Este viernes al mediodía la presidenta del Tribunal Oral Criminal 4 de La Plata Carolina Crispiani, dio lectura a la sentencia condenatoria contra los cuatro policías que a mediados de mayo pasado, fueron declarados culpables por parte de un jurado popular. Rubén García y Leonardo Ecilape fueron condenados a prisión perpetua, mientras que Manuel Monreal y Mariano Ibáñez recibieron la pena de 15 años de prisión. Al finalizar la lectura las familias de las víctimas celebraron el final de esta etapa y anunciaron que desde ahora, las energías estarán volcadas en la otra causa que investiga a 19 policías por encubrimiento y falsedad ideológica, entre otros delitos.
La sentencia llega una semana después de la audiencia de cesura –en la que las partes discuten ante la jueza técnica los montos de pena en función de atenuantes y agravantes- y a casi un mes del veredicto de culpabilidad dictado por el jurado popular contra los cuatro policías imputados por la persecución y muerte de Danilo Sansone de 13 años, Camila López de 13, Gonzalo Domínguez de 14 y Aníbal Suárez de 22, y las graves lesiones sufridas por Rocío Quagliarello, la única sobreviviente, quien al momento de la masacre tenía 13 años.
En este sentido, la jueza Crispiani anunció este viernes que los imputados Rubén García y Leonardo Ecilape deberán cumplir la pena de prisión perpetua, más accesorias legales y costas del proceso, en virtud de haber sido encontrados culpables de los delitos de homicidio agravado por el abuso de la función o cargo policial y por ser cometido mediante arma de fuego en carácter de coautor (4 víctimas) en concurso ideal con el delito de tentativa de homicidio agravado por el abuso de su función policial y por el empleo de arma de fuego en carácter de coautor (1 víctima).
Por su parte, los otros dos imputados, Monreal e Ibáñez, recibieron la pena de 15 años de prisión, más accesorias legales y costas del proceso, en virtud de haber sido encontrado culpable de los delitos de tentativa de homicidio agravado por el abuso de su función policial y por el empleo de un arma de fuego en carácter de coautor (4 víctimas) en concurso ideal con el delito de tentativa de homicidio agravado por el abuso de su función policial y por el empleo de arma de fuego en carácter de coautor (1 víctima).
“No me dejaron entrar con la imagen de mi hijo en una remera ni con una bandera, por lo que tuve que tatuarme su carita en el brazo…”, gritó, entre lágrimas de desahogo el papá de Danilo Sansone, Juan Carlos, en la sala de audiencias que permaneció colmada durante varios minutos incluso tras la lectura de la sentencia.
Respecto a los fundamentos de la jueza sobre los atenuantes y agravantes, valoró la extensión del daño causado respecto de Rocío Quagliarello en base a los testimonios que describieron y explicaron las secuelas psicológicas y físicas que perduran en la joven. No obstante, la magistrada desechó el resto de los agravantes peticionados por las partes acusadoras, como la nocturnidad, los padecimientos de los familiares de las víctimas, ausencia de arrepentimiento, entre otros.
Todas las familias, amigos y compañeros de las víctimas que asistieron a la jornada final del juicio se abrazaron, se dieron fuerzas y se prometieron seguir con las mismas energías para el esclarecimiento de las responsabilidades de quienes encubrieron y obstruyeron la investigación de la masacre durante las primeras horas de aquel 20 de mayo de 2019. Se trata de una causa con 19 imputados, todos policías bonaerenses acusados por los delitos de encubrimiento agravado, falsedad ideológica de instrumento público, incumplimiento y violación de los deberes de funcionario público, y/o abuso de autoridad.
“Confié mucho en la justicia y estamos conformes con su actuación”; “…a partir de hoy nuestros hijos van a poder descansar en paz”; “…las dos condenas a 15 años no son nada comparado con el daño que nos han causado a nosotros”; “…una madre no puede olvidar ni perdonar hechos como estos”, fueron algunas de las expresiones de dolor, de esperanza, de satisfacción y de alegría que se mezclaron en la sala.
Cabe recordar que el hecho ocurrió en la madrugada del 20 de mayo de 2019, cuando los funcionarios policiales comenzaron a perseguir y disparar contra el vehículo Fiat 147 en el que paseaban las cinco víctimas provocando el choque contra un camión que se encontraba estacionado.
García y Ecilape iban en el patrullero que, durante varios kilómetros, siguió por detrás al Fiat 147 hasta que se produjo el accidente. En ese recorrido, García disparó al menos cuatro veces contra el vehículo.
A bordo del segundo patrullero Ibáñez y Monreal improvisaron un cerrojo para intentar detener la marcha del auto: Ibáñez atravesó el móvil policial en la calle y Monreal disparó en dirección al auto, hiriendo en una de sus piernas a Gonzalo. Durante la audiencia del juicio, él mismo declaró haber disparado sin que estuviera en riesgo su integridad o la de otras personas.
En su carácter de particular damnificado institucional y como patrocinante de las familias de Danilo Sansone y Camila López, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) había solicitado durante los alegatos que los cuatro funcionarios policiales sean condenados como coautores del delito de homicidio agravado.
Para la CPM, las pruebas presentadas en el debate oral y público comprobaron que la persecución a tiros contra el vehículo en el que paseaban cinco jóvenes –cuatro de ellos, menores de edad– fue desmedida, desproporcionada e ilegítima. La postura fue compartida por el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Mariano Sibuet, y el resto del bloque acusador durante los alegatos. Y la misma valoración de los hechos adoptó el jurado popular para dictar el veredicto de culpabilidad.
En cuanto a la sentencia que se dio a conocer este viernes, para la CPM resulta reparadora para las familias de las cinco víctimas que, desde el primer momento, lucharon juntas para llegar a este momento de justicia. Y lo es, especialmente, para Rocío, la única sobreviviente de la masacre.
Queda pendiente además del juicio contra los 19 policías mencionados, la causa que investiga la responsabilidad de la Intendenta Sandra Mayol, por encubrir la actuación policial. Su secretario de seguridad municipal, que se encontraba imputado y cumpliendo arresto domiciliario, falleció antes de enfrentar el juicio.