Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la
Provincia de Buenos Aires (Ley Nacional 26.827)

Con el voto de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el procesamiento de tres ex militares imputados por torturas a soldados conscriptos durante la guerra de Malvinas. Los camaristas se remitieron a un fallo anterior en el marco de esta causa, en donde habían declarado la prescripción de estos delitos. Ese precedente fue apelado ante la Corte Suprema de Justicia por el CECIM La Plata, con el acompañamiento de la CPM, querellantes en la causa, y esta nueva decisión se conoce antes que el máximo tribunal del país se haya expedido sobre la cuestión, es decir si las torturas en Malvinas son crímenes de lesa humanidad. Como en el precedente invocado por Barroetaveña y Petrone, una vez más la jueza Ana María Figueroa votó en disidencia y remarcó la obligación internacional del Estado argentino de continuar investigando aquellos delitos que puedan ser considerados de lesa humanidad.  

La causa que investiga las torturas a soldados conscriptos por parte de sus superiores en las Islas Malvinas tiene a 95 militares imputados; de ellos, tres habían sido procesados por estos crímenes y más de 20 debían presentarse a declaración indagatoria. En el transcurso del último año, dos fallos de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hicieron retroceder todo lo actuado en la causa iniciada en 2007 en la justicia federal de Tierra del Fuego y por la que más de 160 soldados conscriptos declararon como víctimas o testigos de estas torturas.  

Según el expediente judicial, los imputados impusieron tormentos para “castigar de manera cruenta y desmedida las presuntas infracciones disciplinarias”; entre las torturas citadas, se habla de estaqueos y enterramientos bajo temperaturas extremas y suelo congelado durante varias horas, amenazas con arma de fuego, sumersión de la cabeza en agua helada y deliberada falta de alimentación.  

En mayo del año pasado, con los votos de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, la Casación hizo lugar al planteo de la defensa de Jorge Ferrante que había sido llamado a indagatoria y anuló el fallo de la Cámara de Comodoro Rivadavia que había declarado la imprescriptibilidad de las torturas cometidas en las Islas Malvinas por tratarse de crímenes de lesa humanidad.  

Barroetaveña y Petrone consideraron que Ferrante estaba alcanzado por una sentencia de 2009 de la misma sala de Casación –integrada por otras autoridades–, que sostuvo en el caso Taranto la extinción de la acción penal por prescripción.  

Poco más de un año después, y ante los recursos presentados por las defensas de los militares, los jueces de la Casación se remitieron a los fundamentos del fallo Ferrante y anularon los procesamientos de Eduardo Gassino, Miguel Ángel Garde y Gustavo Calderini. Aun cuando ese fallo se encuentra, actualmente, en estudio por la Corte Suprema de Justicia de Nación.  

En ese momento, la querella del CECIM La Plata, con el acompañamiento de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y otras organizaciones y organismos del Estado, presentó un recurso extraordinario para que el máximo tribunal del país se expida sobre la cuestión de fondo: si las torturas a soldados en Malvinas deben considerar crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, declarar la imprescriptibilidad de estos delitos.  

El fiscal de la Casación Javier De Luca, considero que se trata de crímenes de lesa humanidad, pero su dictamen fue ignorado por los jueces.

Como ocurrió en el fallo de mayo del año pasado, una vez más la jueza Ana María Figueroa votó en disidencia y no acompañó la decisión de sus pares de Cámara que convalida la impunidad por estos crímenes.  

Para la jueza Figueroa, en línea con la jurisprudencia internacional, ante la gravedad y naturaleza de los delitos que se investigan, la posibilidad de que se tratase de crímenes de lesa humanidad, el Estado argentino tiene la obligación de continuar con las investigaciones en los casos de graves violaciones a los derechos humanos, y tiene la obligación de hacerlo ante el derecho internacional.  

Se cumplieron 15 años de las primeras denuncias por torturas realizadas por ex combatientes de Malvinas en los tribunales federales de Tierra del Fuego. Es tiempo que la justicia avance con celeridad, que la Corte se pronuncie sobre la cuestión de fondo y estos crímenes de lesa humanidad no queden impunes.  

Mientras los años de dilaciones en la causa sigan corriendo, cada una de estos fallos, como los emitidos por los jueces Barroetaveña y Petrone, no sólo comprometen internacionalmente al Estado argentino sino, y lo más grave, revictimizan y niegan el derecho a la justicia de los soldados torturados en Malvinas por sus superiores que debían cuidarlos.

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