estatal, ausencia que lleva a una total discrecionalidad de las instituciones privadas. En el encierro prima la lógica de seguridad por sobre el criterio sanitario; la intervención de fuerzas de seguridad en la vía pública, en situaciones que involucran a personas con padecimiento mental, muestra falta de formación y perspectiva para reconocer una crisis subjetiva y dar intervención al sistema de salud.

Como dato positivo señalamos que la cantidad de personas internadas en los cuatro hospitales monovalentes de la Provincia disminuyó un 9% respecto de 2021. Sin embargo, las cifras indican que las externaciones no son tan efectivas: de 999 ingresos, el 56% (557) fueron reinternaciones. Esto da cuenta de las dificultades y de la necesidad de fortalecer los dispositivos comunitarios intermedios para sostener un tratamiento ambulatorio y de recursos en los dispositivos existentes.

Además se identificaron servicios de internación sobrepasados en su capacidad, con hacinamiento, personal insuficiente, sometimiento a régimen de aislamiento, aplicación de sujeción mecánica sin regulación ni control, condiciones materiales indignas, sobremedicación y prolongación de internaciones por razones sociales. Muchas comunidades terapéuticas son ámbitos donde se registran graves violaciones de derechos humanos sin control estatal adecuado y efectivo.

Durante el año, se monitorearon cinco comunidades terapéuticas donde se constataron que estas prácticas son comunes y estructurales. El control del Estado era nulo o mínimo y la articulación escasa o inexistente. Muchas internaciones son irregulares o directamente ilegales, y constituyen secuestros y privaciones ilegales de la libertad. El modelo de abordaje es un sistema de lógica disciplinaria de premios y castigos que a veces se constituye como justificación de la vulneración de derechos. No sólo no se adecúa a la LNSM, además se incumple en todos los casos con la ley nacional 26.529 que regula la confección de historias clínicas y el consentimiento informado. En estos lugares se relevaron además condiciones materiales riesgosas, prácticas sistemáticas de violencia, aislamiento, malos tratos y hasta casos de abuso sexual. La puesta en marcha del registro único es una iniciativa positiva que debe fortalecerse con recursos destinados al control territorial de los dispositivos.

En las dos cárceles neuropsiquiátricas, designadas como “institutos neuropsiquiátricos de seguridad”, no hay dirección, coordinación ni presencia del Ministerio de Salud; por ende están disociadas y desconectadas del sistema público y no fueron incluidas en el plan provincial sexagenal de salud mental. No se adecúan a la LNSM e incluso alojan a personas sobreseídas, el 22% de los detenidos en el caso de la Unidad Penitenciara 34. En esta unidad, a diciembre de 2022, se registraba un 48% de sobrepoblación y había una médica/o cada 32 personas detenidas y una psicóloga/o cada 58 personas detenidas. En la Unidad 45 de mujeres se relevó una muerte en el sector de aislamiento y falta de abordaje de situaciones de violencia entre detenidas (la única estrategia del personal es el aislamiento).

Se comprobó que se siguen aplicando prácticas de tortura en las dos unidades: sujeción mecánica gravosa, sobremedicación y aislamiento. Las personas no reciben información sobre la medicación que les suministran (básicamente por medio de inyectables y bajo coacción), los profesionales de la salud no recorren los pabellones y todo se agrava por las condiciones materiales inhumanas de detención.

Las unidades denominadas “neuropsiquiátricas” reproducen la lógica de seguridad, control y vigilancia del resto de las cárceles, profundizan el padecimiento mental y aumentan la desafiliación social. Lo mismo pasa en las unidades que dicen abordar los consumos problemáticos y adicciones: no cumplen con lo planteado discursivamente como objetivo institucional ni se adecuan a la normativa vigente.

Durante 2022 se registraron 171 muertes de personas internadas por razones de salud mental en instituciones públicas o privadas. El 75% (117) se produjeron en el sector público; la mayor cantidad, un 33%, se concentra en hospitales públicos monovalentes (57) y existe una grave falencia en el registro de la causa de las muertes, sobre todo en el sector privado.

La cárcel 34 de Melchor Romero es la que mayor cantidad de suicidios registra en los últimos 7 años. Cuando una persona con padecimiento mental manifiesta indicios de riesgo cierto e inminente, el primer actor estatal en arribar suelen ser agentes de las fuerzas de seguridad. La lógica securitaria de esa intervención se evidencia posteriormente en comisarías y cárceles con cuadros agudos que se agravan por la falta de abordaje integral o asistencia adecuada.

Frente al cuadro descripto, es necesario remarcar la importancia de contar con un poder judicial que cumpla con su función de control efectivo sobre los poderes públicos y garantice el cumplimiento de los derechos humanos. La trama institucional que debe revertirse está integrada por: la falta de celeridad o de medidas adecuadas en respuesta a los graves hechos perpetrados por agentes estatales, la persistencia de fuertes carencias de perspectiva de derechos humanos, la falta de garantías a las víctimas para acceder a la verdad o la justicia, y los comportamientos autoritarios y elitistas de funcionarios/as judiciales que muchas veces se reflejan en malos tratos, desidia y falta de empatía hacia quienes padecen graves violaciones de derechos humanos.

La crisis institucional del sistema de justicia provincial (y también nacional) requiere cambios en los mecanismos de selección y designación de los jueces y funcionarios judiciales o sistemas de remoción que incorporen la participación ciudadana directa, mecanismos disciplinarios ágiles y transparentes e instancias parlamentarias y ciudadanas de seguimiento del funcionamiento judicial. También sería importante establecer como requisito para la designación de jueces, juezas, funcionarios y funcionarias judiciales la formación en derechos humanos y la demostración de un acabado compromiso de las y los postulantes.

La CPM impulsa actualmente varias denuncias (aún en trámite) a jueces y fiscales provinciales y federales ante diferentes órganos disciplinarios, la mayoría con escaso avance:

  • Funcionarios de la justicia provincial: fiscal Juan Pablo Tahtagian del Departamento Judicial de La Matanza, fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta del Departamento Judicial La Plata, fiscal general Fabián Uriel Fernández Garello del Departamento Judicial de Mar del Plata, fiscal general Sebastián Scalera y fiscales Pablo Rossi y Sebastián Bisquert del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, jueza de Ejecución Marcela Otermín del Departamento Judicial de Mercedes.
  • Funcionarios de la justicia federal: fiscal federal Santiago Ulpiano Martínez de Bahía Blanca y jueza federal María Gabriela Marrón de Bahía Blanca.

La causa contra el fiscal Claudio Scapolán, del Departamento Judicial San Isidro, avanzó en 2022 y fue destituido este año, 2023, por la causal de mal desempeño.

La agenda de temas pendientes es vasta, y va desde el funcionamiento arbitrario e irregular de algunas jurisdicciones del Ministerio Público Fiscal hasta la persecución a jueces independientes, la injerencia ilegal de agentes de inteligencia en causas provinciales y el armado o fraguado de causas.

Debemos insistir con el bajo estándar investigativo general que se profundiza cuando se trata de casos de violencia estatal o institucional. En los datos emanados de órganos del propio poder judicial se observa que las fiscalías especializadas en materia de violencia institucional, ordenadas mediante ley provincial 14.687, siguen siendo muy escasas: apenas 3 fiscalías especiales y 5 ayudantías fiscales (órganos de menor jerarquía) que abarcan 6 departamentos judiciales sobre el total de 20 (muchos de extensos territorios y/o con alcance a poblaciones muy numerosas).

Tampoco se observan acciones tendientes a resolver problemas medulares de la administración de la justicia penal, como la creación de la policía judicial: un cuerpo de funcionarios judiciales que asuman la investigación de manera profesional desplazando a la policía bonaerense que oficia hoy como instructora. Ya la ley 15.005, reformada luego por la ley 15.023, afirmó que el sentido del cuerpo es transparentar y mejorar esta tarea, hoy signada por la regulación territorial del delito por la policía, el armado o fraguado de causas y el escaso profesionalismo de las fuerzas para llevarlas adelante.

El incumplimiento reiterado de las leyes mencionadas (creación de la policía judicial y las fiscalías especializadas para investigar la violencia institucional además de la ley 14.442 que avanza en otorgar autonomía a la defensa pública y que este año cumple 10 años de incumplimiento), alerta sobre la debilidad institucional de la provincia de Buenos Aires y la degradación de los principios republicanos de gobierno. Son responsables los tres poderes estatales, pero centralmente el Procurador General de la Provincia y la Suprema Corte provincial. Si las máximas autoridades judiciales incumplen abiertamente las leyes vigentes sin ninguna consecuencia, poco se puede exigir al resto de la sociedad.

Pese a lo abrumador que pueda parecer el cuadro de situación presentado, lejos está de ser imposible de transformar. Se requieren decisiones políticas sostenidas en un amplio consenso, del mismo tipo que el obtenido con el manodurismo impuesto en los últimos 25 años.

El actual sistema no sólo no resuelve los problemas y produce graves violaciones a los derechos humanos sino que consume buena parte de los recursos financieros del Estado de manera ineficaz y onerosa. Estos mismos recursos invertidos en políticas sociales orientadas sobre todo a niños/s y jóvenes, los más castigados por el sistema de la crueldad, no sólo fortalecen la justicia social sino que sería útil para prevenir y luchar contra la violencia y el delito. En cualquier gobierno democrático deben ser prioritarias las políticas de asistencia a la salud mental, a los consumos problemáticos, y a la atención de las familias vulneradas por una pobreza estructural de décadas.

La memoria de aquellas ilusiones que colmaban las plazas y las calles en la renacida democracia de 1983 debe ser un aliento que nos lleve a retomar como sociedad la idea que casi nadie discutía: que la democracia se basa en la plena vigencia de los derechos humanos.

Aquí radica la lucha para que los horrores de ayer no se repitan: construir un país que garantice la educación, la salud, el trabajo, la vivienda, el goce de la vida y de un ambiente sano. Un país que incluya a todos y todas, que permita construir un proyecto vital pensando en el futuro.

Un país que abandone los paradigmas securitarios sesgados que tienen como proyecto prioritario garantizar la seguridad de bienes, objetos y algunas vidas sin importar los excluidos de nuestra sociedad. Este último, sustentado en la desigualdad, el odio o la indiferencia, sólo puede sostenerse desde la violencia estatal extrema.

Esta idea nos lleva a lo peor del pasado, a menos democracia y a nuevos autoritarismos. A 40 años de democracia esta disyuntiva es el gran desafío de nuestra sociedad.

Acciones del Mecanismo Local de Prevención de la Tortura en 2022

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inspecciones
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casos de violencia policial en donde se intervino
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denuncias de corrupción policial o penitenciaria
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