Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la
Provincia de Buenos Aires (Ley Nacional 26.827)

A 20 meses de la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro, la Sala I de la Cámara de Casación Federal apartó a la jueza María Gabriela Marrón de la causa que investiga qué pasó con el joven, cuyo cuerpo fue encontrado el 15 de agosto de 2020 tras permanecer desaparecido más de tres meses. Las querellas de la Comisión por la Memoria (CPM) y de la familia, junto a los tres fiscales intervinientes, habían denunciado en reiteradas ocasiones el accionar de la jueza por su falta de imparcialidad, negación y dilación de pruebas esenciales. Las reiteradas acciones y omisiones arbitrarias de la jueza motivaron que la querella familiar y de la CPM pidieran su juicio político. 

La jueza María Gabriela Marrón está a cargo del Juzgado Federal N° 2 de Bahía Blanca. Hasta ayer tenía en sus manos la investigación judicial para determinar qué le pasó a Facundo Astudillo Castro, el joven de Pedro Luro que desapareció el 30 de abril de 2020 luego de haber sido visto, por última vez, detenido junto a un móvil de la policía bonaerense sobre la ruta nacional N° 3. Su cuerpo sin vida apareció el 15 de agosto en un cangrejal de Villarino Viejo, cercano a Bahía Blanca.

Pero la jueza Marrón ya no conducirá más esa investigación. Así lo determinó la Sala I de la Cámara de Casación penal en un fallo unánime. Los fundamentos esgrimidos hacen lugar a las denuncias presentadas por la CPM en su carácter de querellante institucional, la querella familiar patrocinada por los abogados Luciano Peretto y Leandro Aparicio y los tres fiscales del Ministerio Público Fiscal intervinientes -Andrés Heim, Horacio Azzolin y Lara Silvestre-  que en reiteradas oportunidades sostuvieron que su proceder era parcial, limitando su accionar a buscar o hacer lugar a pruebas que confirmen su única hipótesis del accidente.

La Cámara Federal de Casación intervino en el proceso judicial luego de que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca ratificara en marzo de 2021 a María Gabriela Marrón a cargo de la causa, desoyendo el pedido de recusación presentado por las querellas y los fiscales del MPF donde se documentaba sobradamente su actuación irregular. Una serie de decisiones tomadas por la Jueza que negaban la producción de pruebas y omitían cumplir con la debida diligencia y exhaustividad, fueron construyendo un accionar parcial que no investigó la hipótesis de la desaparición forzada ni la responsabilidad policial, afectando directamente el debido proceso.

El Fiscal ante el Tribunal de Casación, Javier De Luca, había señalado en su dictamen previo que “las circunstancias del caso no deja lugar a dudas que la jueza ya tiene una posición tomada -prejuicio-, incompatible con la actitud y apertura mental que debe adoptar cualquier magistrado… No practicó ninguna medida conducente, denegó las propuestas por la fiscalía, hizo perder un tiempo precioso a la pesquisa e incorporó elementos que en lugar de esclarecer, entorpecen la búsqueda de la verdad real”. Agregando luego: “No puede dejar de observarse que ello ocurrió cuando se intentó avanzar en líneas de investigación que pudieran comprometer la actuación de las fuerzas de seguridad del lugar de los hechos”.

El juez Daniel Antonio Petrone, uno de los integrantes de la sala I de la Cámara de Casación dijo tras la lectura del expediente que el temor de parcialidad manifestado por las partes es fundado y en ese sentido explica: “las decisiones adoptadas por la magistrada Marrón, así como también su falta de respuesta oportuna ante determinadas peticiones del Ministerio Público Fiscal, permiten sospechar fundadamente que aquella habría asumido una hipótesis de ocurrencia de los hechos, no obstante tratarse de una cuestión que será materia de decisión más adelante, que incidiría en su apreciación sobre las líneas de investigación que los acusadores consideran pertinentes profundizar.”

Es decir que no habilitó la posibilidad de investigar seria y profundamente la hipótesis de la desaparición forzada.

En el mismo sentido se expresaron el juez Diego Barroetaveña y la jueza Ana María Figueroa, quienes también integran la Sala I. En el fallo la Dra. Figueroa agrega: “A partir de las circunstancias verificadas, es razonable la sospecha de parcialidad alegada por el Ministerio Público Fiscal, conforme la jurisprudencia internacional en cuanto a que el aspecto objetivo de la imparcialidad, exige que el tribunal o juez ofrezca las suficientes garantías que eliminen cualquier duda acerca de la imparcialidad observada en el proceso.”

Los jueces también señalaron el peligro que el Estado argentino sea condenado ante los organismos internacionales de derechos humanos por no haber llevado a cabo una investigación judicial efectiva, adecuada y exhaustiva.

Cristina Castro, madre de Facundo se mostró esperanzada frente al apartamiento de la jueza: “El estado debe investigar que pasó con Facundo, yo sé que los responsables fueron agentes de la policía bonaerense, hay muchas pruebas, pero los protegieron y nos negaron la justicia. Esperemos que ahora podamos llegar a la verdad y condenarlos”.

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