Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la
Provincia de Buenos Aires (Ley Nacional 26.827)

El Consejo Federal de Mecanismos Locales, en el marco de su primera Sesión Ordinaria en San Miguel de Tucumán, y en función a los graves hechos institucionales que llegaron a su conocimiento tras haber escuchado testimonios de representantes e integrantes de distintas organizaciones no gubernamentales, movimientos sociales y familiares de personas privadas de la libertad, MANIFIESTA UNA PROFUNDA PREOCUPACIÓN ante:
La obstrucción a la labor de la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de la provincia de Tucumán, impidiendo el acceso a los lugares de detención, situación de profunda gravedad que se encuentra agudizada en virtud de los hechos de violencia física que se han ejercido contra uno de sus integrantes.
Asimismo, la constante omisión de conformar plenamente el Mecanismo Local de Prevención por parte de la Legislatura provincial, el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Pupilar y de la Defensa y el Secretario de Estado de Derechos Humanos, tal como lo establece la ley de creación de la Comisión Provincial, lo cual ya fue advertido por este Consejo Federal.
Por otro lado, preocupa el recrudecimiento de prácticas de violencia institucional por parte de la Policía de la Provincia a través de operativos o “razzias” denominados “trencito”, focalizados particularmente en barrios de sectores populares tales como Tafí Viejo, Villa Carmela, Yerba Buena, Villa Muñecas, San Cayetano, entre otros, donde se producen allanamientos sin orden judicial, detenciones masivas y arbitrarias, y sucesos de amenazas que incluyen armas de fuego, tanto a personas adultas como a niñeces y adolescencias.
En igual sentido, se señala la gravedad que conlleva la persecución y detención a las disidencias sexuales, particularmente a mujeres y al colectivo travesti trans; a personas en situación de calle lo que incluye a individuos con consumo problemático, y a personas que desarrollan economías de subsistencia en la vía pública, tales como vendedores ambulantes, trapitos y artistas callejeros.
A su vez, preocupan los acontecimientos de represión ocurridos en la ocasión de la firma del llamado “Pacto de Mayo”, en julio de 2024, así como lo sucedido en el marco de las protestas sociales de los estudiantes universitarios en octubre del mismo año, los cuales concluyeron con detenciones de manifestantes.
Todo lo mencionado tiene un correlato con las peligrosas declaraciones por parte del jefe de la Policía sobre el uso de la fuerza en situaciones de enfrentamiento, que arengando con su discurso al personal a su cargo, abona a un terreno fértil para el suceso de más muertes en manos del Estado.
Por otro lado, resulta a todas luces una grave violación a los derechos humanos en la provincia, los hechos de violencia física y psicológica hacia las personas privadas de su libertad, así como también la vulneración a derechos fundamentales, tales como la falta de alimentación adecuada y a suministro de agua de las personas detenidas; las limitaciones en su derecho a las visitas e impedimentos de contacto físico con sus familiares y allegados; la ausencia de visitas íntimas, y la falta de acceso a la salud integral, las cuales constituyen prácticas sistemáticas de tortura hacia las personas en contexto de encierro.
Asimismo, la grave situación de hacinamiento en los lugares de detención se encuentra agudizada por las condiciones inhumanas en las que viven, lo que conlleva a la propagación de enfermedades tales como sarna, tuberculosis entre otras, las cuales, al no ser tratadas oportunamente, han provocado muertes perfectamente evitables.
Los reclamos originados en toda esta vulneración de sus derechos esenciales, serían a su vez sofocados por el servicio penitenciario, que reprime a los privados de libertad al tiempo que despliega represalias a sus familiares.
De tal modo, quedan todos ellos en total desamparo, en virtud de la falta de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva por parte del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa.
En función de todo lo expuesto, este Consejo Federal de Mecanismos Locales insta:
1. Al Poder Ejecutivo, a cesar con los impedimentos y obstaculizaciones en el ejercicio de las funciones mandadas por la ley a la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura.
A integrar la Comisión Provincial para su correspondiente conformación.
A garantizar el acceso irrestricto a los lugares de detención y las condiciones de seguridad necesarias a quienes integran la Comisión en el desarrollo de sus tareas.
A hacer cesar las graves violaciones de derechos humanos que se enunciaron previamente y sumarse como actor fundamental en la prevención de la tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes.
A que se impulsen las investigaciones administrativas correspondientes ante los hechos denunciados por parte de las fuerzas de seguridad.
A generar espacios de diálogo con familiares de personas privadas de la libertad a fin de que puedan expresarse sin temor a represalias.
A hacer cesar las prácticas discriminatorias dirigidas al colectivo LGBTIQ+.
2. A la Legislatura provincial, al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Pupilar y de la Defensa, a designar a los representantes e integrarlos para garantizar la plena conformación de la Comisión Provincial.
3. Al Ministerio Público de la Defensa, a promover e impulsar acciones judiciales necesarias para la defensa de las personas privadas de la libertad, tanto en forma individual como colectiva.
4. Al Ministerio Público Fiscal, a ejercer la función de investigar los hechos de tortura, tratos crueles e inhumanos, así como las muertes bajo custodia, de forma oportuna, completa y de acuerdo a los protocolos de Estambul y Minnesota.
5. Al Poder Judicial, a ejercer la función de control judicial para prevenir y oportunamente sancionar hechos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes de las fuerzas policiales y penitenciarias, requiriendo la pronta resolución del Habeas Corpus interpuesto en el marco de las razzias policiales que involucran graves violaciones al Estado de Derecho.
A impulsar acciones tendientes a garantizar el acceso a la justicia y la correcta aplicación de las normas vigentes en materia de derechos humanos.

Firman: Representantes de Mecanismos Locales de Prevención de la Tortura de las Provincias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, Santiago del Estero, Tierra del Fuego A.I.A.S, Tucumán, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Procuración Penitenciaria de la Nación.
San Miguel de Tucumán, 15 de abril de 2025

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