Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la
Provincia de Buenos Aires (Ley Nacional 26.827)

La sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió, por mayoría, anular la prisión domiciliaria otorgada al genocida Miguel Etchecolatz. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) valora este pronunciamiento que hace lugar al justo reclamo de las víctimas del terrorismo de Estado, de los vecinos de Mar del Plata y de toda la sociedad argentina que, desde el retorno de la democracia, ha luchado por juzgar y condenar a los responsables de los delitos de lesa humanidad. Este es el camino que la justicia argentina debe seguir para acabar con la impunidad. El genocida vuelve a su única casa: la cárcel.

La sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de los magistrados Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, hizo lugar a los recursos de casación interpuesto por las querellas y el Ministerio Publico Fiscal (MPF) contra la prisión domiciliaria otorgada por el TOF 6 en el juicio Puente 12. Los camaristas justificaron su decisión en la obligación internacional que el Estado tiene en materia de juzgamiento y condena de los delitos de lesa humanidad.

En sus consideraciones, los jueces sostuvieron que el fallo precedente tenía una “irrazonable y arbitraria valoración de los exámenes médicos”. Este mismo punto había sido observado por las querellas y el MPF en el recurso de casación donde advirtieron sobre las irregularidades respecto de los informes médicos producidos por el Servicio Penitenciario Federal. En ese sentido, el voto de la mayoría de la Cámara sostiene que “los controles que exige el estado de salud de Etchecolatz pueden ser efectuados en su lugar de detención”.

La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), que participó de la audiencia realizada ayer en la Cámara y que se había presentado como amicus curiae ante el TOF 1 de La Plata, considera que la revocación de la prisión domiciliaria hace justicia a los legítimos reclamos de las víctimas del terrorismo de Estado. El otorgamiento de morigeraciones de la pena para los perpetradores de los crímenes más aberrantes de la historia argentina constituye una revictimización de las víctimas y consagra la impunidad. En este caso, la movilización de los vecinos del Bosque Peralta Ramos Mar del Plata fue un factor importante para demostrar como estas resoluciones afectan a la sociedad en su conjunto.

Al mismo tiempo, la CPM destaca que esta decisión guarda coherencia no sólo con las obligaciones del Estado frente al sistema internacional de derechos humanos sino también con la propia jurisprudencia de los tribunales argentinos.

La revocación de la prisión domiciliaria viene a salvar un fallo que consagraba la impunidad; como sostuvo la Comisión desde el primer momento, el otorgamiento de estas medidas para los genocidas contradice la histórica lucha del pueblo argentino por verdad y justicia. La domiciliaria es impunidad como así también lo es la demora en los juicios de lesa humanidad que aún hoy, a casi 35 años del retorno de la democracia, faltan realizarse. Esa misma demora en la condena de estos crímenes permitió a genocidas pasar más de 20 años en libertad.

La decisión de la Cámara Federal de Casación Penal sigue los principios de memoria, verdad y justicia que nos honran como sociedad. Ese es el camino que deben continuar los jueces y fiscales en el juzgamiento y condena de los crímenes de lesa humanidad.

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