Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la
Provincia de Buenos Aires (Ley Nacional 26.827)

La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) acompañó una nueva jornada de protesta de la campaña nacional “Migrar no es delito” por la anulación definitiva del decreto de necesidad y urgencia 70/2017 que, recientemente, la sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró inconstitucional. En su resolución, los jueces advirtieron —tal como había señalado la CPM desde un principio— que la reforma atentaba contra el derecho al debido proceso, que era contrario a los estándares internacionales en materia de derechos humanos y que no existía una situación de urgencia para la adopción de una medida sin la intervención del Congreso de la Nación.

La Cámara Contencioso Administrativo Federal, con el voto mayoritario de sus miembros, resolvió declarar la inconstitucional del Decreto 70/2017 al advertir que la norma dictada por el presidente avanzó sobre competencias del Congreso de la Nación, lo cual lo vuelve un acto nulo de nulidad absoluta e insanable. Además del rechazo de forma, los jueces también hicieron mención a la inconstitucionalidad del contenido del decreto por su incompatibilidad con los estándares constitucionales y de derechos humanos.

El decreto que reformaba la ley de migraciones se publicó en el boletín oficial el 30 de enero de 2017; desde el primer momento, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) alertó sobre su inconstitucionalidad y expresó su preocupación por una reforma regresiva en materia de derechos humanos que equiparaba la condición de inmigrante a la de delincuente consagrando un mecanismo para la criminalización y deportación.  La modificación a la Ley de Migraciones se inscribe en la denominada “doctrina de las nuevas amenazas”, que procura identificar e inhabilitar supuestos enemigos internos que conformen redes criminales de narcotráfico, trata de personas, lavado de dinero, etc. Bajo esta doctrina, como ya lo denunciamos, se pretende justificar un estado de excepción que diluye gravemente los derechos constitucionales de los migrantes y otros colectivos.

Si bien este fallo representa un claro aval a las denuncias articuladas por las comunidades migrantes, organismos de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, no significa la derogación definitiva del decreto, ya que el gobierno nacional puede recurrir ante la Corte Suprema de Justicia. Para la CPM, la resolución de la Cámara es muy clara y espera que el Estado asuma el fallo y declare la nulidad del decreto.

Con ese mismo objetivo, las comunidades migrantes que conforman la campaña nacional Migrar no es delito se volvieron a movilizar rechazando esta reforma y otras iniciativas legislativas nacionales y provinciales de carácter regresivo, xenófobo e inconstitucional, que de fondo ponen en riesgo el derecho a la salud, la educación y el libre tránsito de las y los migrantes.

En todo este tiempo, la CPM mantuvo una línea de trabajo con estas organizaciones para difundir los alcances regresivos de este decreto y también para articular acciones de protección y promoción de derechos. En ese marco, el organismo señala una vez más con preocupación la consolidación de discursos xenófobos que vienen articulándose desde hace un tiempo, y alientan la persecución de la comunidad migrante.

En ese sentido, la CPM también destaca la organización y la lucha de las comunidades migrantes para detener esta reforma que no sólo vulnera sus derechos sino que, como se mencionó, lesiona gravemente el orden constitucional. Asimismo, el organismo reafirma el derecho humano a migrar de toda persona que procura mejorar sus condiciones de vida y sus oportunidades económicas, y destaca el aporte que cada migrante realiza a la comunidad, contribuyendo cada día a su prosperidad e integración política, social y económica.

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